Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones. II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. Cuerpo Superior de Actuarios, Estadísticos y Economistas de la Administración de la Seguridad Social. (BOE-A-2024-25907)
Resolución de 4 de diciembre de 2024, de la Subsecretaría, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre, en el Cuerpo Superior de Actuarios, Estadísticos y Economistas de la Administración de la Seguridad Social.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 299
Jueves 12 de diciembre de 2024
Sec. II.B. Pág. 169615
Bases específicas
1.
Descripción de las plazas
En cumplimiento de lo dispuesto en el Real Decreto 407/2022, de 24 de mayo (BOE
del 25), por el que se aprueba la oferta de empleo público para el año 2022, Real
Decreto 625/2023, de 11 de julio (BOE del 12), por el que se aprueba la oferta de empleo
público para el año 2023 y Real Decreto 656/2024, de 2 de julio (BOE del 3), por el que
se aprueba la oferta de empleo público para el año 2024, con el fin de atender las
necesidades de personal en la Administración General del Estado,
Se convoca un proceso selectivo para cubrir treinta y dos plazas por el sistema
general de acceso libre en el Cuerpo Superior de Actuarios, Estadísticos y Economistas
de la Administración de la Seguridad Social, Código 1601, distribuidas de la siguiente
manera: trece corresponden a las plazas no cubiertas comprendidas en el Real
Decreto 407/2022, de 24 de mayo (BOE del 25), quince corresponden a las plazas no
cubiertas comprendidas en el Real Decreto 625/2023, de 11 de julio (BOE del 12),
y cuatro plazas a las del Real Decreto 656/2024, de 2 de julio (BOE del 3). En relación
con estas 32 plazas, se reservarán 2 para ser cubiertas por quien tenga la condición
legal de persona con discapacidad con un grado igual o superior al 33 %, de acuerdo con
lo previsto en el Real Decreto 2271/2004, de 3 de diciembre, por el que se regula el
acceso al empleo público y la provisión de puestos de trabajo de las personas con
discapacidad. Las plazas no cubiertas en el cupo de reserva para personas con
discapacidad, por el sistema general de acceso libre, no se acumularán a las de acceso
general.
2.
2.1
Procesos selectivos
Sistema.
El proceso selectivo se realizará mediante el sistema de oposición con las
valoraciones, ejercicios y puntuaciones que se especifican en el anexo I.
El proceso selectivo incluye la superación de un curso selectivo. Para la realización
de este curso selectivo, los aspirantes que hayan superado la fase de oposición serán
nombrados funcionarios en prácticas por la autoridad convocante.
2.2
Programa.
El programa que ha de regir el proceso selectivo es el que figura como anexo II a
esta resolución.
Desarrollo.
De conformidad con el artículo 108.2 del Real Decreto-ley 6/2023, las convocatorias
deberán ejecutarse en el plazo máximo de dos años desde su publicación, y las
respectivas fases de oposición en un año, salvo causa justificada.
No obstante, el desarrollo de estos procesos selectivos exige el cumplimiento de
determinados plazos en concordancia con lo establecido en el Reglamento General de
Ingreso del Personal al servicio de la Administración General del Estado, y de Provisión
de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la
Administración General del Estado, aprobado por Real Decreto 364/1995, de 10 de
marzo, y en la Orden HFP/688/2017 de bases comunes.
Desde la total conclusión de un ejercicio hasta el comienzo del siguiente no podrá
transcurrir un plazo superior a cuarenta y cinco días naturales, sin perjuicio de la
posibilidad de realización de pruebas coincidentes en el mismo día, de conformidad con
lo dispuesto en el artículo 3.5 del Real Decreto 407/2022, de 25 de mayo.
Además, el desarrollo de los procesos selectivos podrá ser coincidente en el tiempo
con otros procesos selectivos, en cualquiera de sus fases, incluida la realización o
cve: BOE-A-2024-25907
Verificable en https://www.boe.es
2.3
Núm. 299
Jueves 12 de diciembre de 2024
Sec. II.B. Pág. 169615
Bases específicas
1.
Descripción de las plazas
En cumplimiento de lo dispuesto en el Real Decreto 407/2022, de 24 de mayo (BOE
del 25), por el que se aprueba la oferta de empleo público para el año 2022, Real
Decreto 625/2023, de 11 de julio (BOE del 12), por el que se aprueba la oferta de empleo
público para el año 2023 y Real Decreto 656/2024, de 2 de julio (BOE del 3), por el que
se aprueba la oferta de empleo público para el año 2024, con el fin de atender las
necesidades de personal en la Administración General del Estado,
Se convoca un proceso selectivo para cubrir treinta y dos plazas por el sistema
general de acceso libre en el Cuerpo Superior de Actuarios, Estadísticos y Economistas
de la Administración de la Seguridad Social, Código 1601, distribuidas de la siguiente
manera: trece corresponden a las plazas no cubiertas comprendidas en el Real
Decreto 407/2022, de 24 de mayo (BOE del 25), quince corresponden a las plazas no
cubiertas comprendidas en el Real Decreto 625/2023, de 11 de julio (BOE del 12),
y cuatro plazas a las del Real Decreto 656/2024, de 2 de julio (BOE del 3). En relación
con estas 32 plazas, se reservarán 2 para ser cubiertas por quien tenga la condición
legal de persona con discapacidad con un grado igual o superior al 33 %, de acuerdo con
lo previsto en el Real Decreto 2271/2004, de 3 de diciembre, por el que se regula el
acceso al empleo público y la provisión de puestos de trabajo de las personas con
discapacidad. Las plazas no cubiertas en el cupo de reserva para personas con
discapacidad, por el sistema general de acceso libre, no se acumularán a las de acceso
general.
2.
2.1
Procesos selectivos
Sistema.
El proceso selectivo se realizará mediante el sistema de oposición con las
valoraciones, ejercicios y puntuaciones que se especifican en el anexo I.
El proceso selectivo incluye la superación de un curso selectivo. Para la realización
de este curso selectivo, los aspirantes que hayan superado la fase de oposición serán
nombrados funcionarios en prácticas por la autoridad convocante.
2.2
Programa.
El programa que ha de regir el proceso selectivo es el que figura como anexo II a
esta resolución.
Desarrollo.
De conformidad con el artículo 108.2 del Real Decreto-ley 6/2023, las convocatorias
deberán ejecutarse en el plazo máximo de dos años desde su publicación, y las
respectivas fases de oposición en un año, salvo causa justificada.
No obstante, el desarrollo de estos procesos selectivos exige el cumplimiento de
determinados plazos en concordancia con lo establecido en el Reglamento General de
Ingreso del Personal al servicio de la Administración General del Estado, y de Provisión
de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la
Administración General del Estado, aprobado por Real Decreto 364/1995, de 10 de
marzo, y en la Orden HFP/688/2017 de bases comunes.
Desde la total conclusión de un ejercicio hasta el comienzo del siguiente no podrá
transcurrir un plazo superior a cuarenta y cinco días naturales, sin perjuicio de la
posibilidad de realización de pruebas coincidentes en el mismo día, de conformidad con
lo dispuesto en el artículo 3.5 del Real Decreto 407/2022, de 25 de mayo.
Además, el desarrollo de los procesos selectivos podrá ser coincidente en el tiempo
con otros procesos selectivos, en cualquiera de sus fases, incluida la realización o
cve: BOE-A-2024-25907
Verificable en https://www.boe.es
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