Universidades. II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. Cuerpos docentes universitarios. (BOE-A-2024-25947)
Resolución de 3 de diciembre de 2024, de la Universidad de Salamanca, por la que se convoca concurso de acceso a plazas de cuerpos docentes universitarios.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 299

Jueves 12 de diciembre de 2024
3.4

Sec. II.B. Pág. 169762

Documentación de los concursantes:

3.4.1 Los aspirantes acompañarán a sus solicitudes los documentos que acrediten
los requisitos de participación que se determinan en la presente convocatoria. Su no
aportación en el plazo de presentación de instancias o en el de subsanación concedido
al efecto determinará la exclusión del aspirante.
La falta de pago de la tasa dentro del plazo de presentación de solicitudes no será
subsanable y determinará la exclusión.
3.4.2 Los aspirantes deberán adjuntar a su solicitud de participación, igualmente,
los documentos enumerados en la base 3.2.3).
Una vez finalizado dicho plazo, no podrán ser aportados documentos que avalen
nuevos méritos no declarados inicialmente o declarados sin justificación alguna; sólo se
podrá subsanar lo acreditado de forma defectuosa. La falta de presentación de la
certificación académica en el plazo de presentación de solicitudes conlleva que la
comisión de selección no asignará puntuación al mérito «Expediente Académico» de la
titulación alegada.
3.4.3 La fidelidad con el original de la solicitud y de los documentos del expediente
tramitados a través de la Sede Electrónica de la Universidad de Salamanca se
garantizará bajo la única responsabilidad del interesado, mediante la utilización de su
firma electrónica avanzada para firmar dichos documentos. Con posterioridad, el órgano
encargado de la tramitación del procedimiento podrá solicitar el cotejo del archivo y las
copias aportadas y la exhibición del documento original.
Respecto a las publicaciones consignadas en el curriculum vitae, se incluirá,
además, una relación de las mismas con mención expresa de los datos bibliográficos
identificativos y de los criterios de calidad aceptados en el campo de conocimiento (por
ejemplo: índices de impacto en el año, cuartiles, número de citas) avalada mediante
declaración expresa responsable del interesado.
3.5 Las notificaciones se practicarán en el lugar señalado a efectos de notificación
por los aspirantes en sus solicitudes de participación, siendo responsabilidad exclusiva
del concursante tanto los errores en la consignación del mismo como la comunicación a
la Administración de cualquier cambio de dicho lugar a efectos de notificación.
Resolución de admisión

4.1 Dentro de los quince días hábiles siguientes a la finalización del plazo de
presentación de solicitudes, el Vicerrector competente en la materia, por delegación del
Rector de la Universidad de Salamanca, dictará resolución aprobando la lista provisional
de admitidos y excluidos, con indicación de las causas de exclusión, que será publicada
en el BOCyL, y expuesta en el Tablón Electrónico de Anuncios de la Universidad de
Salamanca, https://sede.usal.es/web/guest/tablon y en la web del Servicio de PDI.
4.2 Contra esta resolución, los interesados podrán presentar reclamación ante el
Rector, en el plazo de diez días hábiles, contados a partir del siguiente a la publicación
en el BOCyL de la resolución aludida en la base 4.1, o bien subsanar en dicho plazo el
defecto que haya motivado la exclusión u omisión en las relaciones de admitidos y
excluidos. La reclamación se entenderá resuelta con la publicación de la lista definitiva.
Los aspirantes que, dentro del plazo señalado, no presenten reclamación ni subsanen la
exclusión u omisión producida, justificando su derecho a ser incluidos en la relación de
admitidos, serán definitivamente excluidos del proceso selectivo. Las alegaciones
presentadas se entenderán resueltas con la publicación de las listas definitivas. En todo
caso, al objeto de evitar errores y, en el supuesto de producirse, de posibilitar su
subsanación en tiempo y forma, los aspirantes deberán comprobar no sólo que no
figuran recogidos en la relación de excluidos sino, además, que sus nombres figuran
correctamente en la relación de admitidos.
4.3 Transcurrido el plazo de subsanación, el Vicerrector competente en la materia,
por delegación del Rector de la Universidad de Salamanca, dictará resolución aprobando

cve: BOE-A-2024-25947
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