Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes. I. Disposiciones generales. Formación profesional. (BOE-A-2024-25866)
Orden EFD/1394/2024, de 2 de diciembre, por la que se actualizan determinadas cualificaciones profesionales de las familias profesionales Actividades Físicas y Deportivas; Artes Gráficas; Artes y Artesanías; Informática y Comunicaciones; Servicios Socioculturales y a la Comunidad; Textil, Confección y Piel; y Vidrio y Cerámica, recogidas en el Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 12 de diciembre de 2024

Sec. I. Pág. 168764

RP2: Configurar la seguridad de los equipos y dispositivos de la infraestructura de
red de datos, estableciendo entre otros los mecanismos de acceso y
redundancia, a partir del diseño previo y según el plan de seguridad para su
puesta en explotación.
CR2.1 La estabilidad y disponibilidad eléctrica de los componentes y/o equipos
de red se garantiza, configurando los parámetros asociados, prestando
especial atención a los recursos disponibles.
CR2.2 Los medios de identificación de accesos a la red y a la administración
de los equipos tales como usuarios, perfiles, roles u otros se eligen,
ajustándolos de forma que garanticen la seguridad y trazabilidad de los
parámetros y definiciones de configuración, siguiendo los criterios
establecidos en la política de seguridad, almacenándolos y utilizando
para ello aplicaciones y/o procedimientos que garanticen su
confidencialidad, estableciendo protocolos para el cambio cíclico de
contraseñas fijas que no caducan.
CR2.3 Los dispositivos de red se configuran para incluir autenticación 8021x,
definiendo un servidor Radius u otro sistema de autenticación.
CR2.4 Los equipos de la infraestructura de red de datos se configuran para su
acceso por medio de aplicaciones que aíslen y garanticen la seguridad
del sistema frente a accesos indebidos.
CR2.5 Los mecanismos de control de acceso del equipo de red se configuran
de forma que sólo puedan ser modificados desde los puntos permitidos
y por los administradores autorizados.
CR2.6 La configuración de seguridad en el ámbito de red se aplica,
garantizando el funcionamiento de puntos críticos tales como la
seguridad de puerto y los mecanismos de control de tormentas de
difusión, tales como el protocolo de árbol de expansión («spanningtree»).
CR2.7 Los equipos que proporcionen redundancia a la red troncal se
configuran, usando la consola para asignar una IP única y para
comunicarlos entre sí de forma que el secundario tome el control en
caso de caída.
CR2.8 Las configuraciones de «software» y «hardware» relativas a la
seguridad se salvaguardan, realizando copia de seguridad de las
mismas mediante la funcionalidad habilitada en el sistema,
almacenándolas en condiciones de seguridad y de modo que permitan
una eficaz recuperación.
CR2.9 La documentación de configuración de seguridad se elabora,
incluyendo todos los valores de configuración implantados.
RP3: Comprobar la funcionalidad de los elementos de la infraestructura de red de
datos, empleando herramientas de diagnóstico y técnicas de verificación para
asegurar el servicio integrado de la misma.
CR3.1 La continuidad de red extremo a extremo, la carga y las aplicaciones
clientes de la infraestructura de red se prueban, verificando que se
ajustan a lo planificado en la etapa de diseño.
CR3.2 La cobertura y calidad de la señal se prueba desde diferentes puntos
de la zona de cobertura, teniendo en cuenta la ubicación de los puntos
de acceso y las características arquitectónicas del edificio.
CR3.3 La funcionalidad se verifica, según lo planificado en la etapa de diseño,
de forma que se garantice la estabilidad de la red en casos extremos.
CR3.4 El «software» de red se verifica conjuntamente con los equipos,
empleando las técnicas y herramientas que se adapten a cada
situación a comprobar.

cve: BOE-A-2024-25866
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Núm. 299