Universidades. II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. Personal de administración y servicios. (BOE-A-2024-25948)
Resolución de 2 de diciembre de 2024, de la Universidad de Oviedo, por la que se convoca la provisión, por el sistema general de acceso libre, de plazas de Técnico Especialista en Biblioteca, Grupo III.
14 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 299
Jueves 12 de diciembre de 2024
B.
Sec. II.B. Pág. 169780
Fase de oposición:
Esta fase constará de los ejercicios que a continuación se indican, teniendo ambos
carácter eliminatorio:
Primer ejercicio: Teórico.
Cuestionario de 80 preguntas con 4 respuestas alternativas, sobre el temario que
figura en el anexo IV.
Este ejercicio se calificará utilizando la fórmula siguiente:
Se calificará de 0 a 35 puntos, siendo necesario para superar la prueba haber
obtenido como mínimo 17,5 puntos.
Segundo ejercicio: Práctico.
Consistirá en resolver uno o varios supuestos prácticos relacionados con el
contenido del programa.
Se calificará de 0 a 35 puntos, siendo necesario para aprobar alcanzar un mínimo
de 17,5 puntos.
La calificación final de la prueba vendrá determinada por la suma de las
puntuaciones obtenidas en las fases de concurso y oposición.
Las plazas se adjudicarán a los concursantes que obtengan mayor puntuación,
sumando los puntos de la fase del concurso a los puntos de la fase de la oposición.
En ningún caso la puntuación obtenida en la fase de concurso podrá aplicarse para
superar los ejercicios de la fase de oposición.
La plaza reservada al turno de personas con discapacidad general, si queda desierta,
se acumulará a las del turno ordinario.
En el supuesto de que alguno de los aspirantes con discapacidad que hubiera
accedido a través de este turno superase las pruebas pero no obtuviera plaza de las del
cupo reservado y su puntuación fuera superior a la obtenida por otros aspirantes del
turno ordinario, será incluido por su orden de puntuación entre los aspirantes de éste.
Comisión Calificadora
7.1 La Comisión Calificadora de estas pruebas selectivas es la que figura como
anexo V de esta convocatoria.
7.2 Los miembros del Tribunal y el Secretario deberán abstenerse de intervenir,
notificándolo al Rector de la Universidad, cuando concurran en ellos algunas de las
causas previstas en el artículo 23 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen
Jurídico del Sector Público.
El Presidente podrá solicitar de los miembros del Tribunal declaración expresa de no
hallarse incursos en las circunstancias previstas en el párrafo anterior.
Asimismo, los aspirantes podrán recusar a los miembros del Tribunal, a tenor del
artículo 24 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
7.3 Previa convocatoria del Presidente, se constituirá la comisión con asistencia, al
menos, del Presidente, el Secretario y la mitad más uno de los vocales. Celebrará su
sesión de constitución en el plazo máximo de treinta días a partir de su designación.
7.4 A partir de su constitución, la comisión para actuar válidamente, requerirá la
presencia de la mayoría absoluta de sus miembros.
cve: BOE-A-2024-25948
Verificable en https://www.boe.es
7.ª
Núm. 299
Jueves 12 de diciembre de 2024
B.
Sec. II.B. Pág. 169780
Fase de oposición:
Esta fase constará de los ejercicios que a continuación se indican, teniendo ambos
carácter eliminatorio:
Primer ejercicio: Teórico.
Cuestionario de 80 preguntas con 4 respuestas alternativas, sobre el temario que
figura en el anexo IV.
Este ejercicio se calificará utilizando la fórmula siguiente:
Se calificará de 0 a 35 puntos, siendo necesario para superar la prueba haber
obtenido como mínimo 17,5 puntos.
Segundo ejercicio: Práctico.
Consistirá en resolver uno o varios supuestos prácticos relacionados con el
contenido del programa.
Se calificará de 0 a 35 puntos, siendo necesario para aprobar alcanzar un mínimo
de 17,5 puntos.
La calificación final de la prueba vendrá determinada por la suma de las
puntuaciones obtenidas en las fases de concurso y oposición.
Las plazas se adjudicarán a los concursantes que obtengan mayor puntuación,
sumando los puntos de la fase del concurso a los puntos de la fase de la oposición.
En ningún caso la puntuación obtenida en la fase de concurso podrá aplicarse para
superar los ejercicios de la fase de oposición.
La plaza reservada al turno de personas con discapacidad general, si queda desierta,
se acumulará a las del turno ordinario.
En el supuesto de que alguno de los aspirantes con discapacidad que hubiera
accedido a través de este turno superase las pruebas pero no obtuviera plaza de las del
cupo reservado y su puntuación fuera superior a la obtenida por otros aspirantes del
turno ordinario, será incluido por su orden de puntuación entre los aspirantes de éste.
Comisión Calificadora
7.1 La Comisión Calificadora de estas pruebas selectivas es la que figura como
anexo V de esta convocatoria.
7.2 Los miembros del Tribunal y el Secretario deberán abstenerse de intervenir,
notificándolo al Rector de la Universidad, cuando concurran en ellos algunas de las
causas previstas en el artículo 23 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen
Jurídico del Sector Público.
El Presidente podrá solicitar de los miembros del Tribunal declaración expresa de no
hallarse incursos en las circunstancias previstas en el párrafo anterior.
Asimismo, los aspirantes podrán recusar a los miembros del Tribunal, a tenor del
artículo 24 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
7.3 Previa convocatoria del Presidente, se constituirá la comisión con asistencia, al
menos, del Presidente, el Secretario y la mitad más uno de los vocales. Celebrará su
sesión de constitución en el plazo máximo de treinta días a partir de su designación.
7.4 A partir de su constitución, la comisión para actuar válidamente, requerirá la
presencia de la mayoría absoluta de sus miembros.
cve: BOE-A-2024-25948
Verificable en https://www.boe.es
7.ª