Ministerio Para La Transición Ecológica y El Reto Demográfico. III. Otras disposiciones. Instalaciones eléctricas. (BOE-A-2024-25777)
Resolución de 25 de noviembre de 2024, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se otorga a Red Eléctrica de España, SAU, autorización administrativa previa y autorización administrativa de construcción para la modificación de la línea aérea de transporte de energía eléctrica a 220 kV, simple circuito, «Mediano-Pont de Suert», en el tramo comprendido entre los apoyos Ap.21-Ap.23, en La Fueva (Huesca).
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 297

Martes 10 de diciembre de 2024

Sec. III. Pág. 168260

el promotor, pueda afectar de forma apreciable a los espacios de la Red Natura 2000, y
establece una serie de condicionantes que se deberán cumplir para evitar daños al medio
natural, los cuales han sido expresamente asumidos y aceptados por Red Eléctrica.
La modificación de la línea de transporte de energía eléctrica «Mediano - Pont de
Suert» en el tramo comprendido entre los apoyos Ap. 21-Ap. 23, para resolver las
inestabilidades producidas por deslizamientos del terreno, se articula de conformidad con
lo establecido en la referida Ley 24/2013, de 26 de diciembre, y en el citado Real
Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, requiriendo de las siguientes autorizaciones
administrativas:
– Autorización administrativa previa para la modificación de línea aérea de
transporte de energía eléctrica a 220 kV, simple circuito, denominada «Mediano - Pont de
Suert», en el tramo comprendido entre los apoyos Ap. 21 y Ap. 23.
– Autorización administrativa de construcción para la modificación de línea aérea de
transporte de energía eléctrica a 220 kV, simple circuito, denominada «Mediano - Pont de
Suert», en el tramo comprendido entre los apoyos Ap. 21 y Ap. 23.
De acuerdo con los artículos 128 y 131 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de
diciembre, esta Dirección General de Política Energética y Minas resulta competente
para resolver el procedimiento de autorización administrativa previa y autorización
administrativa de construcción de las actuaciones objeto de esta resolución.
De conformidad con lo previsto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, la propuesta de
resolución de esta Dirección General ha sido sometida a trámite de audiencia de Red
Eléctrica, el cual ha respondido al mismo manifestando su conformidad.
Tomando en consideración los principios de celeridad y economía procesal que debe
regir la actividad de la Administración, resulta procedente resolver por medio de un único
acto la solicitud de Red Eléctrica relativa a la concesión de autorización administrativa
previa y autorización administrativa de construcción.
Las citadas autorizaciones se van a conceder sin perjuicio de las concesiones y
autorizaciones que sean necesarias relativas a la ordenación del territorio y al medio
ambiente, y a cualesquiera otras motivadas por disposiciones que resulten aplicables,
así como sin perjuicio del resto de autorizaciones y permisos que sean necesarios para
la ejecución de la obra.
Por todo ello, y en ejercicio de las competencias legalmente establecidas en el citado
Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre,
Esta Dirección General de Política Energética y Minas resuelve:

Otorgar a Red Eléctrica de España, SAU, autorización administrativa previa para la
modificación de la línea aérea de transporte de energía eléctrica a 220 kV, simple
circuito, Mediano - Pont de Suert, en el tramo comprendido entre los apoyos Ap. 21 Ap. 23, en el término municipal de La Fueva, en la provincia de Huesca.
La modificación tiene por objeto la reubicación del apoyo Ap. 22, afectado por
deslizamiento de tierras, a unos 86,8 m aproximadamente de la actual y, como
consecuencia de esta actuación, la modificación de la traza actual entre los apoyos
Ap. 21 - Ap. 23.
Las características principales de la línea objeto de la presente actuación son:





Tensión nominal: 200 kV.
Tensión más elevada para el material (Um): 245 kV.
Temperatura máxima de servicio del conductor: 50 ºC.
Capacidad térmica de transporte por circuito según Real Decreto 1047/2013:

● Primavera: 250 MVA.
● Verano: 210 MVA.

cve: BOE-A-2024-25777
Verificable en https://www.boe.es

Primero.