Ministerio Para La Transición Ecológica y El Reto Demográfico. III. Otras disposiciones. Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha. Convenio. (BOE-A-2024-25766)
Resolución de 2 de diciembre de 2024, del Organismo Autónomo Parques Nacionales, por la que se publica la Adenda de modificación y prórroga del Convenio con la Universidad de Castilla-La Mancha, para la realización de prácticas académicas externas.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 297

Martes 10 de diciembre de 2024

Sec. III. Pág. 168175

Quinto.
Que esta inclusión de los alumnos de prácticas formativas en el sistema de
Seguridad Social conlleva el cumplimiento de las obligaciones de Seguridad Social por
una de las partes firmantes del convenio, incluida la asunción de los costes de cotización
a la Seguridad Social de los alumnos, que corresponderá en este caso al OAPN.
Sexto.
Que, en consecuencia, las partes consideran necesario proceder a la modificación
del convenio suscrito para incluir en su clausulado la previsión relativa a la asunción de
compromisos económicos y manifiestan su satisfacción con la colaboración desarrollada,
conviniendo acordar la prórroga del convenio suscrito.
Por todo lo expuesto, ambas partes suscriben la presente adenda al convenio, al
amparo de lo establecido en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del
Sector Público, y de acuerdo con las siguientes
CLÁUSULAS
Primera.

Objeto de la adenda.

La presente adenda tiene por objeto la prórroga y modificación del convenio entre la
Universidad de Castilla-La Mancha y el Organismo Autónomo Parques Nacionales para
la realización de prácticas académicas externas de estudiantes.
Segunda.

Prórroga del convenio.

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 48.8 y el apartado 2 de la disposición
adicional séptima de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector
Público, las partes firmantes acuerdan la prórroga del convenio entre la Universidad de
Castilla-La Mancha y el Organismo Autónomo Parques Nacionales para la realización de
prácticas académicas externas de estudiantes, suscrito el 15 de diciembre de 2020,
incluyendo las modificaciones incorporadas mediante la presente adenda.
Dicha prórroga de cuatro años comenzará a contar automáticamente desde la
finalización de la vigencia inicial prevista en el convenio, 28 de diciembre de 2024, previa
suscripción e inscripción de esta adenda de prórroga en el Registro Electrónico estatal
de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal, antes de la fecha
de extinción del convenio.
Tercera.

Modificación del convenio.

Único. Se modifica la cláusula cuarta «Compromisos económicos» del convenio,
quedando redactada como sigue:

El OAPN asume compromisos económicos con la firma del presente convenio.
En relación con las obligaciones contempladas en la disposición adicional
quincuagésima segunda del texto refundido de la Ley General de la Seguridad
Social, aprobado por el Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre,
añadida por el Real Decreto-ley 2/2023, de 16 de marzo, de medidas urgentes
para la ampliación de derechos de los pensionistas, la reducción de la brecha de
género y el establecimiento de un nuevo marco de sostenibilidad del sistema
público de pensiones, el cumplimiento de las obligaciones de Seguridad Social
corresponderá al OAPN.

cve: BOE-A-2024-25766
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«Cuarta. Compromisos económicos.