Ministerio de La Presidencia, Justicia y Relaciones Con Las Cortes. I. Disposiciones generales. Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo. Estatuto. (BOE-A-2024-25789)
Real Decreto 1246/2024, de 10 de diciembre, por el que se aprueba el Estatuto de la Agencia Estatal «Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo».
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 11 de diciembre de 2024

Sec. I. Pág. 168322

preciso igualmente acometer una reforma en profundidad de la cooperación financiera
gestionada por la AECID para reducir los obstáculos administrativos y ampliar la gama
de proyectos, integrando mejor el futuro instrumento del Fondo Español para el
Desarrollo Sostenible (FEDES) en el trabajo de la Agencia como una modalidad de
trabajo más y contribuyendo al apalancamiento de recursos adicionales. El trabajo en
alianza ha tenido un alcance notable, pero existe amplio margen de mejora, pese a la
cantidad de acuerdos firmados con múltiples actores, debido sobre todo a la ausencia de
mecanismos de trabajo adaptados a los distintos tipos de actores, especialmente más
allá de la sociedad civil. Los mayores obstáculos para la efectividad del trabajo de la
AECID se derivan, no obstante, de su marco organizativo, donde la ausencia de
movilidad entre sede y terreno y las dificultades para atraer, retener y promocionar el
talento deben ser resueltas como parte de la reforma en curso. Este análisis obliga a, en
primer lugar, revisar y actualizar el modelo de cooperación actual de la AECID para, a
partir de sus numerosas fortalezas, responder a los nuevos mandatos y funciones
atribuidas en la nueva Ley 1/2023, de 20 de febrero, así como a los desafíos del nuevo
entorno internacional y los cambios en los modos de hacer cooperación para el
desarrollo. En segundo lugar, y a partir de su naturaleza jurídica como Agencia Estatal, la
AECID deberá llevar a cabo una intensa reforma de su estructura, mediante un marco
normativo adecuado para la movilización de recursos y para el establecimiento de
alianzas, renovando procedimientos y transformando la cultura organizativa, con el fin de
ser una institución más innovadora, ágil y eficiente y aumentar así su contribución al
desarrollo de los países socios.
En el marco de esta reforma, la Agencia quiere ser percibida como una organización
fiable y cercana a las personas y así se refleja en su visión institucional: la AECID aspira
a ser un actor con influencia global, que construye junto con sus socios un mundo más
justo, sostenible y próspero, capaz de responder a sus desafíos, apostando por la
excelencia y la innovación, maximizando el impacto de sus acciones y rindiendo cuentas
de su actuación a la ciudadanía española y la de sus países socios. Esta apuesta que
hace la Agencia por la excelencia y la innovación, orientadas a mejorar su actuación y
maximizar su impacto, implica, por un lado, asegurar la calidad de sus actuaciones y un
aprendizaje orientado a mejorar la toma de decisiones y, por otro, impulsar la innovación
estableciendo o guiando la investigación para el desarrollo hacia la búsqueda de
soluciones a retos estratégicos de desarrollo. El aprendizaje institucional debe ser un
proceso continuo que permita a la AECID trabajar más ágilmente, de forma
especializada e innovadora, de tal forma que pueda diferenciarse de otras agencias tanto
en «lo que hace» como en «cómo lo hace». En este sentido, la gestión del conocimiento
es un potente instrumento para lograr una mayor eficacia y eficiencia, pero también uno
de los principales desafíos de la organización.
Por último, la AECID debe responder a la urgencia y necesidad de desarrollar una
transformación digital acorde a la realidad del siglo XXI y de los contextos en los que
trabaja. En particular, si se quiere apoyar a los países en desarrollo en sus procesos de
mejora y modernización de la gestión pública o en su transición hacia economías que
hagan uso de las ventajas de la innovación y del cambio tecnológico hacia la
digitalización, tal y como menciona la Ley 1/2023, de 20 de febrero, la Agencia debe ser
un modelo de gestión en esos ámbitos.
Todo ello implica un profundo cambio cultural que permita a la organización asumir el
imperativo e inevitable futuro más inmediato: estar en constante cambio y
transformación, adoptando y creando nuevos procedimientos que aborden las
problemáticas existentes, generando información horizontal y compartida que alimente
una visión común y de la que se obtenga retroalimentación para el aprendizaje. Ello
generará una organización en evolución continua, capaz de adaptarse y dar respuesta a
los nuevos desafíos y futuros planteamientos de la cooperación, más allá incluso del
horizonte perfilado por la Agenda 2030.
El Estatuto que se aprueba mediante este real decreto apuesta por un nuevo modelo
organizativo, de recursos humanos y de gestión en línea con la normativa de las

cve: BOE-A-2024-25789
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Núm. 298