Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades. I. Disposiciones generales. Organización. (BOE-A-2024-25868)
Orden CNU/1396/2024, de 5 de diciembre, por la que se aprueba el Reglamento interno de funcionamiento de la Comisión Nacional Evaluadora de la Actividad Investigadora.
9 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 299
Jueves 12 de diciembre de 2024
Sec. I. Pág. 169478
I. DISPOSICIONES GENERALES
MINISTERIO DE CIENCIA, INNOVACIÓN Y UNIVERSIDADES
Orden CNU/1396/2024, de 5 de diciembre, por la que se aprueba el
Reglamento interno de funcionamiento de la Comisión Nacional Evaluadora
de la Actividad Investigadora.
La Comisión Nacional Evaluadora de la Actividad Investigadora) es el órgano del
Organismo Autónomo Agencia Nacional de Evaluación de la Calidad y Acreditación (en
adelante, ANECA, o ANECA O.A.) responsable de la evaluación de la actividad
investigadora a efectos de la obtención del correspondiente complemento retributivo o,
en su caso, mérito curricular. Fue creada por el Real Decreto 1086/1989, de 28 de
agosto, sobre retribuciones del profesorado universitario, y su actividad de evaluación se
ha venido regulando en diferentes órdenes ministeriales, como la Orden de 2 de
diciembre de 1994, por la que se establece el procedimiento para la evaluación de la
actividad investigadora en desarrollo del Real Decreto 1086/1989, de 28 de agosto, y la
Orden CNU/1 181/2019, de 3 de diciembre, por la que se establecen las bases comunes
para la evaluación de la actividad investigadora del personal investigador funcionario de
las escalas científicas de los Organismos Públicos de Investigación de la Administración
General del Estado haciendo uso de la habilitación conferida por la disposición final
tercera del Real Decreto 310/2019, de 26 de abril.
La Comisión Nacional Evaluadora de la Actividad Investigadora se integró en la
estructura de ANECA en el año 2015, de acuerdo con la modificación de la Ley
Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, efectuada por el artículo 7 de la
Ley 15/2014, de 16 de septiembre, de racionalización del Sector Público y otras medidas
de reforma administrativa, cuyo artículo 8 creó a ANECA como organismo autónomo,
procedente de la conversión de la Fundación Agencia Nacional de Evaluación de la
Calidad y Acreditación en organismo público. Tras dicha innovación normativa, las
funciones, organización y funcionamiento actuales de la CNEAI están reguladas por el
Real Decreto 1112/2015, de 11 de diciembre, por el que se aprueba el Estatuto del
Organismo Autónomo Agencia Nacional de Evaluación de la Calidad y Acreditación. Sin
embargo, el Reglamento de Funcionamiento Interno de la CNEAI hasta ahora vigente,
que fue aprobado por la Orden ECI/3184/2005, de 6 de octubre, es anterior a la
integración de la CNEAI en ANECA, e incluso varios de sus artículos pueden
considerarse derogados tácitamente por dicho real decreto.
Procede, por tanto, aprobar un nuevo Reglamento Interno de Funcionamiento de la
Comisión Nacional I que sustituya al anterior y que sea acorde a la regulación que
establece el Estatuto de ANECA, dentro del nuevo sistema de evaluación de la actividad
investigadora diseñado por la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema
Universitario, y la Ley 17/2022, de 5 de septiembre, por la que se modifica la
Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación (LCTI).
El objetivo de este nuevo Reglamento Interno de Funcionamiento, teniendo en
cuenta la experiencia acumulada, sigue siendo facilitar una actuación rigurosa, eficiente
y transparente de la Comisión en el ejercicio de sus competencias, y mejorar el servicio
público prestado a la sociedad por este órgano colegiado, adaptando su reglamento
interno a la realidad de su funcionamiento. Para ello se desarrolla el régimen de los
recursos contra los acuerdos del Pleno de la Comisión Nacional y se prevé un
procedimiento de evaluación de los miembros del Pleno más respetuoso con sus
derechos como personal en activo. También se adapta la terminología a las
modificaciones de la estructura ministerial con participación en la CNEAI, además de
respetar las exigencias del lenguaje inclusivo.
cve: BOE-A-2024-25868
Verificable en https://www.boe.es
25868
Núm. 299
Jueves 12 de diciembre de 2024
Sec. I. Pág. 169478
I. DISPOSICIONES GENERALES
MINISTERIO DE CIENCIA, INNOVACIÓN Y UNIVERSIDADES
Orden CNU/1396/2024, de 5 de diciembre, por la que se aprueba el
Reglamento interno de funcionamiento de la Comisión Nacional Evaluadora
de la Actividad Investigadora.
