Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades. I. Disposiciones generales. Personal investigador predoctoral en formación. Estatuto. (BOE-A-2024-25795)
Real Decreto 1251/2024, de 10 de diciembre, por el que se modifica el Real Decreto 103/2019, de 1 de marzo, por el que se aprueba el Estatuto del personal investigador predoctoral en formación.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 298
Miércoles 11 de diciembre de 2024
Sec. I. Pág. 168435
I. DISPOSICIONES GENERALES
MINISTERIO DE CIENCIA, INNOVACIÓN Y UNIVERSIDADES
Real Decreto 1251/2024, de 10 de diciembre, por el que se modifica el Real
Decreto 103/2019, de 1 de marzo, por el que se aprueba el Estatuto del
personal investigador predoctoral en formación.
La Ley 17/2022, de 5 de septiembre, por la que se modifica la Ley 14/2011, de 1 de
junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación, refuerza el marco regulador del sector
de la ciencia, la tecnología y la innovación, con el fin de mejorar la gobernanza y la
coordinación del sector, lograr una carrera científica atractiva y mejorar la transferencia
de conocimiento en beneficio de la sociedad.
El Estatuto del personal investigador predoctoral en formación, aprobado por el Real
Decreto 103/2019, de 1 de marzo, desarrolla el régimen jurídico de la relación laboral
establecida mediante el contrato predoctoral previsto en el artículo 21 de la Ley 14/2011,
de 1 de junio, cuando se suscribe entre el personal investigador predoctoral en formación
y las entidades públicas recogidas en el artículo 20.2 de dicha ley, o las privadas a que
se refiere la disposición adicional primera de la misma.
El nuevo artículo 21 de la Ley 14/2011, de 1 de junio, resultado de la redacción dada
por la Ley 17/2022, de 5 de septiembre, avanza en el reconocimiento de los derechos
laborales de investigadores e investigadoras al establecer, entre otros mecanismos, tras
la finalización del contrato predoctoral, una indemnización de cuantía equivalente a la
prevista para los contratos de duración determinada en el artículo 49 del texto refundido
de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por Real Decreto
Legislativo 2/2015, de 23 de octubre. Esta indemnización se aplicará tanto los nuevos
contratos que se suscriban a partir de la entrada en vigor de la Ley 17/2022, de 5 de
septiembre, como a los contratos anteriores que estaban en vigor en ese momento.
Asimismo, la Ley 17/2022, de 5 de septiembre, también reconoce un período de
orientación postdoctoral máximo de doce meses, como parte del objeto del contrato
predoctoral, de forma que éste pueda prorrogarse tras la obtención del doctorado para
garantizar la orientación posdoctoral del investigador contratado.
Igualmente, dicha ley también exime de la necesidad de solicitar autorización previa
de las administraciones públicas cuando el contrato esté vinculado en su totalidad a
financiación externa o financiación procedente de convocatorias de ayudas públicas en
concurrencia competitiva, lo que facilitará y agilizará la tramitación de nuevas
contrataciones.
Por otro lado, la Ley 17/2022, de 5 de septiembre, obliga a las administraciones
públicas a establecer mecanismos para eliminar los sesgos de género en los procesos
de selección y evaluación, así como mecanismos que garanticen la igualdad de
oportunidades para las personas que disfruten de permisos o excedencias asociados a
la conciliación o cuidado de menores, familiares o personas dependientes, por gestación,
embarazo, riesgo durante la gestación, el embarazo y la lactancia, nacimiento,
maternidad, paternidad, adopción por guarda con fines de adopción o acogimiento
familiar, o lactancia acumulada a jornadas completas, o por situaciones análogas
relacionadas con las anteriores o de incapacidad temporal, o por decisión de la
trabajadora que se vea obligada a abandonar su puesto de trabajo como consecuencia
de ser víctima de violencia de género, de forma que no resulten penalizados por el
tiempo transcurrido en dichas situaciones; y que interrumpirán o prorrogarán el cómputo
de la duración del contrato predoctoral.
