Comunidad Autónoma de La Región de Murcia. I. Disposiciones generales. Servicios sociales. (BOE-A-2024-25869)
Ley 3/2024, de 11 de noviembre, de modificación del Decreto 74/2011, de 20 de mayo, por el que se regula el procedimiento para el reconocimiento de la situación de dependencia y del derecho a los servicios y prestaciones económicas del sistema para la autonomía y atención a la dependencia en la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia y se establece el régimen de infracciones y sanciones.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 299
Jueves 12 de diciembre de 2024
Sec. I. Pág. 169487
I. DISPOSICIONES GENERALES
COMUNIDAD AUTÓNOMA DE LA REGIÓN DE MURCIA
25869
Ley 3/2024, de 11 de noviembre, de modificación del Decreto 74/2011, de 20
de mayo, por el que se regula el procedimiento para el reconocimiento de la
situación de dependencia y del derecho a los servicios y prestaciones
económicas del sistema para la autonomía y atención a la dependencia en la
Comunidad Autónoma de la Región de Murcia y se establece el régimen de
infracciones y sanciones.
EL PRESIDENTE DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE LA REGIÓN DE MURCIA
Sea notorio a todos los ciudadanos de la Región de Murcia, que la Asamblea
Regional ha aprobado la Ley de modificación del Decreto 74/2011, de 20 de mayo, por el
que se regula el procedimiento para el reconocimiento de la situación de dependencia y
del derecho a los servicios y prestaciones económicas del Sistema para la Autonomía y
Atención a la Dependencia en la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia y se
establece el régimen de infracciones y sanciones.
Por consiguiente, al amparo del artículo 30.Dos, del Estatuto de Autonomía, en
nombre del Rey, promulgo y ordeno la publicación de la siguiente Ley:
El artículo 149.1.1.ª de la Constitución española atribuyó al Estado la competencia
exclusiva para regular las condiciones básicas que garanticen la igualdad de todos los
españoles en el ejercicio de los derechos y en el cumplimiento de los deberes
constitucionales.
En materia de servicios sociales, el artículo 148.1.20.ª de la Constitución española
permitió a todas las comunidades autónomas la asunción de competencias exclusivas en
materia de asistencia social.
Al amparo de esta habilitación, la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia
asumió, a través del artículo 10.18 de su Estatuto de Autonomía, aprobado por la Ley
Orgánica 4/1982, de 9 de junio, la competencia exclusiva en dicha materia.
Por su parte, la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía
Personal y Atención a las personas en situación de dependencia, tiene por objeto regular
las condiciones básicas que garanticen la igualdad en el ejercicio del derecho subjetivo
de ciudadanía a la promoción de la autonomía personal y atención a las personas en
situación de dependencia, en los términos establecidos en las leyes, mediante la
creación de un Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia (SAAD), con la
colaboración y participación de todas las Administraciones Públicas y la garantía por la
Administración General del Estado de un contenido mínimo común de derechos para
todos los ciudadanos en cualquier parte del territorio del Estado español.
El artículo 11 de la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, establece que corresponden a
las Comunidades Autónomas, sin perjuicio de las competencias que les son propias
según la Constitución española, los estatutos de autonomía y la legislación vigente, las
funciones de planificar, ordenar, coordinar y dirigir, en el ámbito de su territorio, los
servicios de promoción de la autonomía personal y de atención a las personas en
situación de dependencia; gestionar, en su ámbito territorial, los servicios y recursos
necesarios para la valoración y atención de la dependencia; y asegurar la elaboración de
los correspondientes Programas Individuales de Atención.
A nivel estatal, en desarrollo de la Ley 39/2006, se han aprobado diversos reales
decretos, entre los que, por lo que en este momento interesa, debe de destacarse el
cve: BOE-A-2024-25869
Verificable en https://www.boe.es
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
Núm. 299
Jueves 12 de diciembre de 2024
Sec. I. Pág. 169487
I. DISPOSICIONES GENERALES
COMUNIDAD AUTÓNOMA DE LA REGIÓN DE MURCIA
25869
Ley 3/2024, de 11 de noviembre, de modificación del Decreto 74/2011, de 20
de mayo, por el que se regula el procedimiento para el reconocimiento de la
situación de dependencia y del derecho a los servicios y prestaciones
económicas del sistema para la autonomía y atención a la dependencia en la
Comunidad Autónoma de la Región de Murcia y se establece el régimen de
infracciones y sanciones.
EL PRESIDENTE DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE LA REGIÓN DE MURCIA
Sea notorio a todos los ciudadanos de la Región de Murcia, que la Asamblea
Regional ha aprobado la Ley de modificación del Decreto 74/2011, de 20 de mayo, por el
que se regula el procedimiento para el reconocimiento de la situación de dependencia y
del derecho a los servicios y prestaciones económicas del Sistema para la Autonomía y
Atención a la Dependencia en la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia y se
establece el régimen de infracciones y sanciones.
Por consiguiente, al amparo del artículo 30.Dos, del Estatuto de Autonomía, en
nombre del Rey, promulgo y ordeno la publicación de la siguiente Ley:
El artículo 149.1.1.ª de la Constitución española atribuyó al Estado la competencia
exclusiva para regular las condiciones básicas que garanticen la igualdad de todos los
españoles en el ejercicio de los derechos y en el cumplimiento de los deberes
constitucionales.
En materia de servicios sociales, el artículo 148.1.20.ª de la Constitución española
permitió a todas las comunidades autónomas la asunción de competencias exclusivas en
materia de asistencia social.
Al amparo de esta habilitación, la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia
asumió, a través del artículo 10.18 de su Estatuto de Autonomía, aprobado por la Ley
Orgánica 4/1982, de 9 de junio, la competencia exclusiva en dicha materia.
Por su parte, la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía
Personal y Atención a las personas en situación de dependencia, tiene por objeto regular
las condiciones básicas que garanticen la igualdad en el ejercicio del derecho subjetivo
de ciudadanía a la promoción de la autonomía personal y atención a las personas en
situación de dependencia, en los términos establecidos en las leyes, mediante la
creación de un Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia (SAAD), con la
colaboración y participación de todas las Administraciones Públicas y la garantía por la
Administración General del Estado de un contenido mínimo común de derechos para
todos los ciudadanos en cualquier parte del territorio del Estado español.
El artículo 11 de la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, establece que corresponden a
las Comunidades Autónomas, sin perjuicio de las competencias que les son propias
según la Constitución española, los estatutos de autonomía y la legislación vigente, las
funciones de planificar, ordenar, coordinar y dirigir, en el ámbito de su territorio, los
servicios de promoción de la autonomía personal y de atención a las personas en
situación de dependencia; gestionar, en su ámbito territorial, los servicios y recursos
necesarios para la valoración y atención de la dependencia; y asegurar la elaboración de
los correspondientes Programas Individuales de Atención.
A nivel estatal, en desarrollo de la Ley 39/2006, se han aprobado diversos reales
decretos, entre los que, por lo que en este momento interesa, debe de destacarse el
cve: BOE-A-2024-25869
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EXPOSICIÓN DE MOTIVOS