Ministerio de La Presidencia, Justicia y Relaciones Con Las Cortes. I. Disposiciones generales. Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo. Estatuto. (BOE-A-2024-25789)
Real Decreto 1246/2024, de 10 de diciembre, por el que se aprueba el Estatuto de la Agencia Estatal «Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo».
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 11 de diciembre de 2024
Sec. I. Pág. 168320
desarrollo en el plazo previsto por la Agenda 2030, y han adoptado el Consenso Europeo
sobre Desarrollo (en lo sucesivo, CED) de 7 de junio de 2017, como estrategia común
con enfoque de derechos humanos.
En España, la cooperación para el desarrollo sostenible es una política pública asentada
y un elemento integral, central y definitorio de la Acción Exterior del Estado y de la política
exterior española, que se desarrolla conforme a los principios rectores definidos en la
Ley 2/2014, de 25 de marzo, de la Acción y del Servicio Exterior del Estado. Cuenta con sus
propios objetivos, alineados con la política de cooperación para el desarrollo de la Unión
Europea, iberoamericana y de los principales organismos multilaterales, a cuyo diseño e
implementación España también contribuye activamente, como expresión de los valores,
identidad y responsabilidad de nuestro país en el plano internacional.
Sin embargo, el contexto actual obliga a la cooperación española a dotarse de nuevas
herramientas y capacidades para abordar un sistema internacional más complejo, con más
actores y con un conjunto de instrumentos más amplio y sofisticado. Para ello, nuestra
cooperación debe ser capaz de generar y compartir el talento, el conocimiento, la
excelencia y la riqueza de nuestra sociedad civil, nuestras Administraciones Públicas y otros
actores, como el mundo académico o el sector privado.
En este marco, la nueva Ley 1/2023, de 20 de febrero, de Cooperación para el
Desarrollo Sostenible y la Solidaridad Global, ha venido a actualizar y modernizar la
política española de cooperación para el desarrollo sostenible en línea con el marco de
la Agenda 2030, la política exterior feminista y más allá. Esta ley impulsa un nuevo
paradigma de la cooperación a partir de una visión transformadora. Asumiendo el marco
multilateral y europeo, la ley promueve una mayor integración en la política y en el
sistema de cooperación de la Unión Europea y una gestión eficaz e integral de la Ayuda
Oficial al Desarrollo (en adelante, AOD), estableciendo una estructura más robusta y una
actuación más coordinada, estratégica y eficaz de todos los actores de la cooperación.
Para ello, la Ley 1/2023, de 20 de febrero, plantea una reforma profunda y amplia de la
cooperación española para el desarrollo sostenible que se inspira en los valores de
solidaridad de la sociedad española; de responsabilidad de España en tanto que actor en
el ámbito internacional y de cooperación ante los grandes desafíos que afronta el mundo.
Esta reforma contempla, de manera especial, a la Agencia Estatal «Agencia Española
de Cooperación Internacional para el Desarrollo» como piedra angular del sistema, y
establece que ésta deberá contar con un nuevo Estatuto para reforzar sus capacidades de
coordinación, análisis, interlocución, programación, diseño y diálogo de políticas y respuesta
humanitaria. Además, sienta las bases de la misión de la AECID, al definirla como
responsable del «fomento, programación, coordinación operativa, gestión y ejecución de las
políticas públicas» de la Cooperación Española sin perjuicio de las competencias de la
cooperación descentralizada, de otros departamentos ministeriales y otros organismos
especializados de acuerdo con la propia Ley 1/2023, de 20 de febrero. La ley define a la
AECID como agencia de cooperación para el desarrollo sostenible, como agencia
humanitaria y como actor en el ámbito de la educación para el desarrollo sostenible y la
ciudadanía global, identificando así los tres ámbitos de política pública incluidos en la misión
y mandato de la Agencia. La Ley incide asimismo en el papel de la AECID como
coordinador operativo del sistema, apoyo al resto de actores del sistema y generador de
alianzas con otros actores nacionales e internacionales, tales como Organizaciones No
Gubernamentales de Desarrollo (en adelante, ONGD), cooperación descentralizada,
universidades, centros de investigación y sector privado. Asimismo, prevé la aprobación de
un Estatuto que desarrolle un nuevo organigrama funcional que le permita a la Agencia una
mejor integración de estas funciones, bajo un modelo de gestión orientado a la gestión por
objetivos y resultados y caracterizado por la autonomía y la flexibilidad presupuestaria que
otorga la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, a las
agencias estatales para una mayor agilidad y efectividad.