La Comisión Nacional Evaluadora de la Actividad Investigadora) es el órgano del
Organismo Autónomo Agencia Nacional de Evaluación de la Calidad y Acreditación (en
adelante, ANECA, o ANECA O.A.) responsable de la evaluación de la actividad
investigadora a efectos de la obtención del correspondiente complemento retributivo o,
en su caso, mérito curricular. Fue creada por el Real Decreto 1086/1989, de 28 de
agosto, sobre retribuciones del profesorado universitario, y su actividad de evaluación se
ha venido regulando en diferentes órdenes ministeriales, como la Orden de 2 de
diciembre de 1994, por la que se establece el procedimiento para la evaluación de la
actividad investigadora en desarrollo del Real Decreto 1086/1989, de 28 de agosto, y la
Orden CNU/1 181/2019, de 3 de diciembre, por la que se establecen las bases comunes
para la evaluación de la actividad investigadora del personal investigador funcionario de
las escalas científicas de los Organismos Públicos de Investigación de la Administración
General del Estado haciendo uso de la habilitación conferida por la disposición final
tercera del Real Decreto 310/2019, de 26 de abril.
La Comisión Nacional Evaluadora de la Actividad Investigadora se integró en la
estructura de ANECA en el año 2015, de acuerdo con la modificación de la Ley
Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, efectuada por el artículo 7 de la
Ley 15/2014, de 16 de septiembre, de racionalización del Sector Público y otras medidas
de reforma administrativa, cuyo artículo 8 creó a ANECA como organismo autónomo,
procedente de la conversión de la Fundación Agencia Nacional de Evaluación de la
Calidad y Acreditación en organismo público. Tras dicha innovación normativa, las
funciones, organización y funcionamiento actuales de la CNEAI están reguladas por el
Real Decreto 1112/2015, de 11 de diciembre, por el que se aprueba el Estatuto del
Organismo Autónomo Agencia Nacional de Evaluación de la Calidad y Acreditación. Sin
embargo, el Reglamento de Funcionamiento Interno de la CNEAI hasta ahora vigente,
que fue aprobado por la Orden ECI/3184/2005, de 6 de octubre, es anterior a la
integración de la CNEAI en ANECA, e incluso varios de sus artículos pueden
considerarse derogados tácitamente por dicho real decreto.
Procede, por tanto, aprobar un nuevo Reglamento Interno de Funcionamiento de la
Comisión Nacional I que sustituya al anterior y que sea acorde a la regulación que
establece el Estatuto de ANECA, dentro del nuevo sistema de evaluación de la actividad
investigadora diseñado por la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema
Universitario, y la Ley 17/2022, de 5 de septiembre, por la que se modifica la
Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación (LCTI).
El objetivo de este nuevo Reglamento Interno de Funcionamiento, teniendo en
cuenta la experiencia acumulada, sigue siendo facilitar una actuación rigurosa, eficiente
y transparente de la Comisión en el ejercicio de sus competencias, y mejorar el servicio
público prestado a la sociedad por este órgano colegiado, adaptando su reglamento
interno a la realidad de su funcionamiento. Para ello se desarrolla el régimen de los
recursos contra los acuerdos del Pleno de la Comisión Nacional y se prevé un
procedimiento de evaluación de los miembros del Pleno más respetuoso con sus
derechos como personal en activo. También se adapta la terminología a las
modificaciones de la estructura ministerial con participación en la CNEAI, además de
respetar las exigencias del lenguaje inclusivo.
cve: BOE-A-2024-25868
Verificable en https://www.boe.es
25868