Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes. I. Disposiciones generales. Formación profesional. (BOE-A-2024-25866)
Orden EFD/1394/2024, de 2 de diciembre, por la que se actualizan determinadas cualificaciones profesionales de las familias profesionales Actividades Físicas y Deportivas; Artes Gráficas; Artes y Artesanías; Informática y Comunicaciones; Servicios Socioculturales y a la Comunidad; Textil, Confección y Piel; y Vidrio y Cerámica, recogidas en el Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 12 de diciembre de 2024

Sec. I. Pág. 168750

viene a completar el Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales, repertorio
conocido y reconocido por la comunidad educativa y los sectores productivos y de
prestación de servicios españoles. Finalmente, el principio de transparencia se garantiza
mediante los trámites de consulta y audiencia públicas, a través del portal de internet
del Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes para la participación de la
sociedad y las empresas. En este sentido, se ofrece a la ciudadanía una acceso sencillo,
universal y actualizado a la norma en vigor.
En la actualización de las cualificaciones profesionales que se anexan a esta norma
se ha contado con la participación y colaboración de los interlocutores sociales y
económicos vinculados a los sectores implicados, así como con las comunidades
autónomas y demás administraciones públicas competentes, a través del Consejo
General de Formación Profesional, en las fases de solicitud de personas expertas para la
configuración del Grupo de Trabajo de Cualificaciones, contraste externo, y en la emisión
del informe positivo que de las mismas es realizado por el propio Consejo General
de Formación Profesional, necesario y previo a su tramitación como orden.
Esta orden se dicta en virtud de la competencia exclusiva que atribuye al Estado el
artículo 149.1. 30.ª de la Constitución Española, sobre regulación de las condiciones de
obtención, expedición y homologación de los títulos académicos y profesionales.
Por todo lo anterior, en su virtud, dispongo:
Artículo 1. Objeto y ámbito de aplicación.
1. Esta orden tiene por objeto actualizar y modificar parcialmente determinadas
cualificaciones profesionales, en los términos que establecen los artículos 2 al 12.
2. Las cualificaciones profesionales actualizadas tienen validez y son de aplicación
en todo el territorio nacional. Asimismo, no constituyen una regulación de profesión
regulada alguna.
Artículo 2. Cualificaciones profesionales que se actualizan y modifican parcialmente.
1. Las cualificaciones profesionales que se actualizan, corresponden a distintas
familias profesionales y son las que a continuación se relacionan:
a) Familia Profesional Informática y Comunicaciones: Administración y diseño de
redes departamentales. Nivel 3. IFC081_3, establecida por el Real Decreto 295/2004,
de 20 de febrero, por el que se establecen determinadas cualificaciones profesionales
que se incluyen en el Catálogo nacional de cualificaciones profesionales, así como sus
correspondientes módulos formativos que se incorporan al Catálogo modular de
formación profesional.
b) Familia Profesional Textil, Confección y Piel: Operaciones auxiliares de lavandería
industrial y de proximidad. Nivel 1. TCP138_1, establecida por el Real Decreto 1087/2005,
de 16 de septiembre, por el que se establecen nuevas cualificaciones profesionales, que
se incluyen en el Catálogo nacional de cualificaciones profesionales, así como sus
correspondientes módulos formativos, que se incorporan al Catálogo modular de
formación profesional, y se actualizan determinadas cualificaciones profesionales de las
establecidas por el Real Decreto 295/2004, de 20 de febrero.
c) Familia Profesional Actividades Físicas y Deportivas:
1.ª Iniciación deportiva en la modalidad de salvamento y socorrismo en
instalaciones acuáticas. Nivel 2. AFD538_2, establecida por el Real Decreto 141/2011,
de 4 de febrero, por el que se complementa el Catálogo Nacional de Cualificaciones
Profesionales, mediante el establecimiento de dos cualificaciones profesionales de
la Familia Profesional Actividades Físicas y Deportivas.
2.ª Coordinación de servicios de socorrismo en instalaciones y espacios naturales
acuáticos. Nivel 3. AFD539_3, establecida por el Real Decreto 141/2011, de 4 de febrero.
3.ª Iniciación deportiva en karate. Nivel 2. AFD663_2, establecida por el Real
Decreto 1788/2011, de 16 de diciembre, por el que se complementa el Catálogo Nacional

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Núm. 299