Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades. III. Otras disposiciones. Comunidad Autónoma de las Illes Balears. Convenio. (BOE-A-2024-25780)
Resolución de 5 de diciembre de 2024, de la Secretaría de Estado de Ciencia, Innovación y Universidades, por la que se publica el Convenio con la Comunidad Autónoma de las Illes Balears y la Universitat de les Illes Balears, para la implementación del Programa de Incorporación de Talento Docente e Investigador a las Universidades Públicas Españolas, en ejecución de lo dispuesto en la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 297
Martes 10 de diciembre de 2024
Segunda.
1.
Sec. III. Pág. 168277
Objeto del convenio.
Constituye el objeto del presente convenio.
a. Implementar de forma equilibrada el Programa de Incorporación de Talento
Docente e Investigador en las Universidades Públicas Españolas en Illes Balears,
mediante el cual se cubrirán las necesidades de nuevo profesorado derivadas de la
implementación de las dedicaciones docentes en determinadas categorías del personal
docente e investigador que establece el capítulo IV de la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de
marzo, del Sistema Universitario, en su ámbito la Universidad de les Illes Balears como
universidad pública presente y con sede en el territorio de la Comunidad de les Illes
Balears.
b. Cubrir específicamente las necesidades docentes derivadas de los cambios de
dedicación del Profesorado/a Asociado/a y del Profesorado Ayudante Doctor.
c. Incorporar y provisionar nuevas plazas de profesorado en el marco de este
Programa mediante la figura del Profesor/a Ayudante Doctor, según lo descrito en el
anexo del presente convenio. Dicho anexo incorpora la información sobre plazas que a
nivel de CCAA se incluye en el Acuerdo del Pleno de la Conferencia General de Política
Universitaria aprobado el 19 de junio de 2024, tanto en el articulado del mismo como en
el anexo.
d. Reducir las tasas de temporalidad de la plantilla de profesorado de la
Universidad de les Illes Balears, para que en el curso 2027-2028 se cumpla con los
valores al respecto establecidos en la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo.
Tercera.
Financiación.
El Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades, a través de la Secretaría
General de Universidades asume, con cargo a este convenio, un gasto máximo de
trescientos veintisiete mil seiscientos cincuenta y dos euros, (327.652,00 euros) con
cargo a la aplicación presupuestaria 28.09.322C.450 de los Presupuestos Generales del
Estado de 2023 prorrogados para 2024.
Los créditos se librarán y harán efectivos por cuartas partes en la segunda quincena
natural de cada trimestre, a excepción del pago correspondiente al primer trimestre, que
sólo podrá hacerse efectivo una vez suscrito el presente convenio, de acuerdo con lo
establecido en el artículo 86. Quinta de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General
Presupuestaria.
Cuarta. Obligaciones de las partes.
a. Aportar a la Conselleria de Educación y Universidades del Gobierno de les Illes
Balears, con cargo a su presupuesto de gastos y de acuerdo con las disponibilidades
presupuestarias, una cantidad máxima de 327.652 euros, con objeto de hacer frente al
coste derivado de la creación y provisión de 28 plazas de Profesor/a Ayudante Doctor en
la Universidad de les Illes Balears, para el período comprendido entre 1 de septiembre
y 31 de diciembre de 2024, habida cuenta del momento del año en que se firma este
convenio y la temporalidad necesaria para la ejecución de los concursos de provisión de
estas plazas por parte de cada universidad.
A partir del año 2025 hasta la finalización del Programa, el MICIU se compromete a
aportar anualmente la cantidad que en su caso se consignara en los Presupuestos
Generales del Estado o mediante conferencia sectorial para atender la financiación del
coste derivado de esa creación y provisión de las 28 plazas de Profesor/a Ayudante
Doctor en la Universidad de les Illes Balears, teniendo presente siempre como referencia
el coste unitario utilizado para la elaboración del acuerdo del 19 de junio de 2024 de la
Conferencia General de Política Universitaria. Cada año el Ministerio de Ciencia,
cve: BOE-A-2024-25780
Verificable en https://www.boe.es
1. Corresponde al Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades (en adelante
MCIU), en el ámbito del presente convenio:
Núm. 297
Martes 10 de diciembre de 2024
Segunda.
1.
Sec. III. Pág. 168277
Objeto del convenio.
Constituye el objeto del presente convenio.
a. Implementar de forma equilibrada el Programa de Incorporación de Talento
Docente e Investigador en las Universidades Públicas Españolas en Illes Balears,
mediante el cual se cubrirán las necesidades de nuevo profesorado derivadas de la
implementación de las dedicaciones docentes en determinadas categorías del personal
docente e investigador que establece el capítulo IV de la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de
marzo, del Sistema Universitario, en su ámbito la Universidad de les Illes Balears como
universidad pública presente y con sede en el territorio de la Comunidad de les Illes
Balears.
b. Cubrir específicamente las necesidades docentes derivadas de los cambios de
dedicación del Profesorado/a Asociado/a y del Profesorado Ayudante Doctor.
c. Incorporar y provisionar nuevas plazas de profesorado en el marco de este
Programa mediante la figura del Profesor/a Ayudante Doctor, según lo descrito en el
anexo del presente convenio. Dicho anexo incorpora la información sobre plazas que a
nivel de CCAA se incluye en el Acuerdo del Pleno de la Conferencia General de Política
Universitaria aprobado el 19 de junio de 2024, tanto en el articulado del mismo como en
el anexo.
d. Reducir las tasas de temporalidad de la plantilla de profesorado de la
Universidad de les Illes Balears, para que en el curso 2027-2028 se cumpla con los
valores al respecto establecidos en la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo.
Tercera.
Financiación.
El Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades, a través de la Secretaría
General de Universidades asume, con cargo a este convenio, un gasto máximo de
trescientos veintisiete mil seiscientos cincuenta y dos euros, (327.652,00 euros) con
cargo a la aplicación presupuestaria 28.09.322C.450 de los Presupuestos Generales del
Estado de 2023 prorrogados para 2024.
Los créditos se librarán y harán efectivos por cuartas partes en la segunda quincena
natural de cada trimestre, a excepción del pago correspondiente al primer trimestre, que
sólo podrá hacerse efectivo una vez suscrito el presente convenio, de acuerdo con lo
establecido en el artículo 86. Quinta de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General
Presupuestaria.
Cuarta. Obligaciones de las partes.
a. Aportar a la Conselleria de Educación y Universidades del Gobierno de les Illes
Balears, con cargo a su presupuesto de gastos y de acuerdo con las disponibilidades
presupuestarias, una cantidad máxima de 327.652 euros, con objeto de hacer frente al
coste derivado de la creación y provisión de 28 plazas de Profesor/a Ayudante Doctor en
la Universidad de les Illes Balears, para el período comprendido entre 1 de septiembre
y 31 de diciembre de 2024, habida cuenta del momento del año en que se firma este
convenio y la temporalidad necesaria para la ejecución de los concursos de provisión de
estas plazas por parte de cada universidad.
A partir del año 2025 hasta la finalización del Programa, el MICIU se compromete a
aportar anualmente la cantidad que en su caso se consignara en los Presupuestos
Generales del Estado o mediante conferencia sectorial para atender la financiación del
coste derivado de esa creación y provisión de las 28 plazas de Profesor/a Ayudante
Doctor en la Universidad de les Illes Balears, teniendo presente siempre como referencia
el coste unitario utilizado para la elaboración del acuerdo del 19 de junio de 2024 de la
Conferencia General de Política Universitaria. Cada año el Ministerio de Ciencia,
cve: BOE-A-2024-25780
Verificable en https://www.boe.es
1. Corresponde al Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades (en adelante
MCIU), en el ámbito del presente convenio: