Ministerio de Hacienda. II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. Personal laboral. (BOE-A-2024-25710)
Resolución de 2 de diciembre de 2024, de la Presidencia de la Autoridad Independiente de Responsabilidad Fiscal, AAI, por la que se convoca proceso selectivo para la provisión de plazas de personal laboral fijo, fuera de convenio, con la categoría de Titulado Superior.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Martes 10 de diciembre de 2024

Sec. II.B. Pág. 167943

La no presentación de la solicitud en tiempo y forma supondrá la exclusión de la
persona aspirante.
3.3 A la solicitud se acompañará por la misma vía citada en la base 3.2:
– Documentación acreditativa del cumplimiento de los requisitos de la nacionalidad,
edad y titulación académica. A estos efectos:
● Estarán exentas de aportar documentación acreditativa de la nacionalidad y edad
las personas incluidas en el apartado 2.1.1.a) así como las personas extranjeras
residentes en España incluidas en el apartado 2.1.1.b), siempre que autoricen en su
solicitud la comprobación de los datos de identificación personal en el Sistema de
Verificación de Datos de Identidad. El resto de las personas candidatas deberán
acompañar a su solicitud los documentos que acrediten las condiciones que se alegan.
● Se presentará copia auténtica del título académico oficial exigido en la
convocatoria o certificación acreditativa de estar en condiciones de obtenerlo. Si el título
académico se hubiera obtenido en el extranjero, deberá presentarse además copia
auténtica de la documentación que acredite su homologación o convalidación en su
caso.
– Curriculum vitae.
– Las personas aspirantes con discapacidad con un grado de minusvalía igual o
superior al 33 % que soliciten adaptación de tiempo y/o medios deberán adjuntar
Dictamen Técnico Facultativo emitido por el Órgano Técnico de Valoración que dictaminó
el grado de minusvalía, a efectos de lo dispuesto en la Orden PRE/1822/2006, de 9 de
junio, por la que se establecen criterios generales para la adaptación de tiempos
adicionales en los procesos selectivos para el acceso al empleo público de personas con
discapacidad.
De acuerdo con el artículo 28 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas (LPACAP), las personas
interesadas se responsabilizarán de la veracidad de los documentos que presenten. No
obstante, cuando la relevancia del documento lo exija o existan dudas derivadas de la
calidad de la copia, se podrá solicitar de manera motivada el cotejo de las copias
aportadas por el interesado, para lo que se podrá requerir la exhibición del documento o
de la información original.
La no presentación de la citada documentación supondrá la exclusión de la persona
candidata del proceso selectivo, sin perjuicio de su posible subsanación en el plazo
establecido al efecto.
3.4 Los errores de hecho, materiales o aritméticos, que pudieran advertirse en la
solicitud, podrán subsanarse en cualquier momento de oficio o a petición del interesado.
4.

Admisión de aspirantes

4.1 Transcurrido el plazo de presentación de solicitudes, el Presidente o la
Presidenta del Tribunal dictará resolución declarando aprobadas las listas de aspirantes
admitidos y excluidos. En dicha resolución, que deberá publicarse al menos en el
«Boletín Oficial del Estado», en el tablón de anuncios de la sede del Tribunal, en la
página web de la AIReF www.airef.es y en el Punto de Acceso General, a través de su
página web http://administracion.gob.es, se señalará un plazo de diez días hábiles,
contados a partir del día siguiente a su publicación, para subsanar –a través de la vía
indicada en la base 3.2– el defecto que haya motivado la exclusión u omisión y
determinándose el lugar, fecha y hora de la realización del ejercicio de la oposición.
4.2 Finalizado dicho plazo, en el caso de que se hubieran producido modificaciones
en las listas de aspirantes admitidos y excluidos, estas se expondrán en los mismos
lugares en que lo fueron las relaciones iniciales.

cve: BOE-A-2024-25710
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Núm. 297