Banco de España. III. Otras disposiciones. Entidades de crédito. (BOE-A-2024-25783)
Resolución de 28 de noviembre de 2024, del Banco de España, por la que se publica la sanción por infracción muy grave a Ruralnostra, S.C.C.V., y sus consejeros.
Página 1 Pág. 1
2 >> Página 2 >>
5 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 297

Martes 10 de diciembre de 2024

Sec. III. Pág. 168287

III. OTRAS DISPOSICIONES

BANCO DE ESPAÑA
25783

Resolución de 28 de noviembre de 2024, del Banco de España, por la que se
publica la sanción por infracción muy grave a Ruralnostra, S.C.C.V., y sus
consejeros.

Con fecha 28 de octubre de 2024, el Consejo de Gobierno del Banco de España
dictó la resolución sancionadora por la que finalizó el expediente de referencia
IE/CO-1/2023, incoado el 5 de diciembre de 2023 frente a Ruralnostra, S.C.C.V., y sus
cargos de administración y dirección.
Por otra parte, el artículo 115.5 de la Ley 10/2014, de 26 de junio, de ordenación,
supervisión y solvencia de entidades de crédito, establece que las sanciones por
infracciones muy graves y graves serán publicadas en el «Boletín Oficial del Estado» una
vez que sean firmes en vía administrativa.
Toda vez que la citada resolución ha adquirido firmeza en vía administrativa,
procede, al amparo de lo establecido en el mencionado artículo 115.5, dar publicidad en
el «Boletín Oficial del Estado» a las siguientes sanciones:
− Respecto a la entidad Ruralnostra, S.C.C.V.:
Una sanción de multa por importe de ciento veinte mil euros (120.000 €), tras la
aplicación de un 40 % de descuento por el acogimiento a las reducciones contempladas
en el artículo 85 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas. Dicha sanción está prevista en el
artículo 97.1.a).2.º de la Ley 10/2014, de 26 de junio, de ordenación, supervisión y
solvencia de entidades de crédito, y ha sido impuesta por la comisión de una infracción
muy grave tipificada en el artículo 92.w), 2.º inciso, de dicha ley. La referida infracción
consiste en haber incurrido la mencionada entidad en incumplimientos especialmente
significativos en materia de: (i) gobierno corporativo (sobre todo, relacionados con el
funcionamiento de la comisión de nombramientos y retribuciones y con el funcionamiento
de la comisión mixta de auditoría y riesgos); (ii) control interno (sobre todo, relacionados
con la independencia y el alcance de las funciones de la auditoría interna); (iii)
remuneraciones (sobre todo, relacionados con los conceptos que deben considerarse
retribución variable y tenerse en cuenta a efectos de la ratio entre retribución fija y
variable); y (iv) conflictos de interés (sobre todo, relacionados con operaciones a favor de
familiares o partes vinculadas a los cargos de administración y dirección de la entidad).

Una sanción de multa por importe de doce mil euros (12.000 €), tras la aplicación de
un 40 % de descuento por el acogimiento a las reducciones contempladas en el
artículo 85 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común
de las Administraciones Públicas. Dicha sanción está prevista en el artículo 100.1.a) de
la Ley 10/2014, de 26 de junio, de ordenación, supervisión y solvencia de entidades de
crédito, y ha sido impuesta por la comisión de una infracción muy grave tipificada en el
artículo 92.w), 2.º inciso, de dicha ley. La referida infracción consiste en haber incurrido la
mencionada entidad en incumplimientos especialmente significativos en materia de: (i)
gobierno corporativo (sobre todo, relacionados con el funcionamiento de la comisión de
nombramientos y retribuciones y con el funcionamiento de la comisión mixta de auditoría
y riesgos); (ii) control interno (sobre todo, relacionados con la independencia y el alcance
de las funciones de la auditoría interna); (iii) remuneraciones (sobre todo, relacionados

cve: BOE-A-2024-25783
Verificable en https://www.boe.es

− Respecto a don Vicente Miguel Seglar Ballester, consejero de Ruralnostra,
S.C.C.V.: