Universidades. II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. Personal de administración y servicios. (BOE-A-2024-25948)
Resolución de 2 de diciembre de 2024, de la Universidad de Oviedo, por la que se convoca la provisión, por el sistema general de acceso libre, de plazas de Técnico Especialista en Biblioteca, Grupo III.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 12 de diciembre de 2024
9.ª
Sec. II.B. Pág. 169782
Formalización del contrato
9.1 Antes de la formalización del contrato, el candidato seleccionado deberá
justificar adecuadamente, en un plazo de veinte días naturales desde que se haga
pública la lista de aprobados, los requisitos siguientes:
a) Fotocopia compulsada del Título de Bachiller Superior, Formación Profesional
de 2.º grado o equivalente.
b) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado mediante expediente
disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, ni hallarse
inhabilitado para el desempeño de las funciones públicas mediante sentencia judicial
firme.
c) Certificación acreditativa de no padecer enfermedad ni limitaciones físicas o
psíquicas que le imposibiliten para el desempeño de sus funciones, expedido por el
médico, especialista en medicina del trabajo, de la Universidad de Oviedo.
9.2 El Rector de la Universidad de Oviedo procederá a la formalización de los
contratos y, hasta tanto no se formalicen, los aspirantes no tendrán derecho a percepción
económica alguna.
10.ª
Incorporación y período de prueba
10.1 La incorporación al puesto de trabajo se efectuará una vez formalizado el
contrato, quedando sujeto al período de prueba que establece el artículo 14 del texto
refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores.
10.2 Los candidatos que superen el período de prueba satisfactoriamente
adquirirán la condición de personal laboral fijo.
11.ª Norma final
La convocatoria y sus bases podrán ser impugnadas ante los juzgados de lo social
en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente a su publicación, de
conformidad con lo establecido en la Ley 36/2011, de 10 de octubre, reguladora de la
jurisdicción social. Previamente y con carácter potestativo, se podrá interponer recurso
de reposición ante el Rector, en el plazo de un mes, a tenor del artículo 124 de la
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas.
Los actos administrativos de la Comisión Calificadora podrán ser impugnados
mediante recurso de alzada ante el Rector de la Universidad de Oviedo, en el plazo de
un mes, conforme determina el artículo 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Oviedo, 2 de diciembre de 2024.–El Rector, Ignacio Villaverde Menéndez.
cve: BOE-A-2024-25948
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 299
Jueves 12 de diciembre de 2024
9.ª
Sec. II.B. Pág. 169782
Formalización del contrato
9.1 Antes de la formalización del contrato, el candidato seleccionado deberá
justificar adecuadamente, en un plazo de veinte días naturales desde que se haga
pública la lista de aprobados, los requisitos siguientes:
a) Fotocopia compulsada del Título de Bachiller Superior, Formación Profesional
de 2.º grado o equivalente.
b) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado mediante expediente
disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, ni hallarse
inhabilitado para el desempeño de las funciones públicas mediante sentencia judicial
firme.
c) Certificación acreditativa de no padecer enfermedad ni limitaciones físicas o
psíquicas que le imposibiliten para el desempeño de sus funciones, expedido por el
médico, especialista en medicina del trabajo, de la Universidad de Oviedo.
9.2 El Rector de la Universidad de Oviedo procederá a la formalización de los
contratos y, hasta tanto no se formalicen, los aspirantes no tendrán derecho a percepción
económica alguna.
10.ª
Incorporación y período de prueba
10.1 La incorporación al puesto de trabajo se efectuará una vez formalizado el
contrato, quedando sujeto al período de prueba que establece el artículo 14 del texto
refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores.
10.2 Los candidatos que superen el período de prueba satisfactoriamente
adquirirán la condición de personal laboral fijo.
11.ª Norma final
La convocatoria y sus bases podrán ser impugnadas ante los juzgados de lo social
en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente a su publicación, de
conformidad con lo establecido en la Ley 36/2011, de 10 de octubre, reguladora de la
jurisdicción social. Previamente y con carácter potestativo, se podrá interponer recurso
de reposición ante el Rector, en el plazo de un mes, a tenor del artículo 124 de la
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas.
Los actos administrativos de la Comisión Calificadora podrán ser impugnados
mediante recurso de alzada ante el Rector de la Universidad de Oviedo, en el plazo de
un mes, conforme determina el artículo 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Oviedo, 2 de diciembre de 2024.–El Rector, Ignacio Villaverde Menéndez.
cve: BOE-A-2024-25948
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 299