Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones. II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. Cuerpo Superior de Actuarios, Estadísticos y Economistas de la Administración de la Seguridad Social. (BOE-A-2024-25907)
Resolución de 4 de diciembre de 2024, de la Subsecretaría, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre, en el Cuerpo Superior de Actuarios, Estadísticos y Economistas de la Administración de la Seguridad Social.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 299
Jueves 12 de diciembre de 2024
Sec. II.B. Pág. 169616
lectura de ejercicios, desarrollo de cursos selectivos, periodo de prácticas o cualquier
otra fase previa al nombramiento como funcionario de carrera.
El orden de actuación de las personas aspirantes se iniciará alfabéticamente por
aquél cuyo primer apellido comience por la letra «V» o por la letra «W» en el supuesto de
que no exista ningún aspirante cuyo primer apellido comience por la letra «V», y así
sucesivamente, de conformidad con lo establecido en la Resolución de la Secretaría de
Estado de Función Pública de 25 de julio de 2024 (BOE del 31), por la que se publica el
resultado del sorteo a que se refiere el Reglamento General de Ingreso del Personal al
Servicio de la Administración del Estado.
2.4
Comunicaciones.
La presente resolución y los actos que se deriven de ella podrán ser consultados en la
página web de la seguridad social: www.seg-social.es (Menú: «Información útil»/Oferta pública
de empleo) así como en la página del portal del ciudadano www.administracion.gob.es.
Asimismo, a efectos de comunicaciones y demás incidencias, la dirección de correo electrónico
es procesosselectivos@inclusion.gob.es.
3.
3.1
Participantes
Titulación.
Para participar en este proceso selectivo se exige estar en posesión del título de
Doctor, Licenciado, Ingeniero, Arquitecto o Grado o tener cumplidas las condiciones para
obtenerlo en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.
3.2
Situación de embarazo de riesgo o parto.
Si alguna de las aspirantes no pudiera completar el proceso selectivo a causa de
embarazo de riesgo o parto debidamente acreditados, su situación quedará
condicionada a la finalización del mismo y a la superación de las fases que hubieran
quedado aplazadas, no pudiendo demorarse éstas de manera que se menoscabe el
derecho del resto de los aspirantes a una resolución del proceso ajustada a tiempos
razonables, lo que deberá ser valorado por el Tribunal correspondiente y, en todo caso,
la realización de las mismas tendrá lugar antes de la publicación de las listas de
aspirantes que han superado el proceso selectivo.
Tribunal
El Tribunal calificador de estos procesos selectivos es el que figura en el anexo III a
esta resolución. Se publicará un breve currículum de cada uno de sus miembros.
Corresponderá al Tribunal la consideración, verificación y apreciación de las
incidencias que pudieran surgir en el desarrollo de los ejercicios, adoptando al respecto
las decisiones motivadas que estime pertinentes.
En los supuestos de llamamiento único decaerán en su derecho los opositores que
no comparezcan a realizarlos, salvo los casos de fuerza mayor, justificados con
anterioridad a la realización de los ejercicios, los cuales serán apreciados por el Tribunal,
que podrá disponer, en tal circunstancia, la realización de una convocatoria
extraordinaria en la fecha que determine.
El Tribunal Calificador publicará un cronograma orientativo sobre las fechas de
celebración de las pruebas correspondientes al proceso selectivo.
Se habilita al Tribunal Calificador para la adopción de cuantas medidas, instrucciones
o resoluciones sean precisas para procurar la máxima descentralización posible en la
realización de los ejercicios que componen la fase de oposición del proceso selectivo de
referencia.
cve: BOE-A-2024-25907
Verificable en https://www.boe.es
4.
Núm. 299
Jueves 12 de diciembre de 2024
Sec. II.B. Pág. 169616
lectura de ejercicios, desarrollo de cursos selectivos, periodo de prácticas o cualquier
otra fase previa al nombramiento como funcionario de carrera.
El orden de actuación de las personas aspirantes se iniciará alfabéticamente por
aquél cuyo primer apellido comience por la letra «V» o por la letra «W» en el supuesto de
que no exista ningún aspirante cuyo primer apellido comience por la letra «V», y así
sucesivamente, de conformidad con lo establecido en la Resolución de la Secretaría de
Estado de Función Pública de 25 de julio de 2024 (BOE del 31), por la que se publica el
resultado del sorteo a que se refiere el Reglamento General de Ingreso del Personal al
Servicio de la Administración del Estado.
2.4
Comunicaciones.
La presente resolución y los actos que se deriven de ella podrán ser consultados en la
página web de la seguridad social: www.seg-social.es (Menú: «Información útil»/Oferta pública
de empleo) así como en la página del portal del ciudadano www.administracion.gob.es.
Asimismo, a efectos de comunicaciones y demás incidencias, la dirección de correo electrónico
es procesosselectivos@inclusion.gob.es.
3.
3.1
Participantes
Titulación.
Para participar en este proceso selectivo se exige estar en posesión del título de
Doctor, Licenciado, Ingeniero, Arquitecto o Grado o tener cumplidas las condiciones para
obtenerlo en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.
3.2
Situación de embarazo de riesgo o parto.
Si alguna de las aspirantes no pudiera completar el proceso selectivo a causa de
embarazo de riesgo o parto debidamente acreditados, su situación quedará
condicionada a la finalización del mismo y a la superación de las fases que hubieran
quedado aplazadas, no pudiendo demorarse éstas de manera que se menoscabe el
derecho del resto de los aspirantes a una resolución del proceso ajustada a tiempos
razonables, lo que deberá ser valorado por el Tribunal correspondiente y, en todo caso,
la realización de las mismas tendrá lugar antes de la publicación de las listas de
aspirantes que han superado el proceso selectivo.
Tribunal
El Tribunal calificador de estos procesos selectivos es el que figura en el anexo III a
esta resolución. Se publicará un breve currículum de cada uno de sus miembros.
Corresponderá al Tribunal la consideración, verificación y apreciación de las
incidencias que pudieran surgir en el desarrollo de los ejercicios, adoptando al respecto
las decisiones motivadas que estime pertinentes.
En los supuestos de llamamiento único decaerán en su derecho los opositores que
no comparezcan a realizarlos, salvo los casos de fuerza mayor, justificados con
anterioridad a la realización de los ejercicios, los cuales serán apreciados por el Tribunal,
que podrá disponer, en tal circunstancia, la realización de una convocatoria
extraordinaria en la fecha que determine.
El Tribunal Calificador publicará un cronograma orientativo sobre las fechas de
celebración de las pruebas correspondientes al proceso selectivo.
Se habilita al Tribunal Calificador para la adopción de cuantas medidas, instrucciones
o resoluciones sean precisas para procurar la máxima descentralización posible en la
realización de los ejercicios que componen la fase de oposición del proceso selectivo de
referencia.
cve: BOE-A-2024-25907
Verificable en https://www.boe.es
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