Ministerio Para La Transición Ecológica y El Reto Demográfico. III. Otras disposiciones. Instalaciones eléctricas. (BOE-A-2024-25962)
Resolución de 4 de noviembre de 2024, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se otorga a Envatios Promoción XIX, SL, autorización administrativa previa de las modificaciones y autorización administrativa de construcción para la instalación fotovoltaica Los Pradillos, de 361,4 MW de potencia instalada, y su infraestructura de evacuación, en los términos municipales de Carranque, Ugena, Illescas, Yuncos, Numancia de la Sagra, Yeles, Esquivias, Borox, Alameda de la Sagra, Pantoja, Cobeja y Seseña, en la provincia de Toledo, y en Aranjuez, Colmenar de Oreja, Chinchón, Titulcia, Morata de Tajuña, Arganda del Rey, Loeches, Velilla de San Antonio, Mejorada del Campo y Alcobendas (Comunidad de Madrid).
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 12 de diciembre de 2024

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línea de REE 400kV Loeches-Morata, y con una línea que va en sentido este-oeste de
otro promotor, sin ser cruzamientos viables técnicamente al no poder cumplirse
distancias a los apoyos existentes.
Se han recibido alegaciones de Columba Renovables, SL, donde muestran su
oposición y ponen de manifiesto que proyectan una infraestructura de evacuación a 220
kV «SET Promotores – SE Pradillos (REE)» ubicada en Toledo y Madrid que resulta
afectada por el proyecto que comprende este expediente, y que vierte en el nudo
Pradillos 220 kV. Entre las instalaciones que tienen afecciones, en el ámbito de este
expediente se incluye la línea de evacuación a 30 kV «PSFV Los Pradillos (Zona
Carranque) – SET Borox-Fuencarral», que se cruza con el tramo comprendido entre los
apoyos CE-10 y CE-10.1 de la línea de evacuación a 220 kV «SET Promotores – SE
Pradillos». Se solicita por parte del alegante que se compatibilicen las infraestructuras de
los proyectos mencionados. Se ha dado traslado al promotor, que manifiesta que ambos
proyectos pueden ser compatibles técnicamente y se encuentra para alcanzar un
acuerdo.
Posteriormente, con fecha 12 de julio de 2024, y como resultado del trámite de
consultas y en respuesta a los informes emitidos por Red Eléctrica de España, SAU, el
promotor presentó el proyecto «Adenda al Proyecto de Ejecución Línea Promotores
Nudo Fuencarral (es decir, línea a 220 kV «SET Borox-Fuencarral 30/220 kV - SET
Colmenar-Fuencarral 30/220 kV - SET Envatios XXIV 220/30 kV»)» con determinadas
modificaciones al objeto de dar cumplimiento a los condicionados técnicos establecidos
en el anterior trámite de consultas.
El Área de Industria y Energía de la Delegación del Gobierno en Madrid ha tramitado
dichas modificaciones de conformidad con lo previsto en los artículos 127 y 131 del Real
Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, habiéndose solicitado los correspondientes
informes a las distintas administraciones, organismos y empresas de servicio público o
de servicios de interés general en la parte que la instalación pueda afectar a bienes y
derechos a su cargo.
Se ha recibido contestación de Red Eléctrica de España, SAU, el cual informa, entre
otros condicionantes técnicos, sobre su no oposición al nuevo tramo modificado de la
línea eléctrica de evacuación a 220 kV «SET Borox-Fuencarral - SE ColmenarFuencarral - SET Envatios XXIV» por ser los cruzamientos con la línea a 400 kV D/C
Loeches-SS Reyes/Morata-SS Reyes, propiedad de Red Eléctrica, reglamentarios. Se
ha dado traslado al promotor, el cual muestra su conformidad con el informe del
organismo. Así mismo, el promotor señala en su escrito que, en lo relativo la poligonal de
la planta fotovoltaica ubicada en Cobeja, éste se compromete a no realizar edificios e
instalaciones industriales, canalizaciones o movimientos de tierra que puedan
comprometer la estabilidad de la zona de influencia del tramo comprendido entre los
apoyos 23 y 33 de la línea eléctrica a 220 kV Aceca – Valdemoro, propiedad de Red
Eléctrica.
Se ha recibido contestación de la Confederación Hidrográfica del Tajo en el que
manifiesta que la modificación realizada por el promotor sobre el proyecto no implica
cambios significativos que puedan originar nuevas afecciones al Dominio Público
Hidráulico. Se ha dado traslado de la citada respuesta del organismo al promotor, que
toma razón de la conformidad al proyecto y de su modificación por parte de la
Confederación Hidrográfica del Tajo.
Se ha recibido informe de Nedgia, el cual se manifiesta a favor de las medidas de
mitigación propuestas en el estudio de resistividad por el promotor y recuerda la
necesidad del cumplimiento del resto de condicionados técnicos, así como la posibilidad
de contactar con el organismo para las aclaraciones que se consideren oportunas, así
como las medidas de seguridad a tener en cuenta en la realización de obras. Se ha dado
traslado al promotor de esta última respuesta, que contesta prestando conformidad.
En relación con lo anterior, se constata que, conforme al artículo 41.2 de la
Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental, una vez concluido el
procedimiento de evaluación de impacto ambiental, los condicionantes al proyecto y las

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