Esta reforma de la arquitectura institucional de la AECID pasa por la refundación y el
refuerzo de ésta como la entidad de referencia de la Cooperación Española y por la
articulación de un nuevo marco operativo que simplifique y armonice sus estructuras y
cve: BOE-A-2024-25789
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 298
Miércoles 11 de diciembre de 2024
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desarrollo en el plazo previsto por la Agenda 2030, y han adoptado el Consenso Europeo
sobre Desarrollo (en lo sucesivo, CED) de 7 de junio de 2017, como estrategia común
con enfoque de derechos humanos.
En España, la cooperación para el desarrollo sostenible es una política pública asentada
y un elemento integral, central y definitorio de la Acción Exterior del Estado y de la política
exterior española, que se desarrolla conforme a los principios rectores definidos en la
Ley 2/2014, de 25 de marzo, de la Acción y del Servicio Exterior del Estado. Cuenta con sus
propios objetivos, alineados con la política de cooperación para el desarrollo de la Unión
Europea, iberoamericana y de los principales organismos multilaterales, a cuyo diseño e
implementación España también contribuye activamente, como expresión de los valores,
identidad y responsabilidad de nuestro país en el plano internacional.
Sin embargo, el contexto actual obliga a la cooperación española a dotarse de nuevas
herramientas y capacidades para abordar un sistema internacional más complejo, con más
actores y con un conjunto de instrumentos más amplio y sofisticado. Para ello, nuestra
cooperación debe ser capaz de generar y compartir el talento, el conocimiento, la
excelencia y la riqueza de nuestra sociedad civil, nuestras Administraciones Públicas y otros
actores, como el mundo académico o el sector privado.
En este marco, la nueva Ley 1/2023, de 20 de febrero, de Cooperación para el
Desarrollo Sostenible y la Solidaridad Global, ha venido a actualizar y modernizar la
política española de cooperación para el desarrollo sostenible en línea con el marco de
la Agenda 2030, la política exterior feminista y más allá. Esta ley impulsa un nuevo
paradigma de la cooperación a partir de una visión transformadora. Asumiendo el marco
multilateral y europeo, la ley promueve una mayor integración en la política y en el
sistema de cooperación de la Unión Europea y una gestión eficaz e integral de la Ayuda
Oficial al Desarrollo (en adelante, AOD), estableciendo una estructura más robusta y una
actuación más coordinada, estratégica y eficaz de todos los actores de la cooperación.
Para ello, la Ley 1/2023, de 20 de febrero, plantea una reforma profunda y amplia de la
cooperación española para el desarrollo sostenible que se inspira en los valores de
solidaridad de la sociedad española; de responsabilidad de España en tanto que actor en
el ámbito internacional y de cooperación ante los grandes desafíos que afronta el mundo.
Esta reforma contempla, de manera especial, a la Agencia Estatal «Agencia Española
de Cooperación Internacional para el Desarrollo» como piedra angular del sistema, y
establece que ésta deberá contar con un nuevo Estatuto para reforzar sus capacidades de
coordinación, análisis, interlocución, programación, diseño y diálogo de políticas y respuesta
humanitaria. Además, sienta las bases de la misión de la AECID, al definirla como
responsable del «fomento, programación, coordinación operativa, gestión y ejecución de las
políticas públicas» de la Cooperación Española sin perjuicio de las competencias de la
cooperación descentralizada, de otros departamentos ministeriales y otros organismos
especializados de acuerdo con la propia Ley 1/2023, de 20 de febrero. La ley define a la
AECID como agencia de cooperación para el desarrollo sostenible, como agencia
humanitaria y como actor en el ámbito de la educación para el desarrollo sostenible y la
ciudadanía global, identificando así los tres ámbitos de política pública incluidos en la misión
y mandato de la Agencia. La Ley incide asimismo en el papel de la AECID como
coordinador operativo del sistema, apoyo al resto de actores del sistema y generador de
alianzas con otros actores nacionales e internacionales, tales como Organizaciones No
Gubernamentales de Desarrollo (en adelante, ONGD), cooperación descentralizada,
universidades, centros de investigación y sector privado. Asimismo, prevé la aprobación de
un Estatuto que desarrolle un nuevo organigrama funcional que le permita a la Agencia una
mejor integración de estas funciones, bajo un modelo de gestión orientado a la gestión por
objetivos y resultados y caracterizado por la autonomía y la flexibilidad presupuestaria que
otorga la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, a las
agencias estatales para una mayor agilidad y efectividad.
Esta reforma de la arquitectura institucional de la AECID pasa por la refundación y el
refuerzo de ésta como la entidad de referencia de la Cooperación Española y por la
articulación de un nuevo marco operativo que simplifique y armonice sus estructuras y
cve: BOE-A-2024-25789
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 298