Ministerio de La Presidencia, Justicia y Relaciones Con Las Cortes. I. Disposiciones generales. Organización. (BOE-A-2024-25788)
Real Decreto 1138/2024, de 11 de noviembre, por el que se regula el Foro Nacional de Empresas Emergentes.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 298

Miércoles 11 de diciembre de 2024

Sec. I. Pág. 168310

I. DISPOSICIONES GENERALES

MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA
Y RELACIONES CON LAS CORTES
25788

Real Decreto 1138/2024, de 11 de noviembre, por el que se regula el Foro
Nacional de Empresas Emergentes.

La rápida transformación experimentada por la economía en los últimos años está
propiciando la aparición de nuevas empresas que hacen de la innovación y del medio
digital las bases para la creación de productos y servicios de alto valor añadido.
Apoyar e impulsar a este tipo de empresas resulta fundamental para mejorar la
competitividad del país en un mundo en el que la apuesta por la tecnología, la
digitalización, la transición ecológica y la innovación es ya una obligación.
Bajo este contexto, una adecuada cooperación público-privada entre los distintos
actores representativos del ecosistema innovador español, canalizada a través de un
espacio de diálogo, resulta esencial para coordinar las políticas públicas y maximizar su
eficacia y eficiencia, a través del análisis de los objetivos establecidos y las medidas
puestas en marcha, así como la detección de necesidades a la vista de estos resultados.
La Ley 28/2022, de 21 de diciembre, de fomento del ecosistema de las empresas
emergentes, busca dar respuesta a los principales retos a los que se enfrentan este tipo de
empresas, entre los que se encuentran el alto riesgo que deben asumir por su inherente
carácter innovador, la dificultad de acceso a la financiación en las distintas fases de vida de la
empresa o la necesidad de disponer de trabajadores altamente cualificados.
Asimismo, el Consejo de Ministros, en su reunión del día 31 de enero de 2023,
aprueba el Plan Anual Normativo para 2023, donde se anuncia la creación del Foro
Nacional de las Empresas Emergentes.
En relación con el contenido del real decreto, el artículo 25.1 de la citada Ley 28/2022,
de 21 de diciembre, establece que el Gobierno crea el Foro Nacional de Empresas
Emergentes como órgano colegiado interministerial consultivo y de colaboración entre las
Administraciones Públicas, universidades, organismos públicos de investigación y centros
tecnológicos, asociaciones empresariales de base asociativa más representativas de ámbito
estatal y autonómico, asociaciones o corporaciones de profesionales intermediarios, las
empresas emergentes y aquellas otras que colaboran con ellas.
En concreto, el real decreto regula la naturaleza jurídica del Foro Nacional de
Empresas Emergentes y su dependencia orgánica, quedando adscrito al Ministerio para
la Transformación Digital y de la Función Pública a través de la Secretaría de Estado de
Digitalización e Inteligencia Artificial. Además, dada su naturaleza de órgano colegiado,
el Foro se ajustará a lo dispuesto en el título preliminar capítulo II, sección 3.ª de la
Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Por otra parte, en el marco de lo establecido en la ley, el real decreto desarrolla las
funciones atribuidas a este órgano y establece su composición, integrada por
presidencia, vicepresidencia y vocalías, y régimen de funcionamiento. En este sentido, el
Foro Nacional de Empresas Emergentes se estructura en Pleno, de carácter
institucional, Comisión Permanente, como órgano ejecutivo, y grupos de trabajo, que
permitan abordar cuestiones específicas que se planteen. De esta manera, el Foro
Nacional de Empresas Emergentes refuerza los mecanismos de participación entre
todas las partes relevantes, promoviendo que las políticas públicas y su ejecución
respondan a necesidades reales de las empresas emergentes, en coordinación con otros
órganos existentes como el Consejo Estatal de la pequeña y la mediana empresa.

cve: BOE-A-2024-25788
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