Por último, artículo 27 del Real Decreto-ley 1/2023, de 10 de enero, de medidas
urgentes en materia de incentivos a la contratación laboral y mejora de la protección
social de las personas artistas, determina que la contratación de personal investigador
cve: BOE-A-2024-25795
Verificable en https://www.boe.es
25795
Núm. 298
Miércoles 11 de diciembre de 2024
Sec. I. Pág. 168435
I. DISPOSICIONES GENERALES
MINISTERIO DE CIENCIA, INNOVACIÓN Y UNIVERSIDADES
Real Decreto 1251/2024, de 10 de diciembre, por el que se modifica el Real
Decreto 103/2019, de 1 de marzo, por el que se aprueba el Estatuto del
personal investigador predoctoral en formación.
La Ley 17/2022, de 5 de septiembre, por la que se modifica la Ley 14/2011, de 1 de
junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación, refuerza el marco regulador del sector
de la ciencia, la tecnología y la innovación, con el fin de mejorar la gobernanza y la
coordinación del sector, lograr una carrera científica atractiva y mejorar la transferencia
de conocimiento en beneficio de la sociedad.
El Estatuto del personal investigador predoctoral en formación, aprobado por el Real
Decreto 103/2019, de 1 de marzo, desarrolla el régimen jurídico de la relación laboral
establecida mediante el contrato predoctoral previsto en el artículo 21 de la Ley 14/2011,
de 1 de junio, cuando se suscribe entre el personal investigador predoctoral en formación
y las entidades públicas recogidas en el artículo 20.2 de dicha ley, o las privadas a que
se refiere la disposición adicional primera de la misma.
El nuevo artículo 21 de la Ley 14/2011, de 1 de junio, resultado de la redacción dada
por la Ley 17/2022, de 5 de septiembre, avanza en el reconocimiento de los derechos
laborales de investigadores e investigadoras al establecer, entre otros mecanismos, tras
la finalización del contrato predoctoral, una indemnización de cuantía equivalente a la
prevista para los contratos de duración determinada en el artículo 49 del texto refundido
de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por Real Decreto
Legislativo 2/2015, de 23 de octubre. Esta indemnización se aplicará tanto los nuevos
contratos que se suscriban a partir de la entrada en vigor de la Ley 17/2022, de 5 de
septiembre, como a los contratos anteriores que estaban en vigor en ese momento.
Asimismo, la Ley 17/2022, de 5 de septiembre, también reconoce un período de
orientación postdoctoral máximo de doce meses, como parte del objeto del contrato
predoctoral, de forma que éste pueda prorrogarse tras la obtención del doctorado para
garantizar la orientación posdoctoral del investigador contratado.
Igualmente, dicha ley también exime de la necesidad de solicitar autorización previa
de las administraciones públicas cuando el contrato esté vinculado en su totalidad a
financiación externa o financiación procedente de convocatorias de ayudas públicas en
concurrencia competitiva, lo que facilitará y agilizará la tramitación de nuevas
contrataciones.
Por otro lado, la Ley 17/2022, de 5 de septiembre, obliga a las administraciones
públicas a establecer mecanismos para eliminar los sesgos de género en los procesos
de selección y evaluación, así como mecanismos que garanticen la igualdad de
oportunidades para las personas que disfruten de permisos o excedencias asociados a
la conciliación o cuidado de menores, familiares o personas dependientes, por gestación,
embarazo, riesgo durante la gestación, el embarazo y la lactancia, nacimiento,
maternidad, paternidad, adopción por guarda con fines de adopción o acogimiento
familiar, o lactancia acumulada a jornadas completas, o por situaciones análogas
relacionadas con las anteriores o de incapacidad temporal, o por decisión de la
trabajadora que se vea obligada a abandonar su puesto de trabajo como consecuencia
de ser víctima de violencia de género, de forma que no resulten penalizados por el
tiempo transcurrido en dichas situaciones; y que interrumpirán o prorrogarán el cómputo
de la duración del contrato predoctoral.
Por último, artículo 27 del Real Decreto-ley 1/2023, de 10 de enero, de medidas
urgentes en materia de incentivos a la contratación laboral y mejora de la protección
social de las personas artistas, determina que la contratación de personal investigador
cve: BOE-A-2024-25795
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