Universidades. II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. Personal de administración y servicios. (BOE-A-2024-25754)
Resolución de 29 de noviembre de 2024, de la Universidad de Valladolid, por la que se convoca proceso selectivo para el ingreso, por el sistema general de acceso libre, en la Escala Administrativa.
19 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Martes 10 de diciembre de 2024
Sec. II.B. Pág. 168100
3.5 El Tribunal, a la vista de los dictamenes técnicos facultativos que avalen la
necesidad de las correspondientes adaptaciones y ajustes de tiempo y medios de los
aspirantes con discapacidad que así lo hayan solicitado, y conforme con lo dispuesto en
el DDISCYL, resolverá lo que en cada caso proceda, notificando personalmente a los
interesados su decisión con antelación suficiente a la fecha de realización de la prueba.
Estas adaptaciones y ajustes de tiempo y medios, debidamente anonimizadas, serán
objeto de publicidad en los lugares establecidos en la base 4.5.
3.6 Los errores de hecho que pudieran advertirse podrán subsanarse en cualquier
momento, de oficio o a petición del/de la interesado/a.
3.7 Las personas aspirantes quedan vinculadas a los datos que hayan hecho
constar en sus solicitudes, pudiendo únicamente demandar su modificación mediante
escrito motivado, dentro del plazo establecido en la base 3.1 para la presentación de
solicitudes. Transcurrido dicho plazo, no se admitirá ninguna petición de esta naturaleza.
3.8 El pago se realizará exclusivamente de forma electrónica, a través de la Sede
Electrónica de la Universidad de Valladolid, según el procedimiento establecido en la
base 3.3. De conformidad con lo establecido en el Presupuesto de la Universidad de
Valladolid aprobado por Resolución del Rectorado de 18 de marzo de 2024, por la que se
acuerda la publicación de su Presupuesto para el ejercicio económico 2024 (BOCYL
de 22 de marzo), los derechos de examen serán de 20 euros.
En ningún caso el abono de los derechos de examen supondrá sustitución del trámite
de presentación, en tiempo y forma, de la solicitud según lo expresado en la presente
base. La omisión del pago de los derechos de examen dentro del plazo de presentación
de solicitudes determinará la exclusión de la persona aspirante. No obstante, podrá
subsanarse el pago incompleto de dicha tasa o la falta de acreditación de su exención
total o parcial.
No procederá la devolución de los derechos de examen en el supuesto de
inasistencia a los ejercicios.
De conformidad con lo establecido en el artículo 14 de la Ley 12/2001, de 20 de
diciembre, de Tasas y Precios Públicos de la Comunidad de Castilla y León, no
procederá devolución alguna de la Tasa por derechos de examen en los supuestos de
exclusión definitiva de las pruebas selectivas por causa imputable al/a la interesado/a.
Las personas aspirantes, en los términos establecidos en el apartado 2 del artículo 4
del texto refundido de la LGPDIS, con discapacidad igual o superior al 33 por ciento,
estarán exentas de dicho pago.
Las víctimas del terrorismo, que tengan reconocida tal condición de conformidad con
lo establecido en la Ley 4/2017, de 26 de septiembre, de Reconocimiento y Atención a
las Víctimas del Terrorismo en Castilla y León, estarán exentas de dicho pago. La
condición de víctima del terrorismo se alegará en el campo «recuadro B».
Las familias numerosas en los términos del artículo 12.1.c) de la Ley 40/2003, de 18
de noviembre de protección de la Familia Numerosa, tendrán derecho a una exención
del 100 por 100 de la tasa los miembros de familias de la categoría especial y a una
bonificación del 50 por 100 los que fueran de la categoría general. La condición de
familia numerosa se alegará en el campo «recuadro A» de la solicitud de participación,
indicándose la administración competente responsable de la expedición del título
acreditativo, la categoría de la misma (general o especial) y el número de identificación
del título.
3.9 De la presentación de las solicitudes de participación en el presente proceso de
selección que efectúen las personas aspirantes, se deducirá que éstas reúnen los
requisitos de participación establecidos en la base 2. Al final del proceso, las personas
aspirantes seleccionadas aportarán la documentación acreditativa de estos requisitos, tal
y como se señala en la base 10.
