Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible. III. Otras disposiciones. Comunidad Autónoma de Cataluña. Convenio. (BOE-A-2024-25839)
Resolución de 8 de noviembre de 2024, de la Autoridad Portuaria de Barcelona, por la que se publica el Convenio con el Consorcio del Gran Teatre del Liceu, para la ejecución del proyecto Liceu Mar y la urbanización de los espacios exteriores.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 298
Miércoles 11 de diciembre de 2024
Sec. III. Pág. 168549
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE TRANSPORTES Y MOVILIDAD SOSTENIBLE
25839
Resolución de 8 de noviembre de 2024, de la Autoridad Portuaria de
Barcelona, por la que se publica el Convenio con el Consorcio del Gran
Teatre del Liceu, para la ejecución del proyecto Liceu Mar y la urbanización
de los espacios exteriores.
Tras la tramitación previa correspondiente, con fecha 30 de octubre de 2024 fue
suscrito el convenio entre la Autoridad Portuaria de Barcelona y el Consorcio del Gran
Teatre del Liceu para la ejecución del proyecto Liceu Mar y la urbanización de los
espacios exteriores.
En cumplimiento de lo dispuesto en el apartado 8, párrafo segundo, del artículo 48 de
la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen jurídico del Sector Público, se acuerda la
publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicho convenio, que figura como anexo
a esta resolución.
Barcelona, 8 de noviembre de 2024.–El Presidente de la Autoridad Portuaria de
Barcelona, José Alberto Carbonell Camallonga.
ANEXO
Convenio entre la Autoridad Portuaria de Barcelona y el Consorcio del Gran Teatre
del Liceu para la ejecución del proyecto Liceu Mar y la urbanización de los
espacios exteriores
30 de octubre de 2024.
INTERVIENEN
De una parte, el Sr. Josep Lluis Salvadó i Tenesa, como presidente de la Autoridad
Portuaria de Barcelona, nombrado en virtud del Decreto 354/2022, de 29 de noviembre,
de la Generalitat de Catalunya.
De otra parte, el Sr. Valentí Oviedo Cornejo, como director general del Consorcio del
Gran Teatre del Liceu, nombrado por la Junta de Gobierno en la sesión celebrada en
fecha 22 de marzo de 2018 y de acuerdo con las facultades derivadas de la escritura de
otorgamiento de poder de fecha 19 de abril de 2018.
Las personas intervinientes, que actúan en razón de sus respectivos cargos, se
reconocen, mutua y recíprocamente, la capacidad legal necesaria para la formalización
del presente convenio y al efecto,
Primero.
Que la Autoridad Portuaria de Barcelona (en adelante, APB) es una entidad estatal
de derecho público, con personalidad jurídica y patrimonio propios, así como plena
capacidad de obrar, cuya finalidad es liderar el desarrollo del Port de Barcelona, generar
y gestionar infraestructuras y garantizar la fiabilidad de los servicios para contribuir a la
competitividad de sus clientes y crear valor para la sociedad, a través de la gestión y
control de los servicios portuarios, la ordenación de la zona de servicio del puerto y de
los usos portuarios, en coordinación con las administraciones competentes en materia de
cve: BOE-A-2024-25839
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MANIFIESTAN
Núm. 298
Miércoles 11 de diciembre de 2024
Sec. III. Pág. 168549
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE TRANSPORTES Y MOVILIDAD SOSTENIBLE
25839
Resolución de 8 de noviembre de 2024, de la Autoridad Portuaria de
Barcelona, por la que se publica el Convenio con el Consorcio del Gran
Teatre del Liceu, para la ejecución del proyecto Liceu Mar y la urbanización
de los espacios exteriores.
Tras la tramitación previa correspondiente, con fecha 30 de octubre de 2024 fue
suscrito el convenio entre la Autoridad Portuaria de Barcelona y el Consorcio del Gran
Teatre del Liceu para la ejecución del proyecto Liceu Mar y la urbanización de los
espacios exteriores.
En cumplimiento de lo dispuesto en el apartado 8, párrafo segundo, del artículo 48 de
la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen jurídico del Sector Público, se acuerda la
publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicho convenio, que figura como anexo
a esta resolución.
Barcelona, 8 de noviembre de 2024.–El Presidente de la Autoridad Portuaria de
Barcelona, José Alberto Carbonell Camallonga.
ANEXO
Convenio entre la Autoridad Portuaria de Barcelona y el Consorcio del Gran Teatre
del Liceu para la ejecución del proyecto Liceu Mar y la urbanización de los
espacios exteriores
30 de octubre de 2024.
INTERVIENEN
De una parte, el Sr. Josep Lluis Salvadó i Tenesa, como presidente de la Autoridad
Portuaria de Barcelona, nombrado en virtud del Decreto 354/2022, de 29 de noviembre,
de la Generalitat de Catalunya.
De otra parte, el Sr. Valentí Oviedo Cornejo, como director general del Consorcio del
Gran Teatre del Liceu, nombrado por la Junta de Gobierno en la sesión celebrada en
fecha 22 de marzo de 2018 y de acuerdo con las facultades derivadas de la escritura de
otorgamiento de poder de fecha 19 de abril de 2018.
Las personas intervinientes, que actúan en razón de sus respectivos cargos, se
reconocen, mutua y recíprocamente, la capacidad legal necesaria para la formalización
del presente convenio y al efecto,
Primero.
Que la Autoridad Portuaria de Barcelona (en adelante, APB) es una entidad estatal
de derecho público, con personalidad jurídica y patrimonio propios, así como plena
capacidad de obrar, cuya finalidad es liderar el desarrollo del Port de Barcelona, generar
y gestionar infraestructuras y garantizar la fiabilidad de los servicios para contribuir a la
competitividad de sus clientes y crear valor para la sociedad, a través de la gestión y
control de los servicios portuarios, la ordenación de la zona de servicio del puerto y de
los usos portuarios, en coordinación con las administraciones competentes en materia de
cve: BOE-A-2024-25839
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