Ministerio Para La Transición Ecológica y El Reto Demográfico. III. Otras disposiciones. Instalaciones eléctricas. (BOE-A-2024-25772)
Resolución de 20 de noviembre de 2024, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se otorga a Red Eléctrica de España, SAU, autorización administrativa previa y autorización administrativa de construcción para la ampliación, con una nueva posición, de la subestación Palos 400 kV, situada en Palos de la Frontera (Huelva).
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 297
Martes 10 de diciembre de 2024
Sec. III. Pág. 168236
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA
Y EL RETO DEMOGRÁFICO
Resolución de 20 de noviembre de 2024, de la Dirección General de Política
Energética y Minas, por la que se otorga a Red Eléctrica de España, SAU,
autorización administrativa previa y autorización administrativa de
construcción para la ampliación, con una nueva posición, de la subestación
Palos 400 kV, situada en Palos de la Frontera (Huelva).
Red Eléctrica de España, SAU, en adelante Red Eléctrica, solicitó mediante escrito
recibido a 19 de abril de 2024, autorización administrativa previa y autorización
administrativa de construcción de la ampliación de la subestación Palos, en el parque
de 400 kV, con una nueva posición de salida, en el término municipal de Palos de la
Frontera, provincia de Huelva.
La ampliación de la subestación consiste en la instalación de una nueva posición de
interruptor que permita facilitar el acceso a un agente para la evacuación de régimen
especial (EVRE) permitiéndose así la conexión a la red de instalaciones de generación
mediante fuentes de energía renovable.
Red Eléctrica suscribió declaración responsable que acredita el cumplimiento de la
normativa que le es de aplicación, según se establece en el artículo 53.1 de la
Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico.
El expediente fue incoado en el Área Funcional de Industria y Energía de la
Subdelegación del Gobierno en Huelva y se tramitó de conformidad con lo previsto en el
Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de
transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de
instalaciones de energía eléctrica, y con las disposiciones adicionales duodécima,
segunda y tercera de la Ley 13/2003, de 23 de mayo, reguladora del contrato de
concesión de obras públicas, habiéndose solicitado los correspondientes informes a las
distintas administraciones, organismos y empresas de servicio público o de servicios de
interés general en la parte que la instalación pueda afectar a bienes y derechos a su
cargo.
Se han recibido contestaciones de las que no se desprende oposición de la
Delegación Territorial de Economía, Hacienda, Fondos Europeos y de Industria, Energía
y Minas en Huelva de la Junta de Andalucía y la Delegación Territorial de Turismo,
Cultura y Deporte en Huelva de la Junta de Andalucía. Se ha dado traslado al promotor
de dichas contestaciones, el cual expresa su conformidad con las mismas.
Se ha recibido contestación del Servicio de Urbanismo de la Delegación Territorial de
Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda en Huelva, de la que no se desprende
oposición y en la que se establecen condicionados a la actuación a llevar a cabo por Red
Eléctrica. Se ha dado traslado al promotor de dicha contestación, quien manifiesta su
conformidad e indica para la instalación es de aplicación lo establecido en las
disposiciones adicionales duodécima, segunda y tercera de la Ley 13/2003, de 23 de
mayo, reguladora del contrato de concesión de obras públicas, no estando sometida la
construcción, modificación y ampliación de este tipo de instalaciones a licencia o a
cualquier otro acto de control preventivo municipal. Trasladada la respuesta de Red
Eléctrica al organismo, no se ha recibido respuesta a esta última contestación del
promotor, por lo que se entiende la conformidad de este en virtud de lo dispuesto en el
artículo 127.4 y 131.4 del referido Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre.
cve: BOE-A-2024-25772
Verificable en https://www.boe.es
25772
Núm. 297
Martes 10 de diciembre de 2024
Sec. III. Pág. 168236
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA
Y EL RETO DEMOGRÁFICO
Resolución de 20 de noviembre de 2024, de la Dirección General de Política
Energética y Minas, por la que se otorga a Red Eléctrica de España, SAU,
autorización administrativa previa y autorización administrativa de
construcción para la ampliación, con una nueva posición, de la subestación
Palos 400 kV, situada en Palos de la Frontera (Huelva).
Red Eléctrica de España, SAU, en adelante Red Eléctrica, solicitó mediante escrito
recibido a 19 de abril de 2024, autorización administrativa previa y autorización
administrativa de construcción de la ampliación de la subestación Palos, en el parque
de 400 kV, con una nueva posición de salida, en el término municipal de Palos de la
Frontera, provincia de Huelva.
La ampliación de la subestación consiste en la instalación de una nueva posición de
interruptor que permita facilitar el acceso a un agente para la evacuación de régimen
especial (EVRE) permitiéndose así la conexión a la red de instalaciones de generación
mediante fuentes de energía renovable.
Red Eléctrica suscribió declaración responsable que acredita el cumplimiento de la
normativa que le es de aplicación, según se establece en el artículo 53.1 de la
Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico.
El expediente fue incoado en el Área Funcional de Industria y Energía de la
Subdelegación del Gobierno en Huelva y se tramitó de conformidad con lo previsto en el
Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de
transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de
instalaciones de energía eléctrica, y con las disposiciones adicionales duodécima,
segunda y tercera de la Ley 13/2003, de 23 de mayo, reguladora del contrato de
concesión de obras públicas, habiéndose solicitado los correspondientes informes a las
distintas administraciones, organismos y empresas de servicio público o de servicios de
interés general en la parte que la instalación pueda afectar a bienes y derechos a su
cargo.
Se han recibido contestaciones de las que no se desprende oposición de la
Delegación Territorial de Economía, Hacienda, Fondos Europeos y de Industria, Energía
y Minas en Huelva de la Junta de Andalucía y la Delegación Territorial de Turismo,
Cultura y Deporte en Huelva de la Junta de Andalucía. Se ha dado traslado al promotor
de dichas contestaciones, el cual expresa su conformidad con las mismas.
Se ha recibido contestación del Servicio de Urbanismo de la Delegación Territorial de
Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda en Huelva, de la que no se desprende
oposición y en la que se establecen condicionados a la actuación a llevar a cabo por Red
Eléctrica. Se ha dado traslado al promotor de dicha contestación, quien manifiesta su
conformidad e indica para la instalación es de aplicación lo establecido en las
disposiciones adicionales duodécima, segunda y tercera de la Ley 13/2003, de 23 de
mayo, reguladora del contrato de concesión de obras públicas, no estando sometida la
construcción, modificación y ampliación de este tipo de instalaciones a licencia o a
cualquier otro acto de control preventivo municipal. Trasladada la respuesta de Red
Eléctrica al organismo, no se ha recibido respuesta a esta última contestación del
promotor, por lo que se entiende la conformidad de este en virtud de lo dispuesto en el
artículo 127.4 y 131.4 del referido Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre.
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