3.10 Aquellas personas aspirantes que deseen pertenecer a la Bolsa de Empleo
para la selección de personal con carácter temporal, a fin de cubrir aquellas ofertas de
trabajo con tareas similares a las propias de la Escala Administrativa de la Universidad
de Valladolid y que, en su caso, puedan ser incluidas en ellas, una vez finalizado el
cve: BOE-A-2024-25754
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 297
Martes 10 de diciembre de 2024
Sec. II.B. Pág. 168100
3.5 El Tribunal, a la vista de los dictamenes técnicos facultativos que avalen la
necesidad de las correspondientes adaptaciones y ajustes de tiempo y medios de los
aspirantes con discapacidad que así lo hayan solicitado, y conforme con lo dispuesto en
el DDISCYL, resolverá lo que en cada caso proceda, notificando personalmente a los
interesados su decisión con antelación suficiente a la fecha de realización de la prueba.
Estas adaptaciones y ajustes de tiempo y medios, debidamente anonimizadas, serán
objeto de publicidad en los lugares establecidos en la base 4.5.
3.6 Los errores de hecho que pudieran advertirse podrán subsanarse en cualquier
momento, de oficio o a petición del/de la interesado/a.
3.7 Las personas aspirantes quedan vinculadas a los datos que hayan hecho
constar en sus solicitudes, pudiendo únicamente demandar su modificación mediante
escrito motivado, dentro del plazo establecido en la base 3.1 para la presentación de
solicitudes. Transcurrido dicho plazo, no se admitirá ninguna petición de esta naturaleza.
3.8 El pago se realizará exclusivamente de forma electrónica, a través de la Sede
Electrónica de la Universidad de Valladolid, según el procedimiento establecido en la
base 3.3. De conformidad con lo establecido en el Presupuesto de la Universidad de
Valladolid aprobado por Resolución del Rectorado de 18 de marzo de 2024, por la que se
acuerda la publicación de su Presupuesto para el ejercicio económico 2024 (BOCYL
de 22 de marzo), los derechos de examen serán de 20 euros.
En ningún caso el abono de los derechos de examen supondrá sustitución del trámite
de presentación, en tiempo y forma, de la solicitud según lo expresado en la presente
base. La omisión del pago de los derechos de examen dentro del plazo de presentación
de solicitudes determinará la exclusión de la persona aspirante. No obstante, podrá
subsanarse el pago incompleto de dicha tasa o la falta de acreditación de su exención
total o parcial.
No procederá la devolución de los derechos de examen en el supuesto de
inasistencia a los ejercicios.
De conformidad con lo establecido en el artículo 14 de la Ley 12/2001, de 20 de
diciembre, de Tasas y Precios Públicos de la Comunidad de Castilla y León, no
procederá devolución alguna de la Tasa por derechos de examen en los supuestos de
exclusión definitiva de las pruebas selectivas por causa imputable al/a la interesado/a.
Las personas aspirantes, en los términos establecidos en el apartado 2 del artículo 4
del texto refundido de la LGPDIS, con discapacidad igual o superior al 33 por ciento,
estarán exentas de dicho pago.
Las víctimas del terrorismo, que tengan reconocida tal condición de conformidad con
lo establecido en la Ley 4/2017, de 26 de septiembre, de Reconocimiento y Atención a
las Víctimas del Terrorismo en Castilla y León, estarán exentas de dicho pago. La
condición de víctima del terrorismo se alegará en el campo «recuadro B».
Las familias numerosas en los términos del artículo 12.1.c) de la Ley 40/2003, de 18
de noviembre de protección de la Familia Numerosa, tendrán derecho a una exención
del 100 por 100 de la tasa los miembros de familias de la categoría especial y a una
bonificación del 50 por 100 los que fueran de la categoría general. La condición de
familia numerosa se alegará en el campo «recuadro A» de la solicitud de participación,
indicándose la administración competente responsable de la expedición del título
acreditativo, la categoría de la misma (general o especial) y el número de identificación
del título.
3.9 De la presentación de las solicitudes de participación en el presente proceso de
selección que efectúen las personas aspirantes, se deducirá que éstas reúnen los
requisitos de participación establecidos en la base 2. Al final del proceso, las personas
aspirantes seleccionadas aportarán la documentación acreditativa de estos requisitos, tal
y como se señala en la base 10.
3.10 Aquellas personas aspirantes que deseen pertenecer a la Bolsa de Empleo
para la selección de personal con carácter temporal, a fin de cubrir aquellas ofertas de
trabajo con tareas similares a las propias de la Escala Administrativa de la Universidad
de Valladolid y que, en su caso, puedan ser incluidas en ellas, una vez finalizado el
cve: BOE-A-2024-25754
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 297