Universidades. II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. Cuerpos docentes universitarios. (BOE-A-2024-25946)
Resolución de 3 de diciembre de 2024, de la Universidad de Salamanca, por la que se convoca concurso de acceso a plazas de cuerpos docentes universitarios.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 299
Jueves 12 de diciembre de 2024
Sec. II.B. Pág. 169746
del 50 % para los de categoría general, deberán adjuntar acreditación de la condición de
familia numerosa.
c) Los aspirantes que sean víctimas de actos de terrorismo en los términos
establecidos en el artículo 2 de la Ley 4/2017, de 26 de septiembre, de Reconocimiento y
Atención a las Víctimas del Terrorismo de Castilla y León, estarán exentos de pago. La
condición de víctima de terrorismo deberá acreditarse de conformidad con lo dispuesto
en el artículo 3 de la citada ley.
d) Los aspirantes que sean víctimas de violencia de género de acuerdo con lo
establecido en el artículo 1 de la Ley 13/2010, de 9 de diciembre, contra la violencia de
género de Castilla y León, estarán exentos de pago. La condición de víctima de violencia
de género se acreditará de conformidad con lo dispuesto en el artículo 7 de la citada ley.
La falta de justificación de encontrarse exento de los derechos de examen
determinará la exclusión del aspirante.
3.4
Documentación de los concursantes:
3.5 Las notificaciones se practicarán en el lugar señalado a efectos de notificación
por los aspirantes en sus solicitudes de participación, siendo responsabilidad exclusiva
del concursante tanto los errores en la consignación del mismo como la comunicación a
la Administración de cualquier cambio de dicho lugar a efectos de notificación.
4.
Resolución de admisión
4.1 Dentro de los quince días hábiles siguientes a la finalización del plazo de
presentación de solicitudes, el Vicerrector competente en la materia, por delegación del
cve: BOE-A-2024-25946
Verificable en https://www.boe.es
3.4.1 Los aspirantes acompañarán a sus solicitudes los documentos que acrediten
los requisitos de participación que se determinan en la presente convocatoria. Su no
aportación en el plazo de presentación de instancias o en el de subsanación concedido
al efecto determinará la exclusión del aspirante.
La falta de pago de la tasa dentro del plazo de presentación de solicitudes no será
subsanable y determinará la exclusión.
3.4.2 Los aspirantes deberán adjuntar a su solicitud de participación, igualmente,
los documentos que acrediten los méritos o circunstancias que desean someter a la
valoración de las comisiones de selección. Solamente serán considerados los méritos
relacionados en el currículum y justificados documentalmente que se posean y presenten
hasta el momento de finalizar el plazo de presentación de solicitudes.
Una vez finalizado dicho plazo, no podrán ser aportados documentos que avalen
nuevos méritos no declarados inicialmente o declarados sin justificación alguna; solo se
podrá subsanar lo acreditado de forma defectuosa. La falta de presentación de la
certificación académica en el plazo de presentación de solicitudes conlleva que la
comisión de selección no asignará puntuación al mérito «Expediente Académico» de la
titulación alegada.
3.4.3 La fidelidad con el original de la solicitud y de los documentos del expediente
tramitados a través de la Sede Electrónica de la Universidad de Salamanca se
garantizará bajo la única responsabilidad del interesado, mediante la utilización de su
firma electrónica avanzada para firmar dichos documentos. Con posterioridad, el órgano
encargado de la tramitación del procedimiento podrá solicitar el cotejo del archivo y las
copias aportadas y la exhibición del documento original.
Respecto a las publicaciones consignadas en el curriculum vitae, además, se incluirá
una relación de las mismas con mención expresa de los datos bibliográficos
identificativos y de los criterios de calidad aceptados en el campo de conocimiento (por
ejemplo: índices de impacto en el año, cuartiles, número de citas) avalada mediante
declaración expresa responsable del interesado.
3.4.4 La documentación necesaria para la segunda prueba será presentada por los
aspirantes en el tiempo y forma previstos en la base 7.4.
Núm. 299
Jueves 12 de diciembre de 2024
Sec. II.B. Pág. 169746
del 50 % para los de categoría general, deberán adjuntar acreditación de la condición de
familia numerosa.
c) Los aspirantes que sean víctimas de actos de terrorismo en los términos
establecidos en el artículo 2 de la Ley 4/2017, de 26 de septiembre, de Reconocimiento y
Atención a las Víctimas del Terrorismo de Castilla y León, estarán exentos de pago. La
condición de víctima de terrorismo deberá acreditarse de conformidad con lo dispuesto
en el artículo 3 de la citada ley.
d) Los aspirantes que sean víctimas de violencia de género de acuerdo con lo
establecido en el artículo 1 de la Ley 13/2010, de 9 de diciembre, contra la violencia de
género de Castilla y León, estarán exentos de pago. La condición de víctima de violencia
de género se acreditará de conformidad con lo dispuesto en el artículo 7 de la citada ley.
La falta de justificación de encontrarse exento de los derechos de examen
determinará la exclusión del aspirante.
3.4
Documentación de los concursantes:
3.5 Las notificaciones se practicarán en el lugar señalado a efectos de notificación
por los aspirantes en sus solicitudes de participación, siendo responsabilidad exclusiva
del concursante tanto los errores en la consignación del mismo como la comunicación a
la Administración de cualquier cambio de dicho lugar a efectos de notificación.
4.
Resolución de admisión
4.1 Dentro de los quince días hábiles siguientes a la finalización del plazo de
presentación de solicitudes, el Vicerrector competente en la materia, por delegación del
cve: BOE-A-2024-25946
Verificable en https://www.boe.es
3.4.1 Los aspirantes acompañarán a sus solicitudes los documentos que acrediten
los requisitos de participación que se determinan en la presente convocatoria. Su no
aportación en el plazo de presentación de instancias o en el de subsanación concedido
al efecto determinará la exclusión del aspirante.
La falta de pago de la tasa dentro del plazo de presentación de solicitudes no será
subsanable y determinará la exclusión.
3.4.2 Los aspirantes deberán adjuntar a su solicitud de participación, igualmente,
los documentos que acrediten los méritos o circunstancias que desean someter a la
valoración de las comisiones de selección. Solamente serán considerados los méritos
relacionados en el currículum y justificados documentalmente que se posean y presenten
hasta el momento de finalizar el plazo de presentación de solicitudes.
Una vez finalizado dicho plazo, no podrán ser aportados documentos que avalen
nuevos méritos no declarados inicialmente o declarados sin justificación alguna; solo se
podrá subsanar lo acreditado de forma defectuosa. La falta de presentación de la
certificación académica en el plazo de presentación de solicitudes conlleva que la
comisión de selección no asignará puntuación al mérito «Expediente Académico» de la
titulación alegada.
3.4.3 La fidelidad con el original de la solicitud y de los documentos del expediente
tramitados a través de la Sede Electrónica de la Universidad de Salamanca se
garantizará bajo la única responsabilidad del interesado, mediante la utilización de su
firma electrónica avanzada para firmar dichos documentos. Con posterioridad, el órgano
encargado de la tramitación del procedimiento podrá solicitar el cotejo del archivo y las
copias aportadas y la exhibición del documento original.
Respecto a las publicaciones consignadas en el curriculum vitae, además, se incluirá
una relación de las mismas con mención expresa de los datos bibliográficos
identificativos y de los criterios de calidad aceptados en el campo de conocimiento (por
ejemplo: índices de impacto en el año, cuartiles, número de citas) avalada mediante
declaración expresa responsable del interesado.
3.4.4 La documentación necesaria para la segunda prueba será presentada por los
aspirantes en el tiempo y forma previstos en la base 7.4.