Ministerio de Hacienda. II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. Cuerpo de Arquitectos de la Hacienda Pública. (BOE-A-2024-25604)
Resolución de 29 de noviembre de 2024, de la Subsecretaría, por la que se convoca proceso selectivo para acceso, por promoción interna, en el Cuerpo de Arquitectos de la Hacienda Pública.
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Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 296
Lunes 9 de diciembre de 2024
Sec. II.B. Pág. 167175
de calificación del ejercicio correspondiente sean análogos, salvo actualización
normativa. En cualquier caso, la persona aspirante que tenga conservada su puntuación,
de estimarlo oportuno, podrá renunciar a ésta y realizar de nuevo el ejercicio en la
siguiente convocatoria. En este sentido, se entenderá efectuada la renuncia con la mera
presentación al ejercicio que se trate.
6.5 En el supuesto de que alguna de las personas aspirantes con discapacidad se
hubiera presentado por cupo de reserva superase los ejercicios y no obtuviese plaza en
el citado cupo, siendo su puntuación superior a la obtenida por otras personas aspirantes
del sistema de acceso general, ésta será incluida por su orden de puntuación en el
sistema de acceso general.
7.
Solicitudes
–
–
–
–
La cumplimentación del modelo 790.
Anexar documentos escaneados a su solicitud.
El pago electrónico de las tasas.
El registro electrónico de la solicitud.
Para ello, en el Punto de Acceso General anteriormente mencionado, se
seleccionará el Cuerpo y la forma de acceso que corresponda y se pulsará el botón
«Inscribirse». A continuación, se seleccionará la opción «Realice su inscripción on-line»,
cve: BOE-A-2024-25604
Verificable en https://www.boe.es
7.1 De acuerdo con el Real Decreto 203/2021, de 30 de marzo, por el que se
aprueba el Reglamento de actuación y funcionamiento del sector público por medios
electrónicos, las personas aspirantes deberán realizar la presentación de la solicitud por
medios electrónicos a través del servicio de Inscripción en Pruebas Selectivas (IPS) del
Punto de Acceso General, de acuerdo con las instrucciones que se indiquen.
7.2 Los sistemas de identificación y firma admitidos para realizar la inscripción
serán los que determine el servicio de IPS.
7.3 Quienes deseen participar en estas pruebas selectivas dispondrán de un plazo
de 20 días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la fecha de publicación de
esta convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado», para presentar la solicitud
cumplimentada electrónicamente y presentada en el modo establecido en los siguientes
apartados.
7.4 La no presentación de la solicitud en tiempo y forma supondrá la exclusión de la
persona aspirante.
7.5 El tratamiento de la información se ajustará a lo establecido en la Ley
Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de
derechos digitales, y en el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del
Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que
respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos, así
como a la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público y
demás disposiciones que resulten de aplicación.
7.6 La solicitud de participación en las pruebas selectivas se deberá cumplimentar
electrónicamente, utilizando el modelo oficial 790, al que se accede a través del Punto de
Acceso General (http://administracion.gob.es/PAG/ips y siguiendo las instrucciones del
anexo IV. La solicitud de participación se dirigirá a la Subsecretaría de Hacienda.
Las personas aspirantes deberán realizar la presentación de las solicitudes y
documentación y, en su caso, la subsanación de las mismas, exclusivamente a través de
medios electrónicos. La subsanación podrá realizarse en el plazo de 10 días hábiles, en
los términos establecidos en el artículo 14 del Real Decreto 203/2021, de 30 de marzo.
En el caso de que se produzca alguna incidencia técnica durante el proceso de
inscripción deberá dirigirse al teléfono 060, o enviar un correo a la dirección: https://
centrodeservicios.redsara/ayuda/consulta/IPS.
7.7 La presentación electrónica de la solicitud deberá hacerse exclusivamente de
forma electrónica y permitirá:
Núm. 296
Lunes 9 de diciembre de 2024
Sec. II.B. Pág. 167175
de calificación del ejercicio correspondiente sean análogos, salvo actualización
normativa. En cualquier caso, la persona aspirante que tenga conservada su puntuación,
de estimarlo oportuno, podrá renunciar a ésta y realizar de nuevo el ejercicio en la
siguiente convocatoria. En este sentido, se entenderá efectuada la renuncia con la mera
presentación al ejercicio que se trate.
6.5 En el supuesto de que alguna de las personas aspirantes con discapacidad se
hubiera presentado por cupo de reserva superase los ejercicios y no obtuviese plaza en
el citado cupo, siendo su puntuación superior a la obtenida por otras personas aspirantes
del sistema de acceso general, ésta será incluida por su orden de puntuación en el
sistema de acceso general.
7.
Solicitudes
–
–
–
–
La cumplimentación del modelo 790.
Anexar documentos escaneados a su solicitud.
El pago electrónico de las tasas.
El registro electrónico de la solicitud.
Para ello, en el Punto de Acceso General anteriormente mencionado, se
seleccionará el Cuerpo y la forma de acceso que corresponda y se pulsará el botón
«Inscribirse». A continuación, se seleccionará la opción «Realice su inscripción on-line»,
cve: BOE-A-2024-25604
Verificable en https://www.boe.es
7.1 De acuerdo con el Real Decreto 203/2021, de 30 de marzo, por el que se
aprueba el Reglamento de actuación y funcionamiento del sector público por medios
electrónicos, las personas aspirantes deberán realizar la presentación de la solicitud por
medios electrónicos a través del servicio de Inscripción en Pruebas Selectivas (IPS) del
Punto de Acceso General, de acuerdo con las instrucciones que se indiquen.
7.2 Los sistemas de identificación y firma admitidos para realizar la inscripción
serán los que determine el servicio de IPS.
7.3 Quienes deseen participar en estas pruebas selectivas dispondrán de un plazo
de 20 días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la fecha de publicación de
esta convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado», para presentar la solicitud
cumplimentada electrónicamente y presentada en el modo establecido en los siguientes
apartados.
7.4 La no presentación de la solicitud en tiempo y forma supondrá la exclusión de la
persona aspirante.
7.5 El tratamiento de la información se ajustará a lo establecido en la Ley
Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de
derechos digitales, y en el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del
Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que
respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos, así
como a la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público y
demás disposiciones que resulten de aplicación.
7.6 La solicitud de participación en las pruebas selectivas se deberá cumplimentar
electrónicamente, utilizando el modelo oficial 790, al que se accede a través del Punto de
Acceso General (http://administracion.gob.es/PAG/ips y siguiendo las instrucciones del
anexo IV. La solicitud de participación se dirigirá a la Subsecretaría de Hacienda.
Las personas aspirantes deberán realizar la presentación de las solicitudes y
documentación y, en su caso, la subsanación de las mismas, exclusivamente a través de
medios electrónicos. La subsanación podrá realizarse en el plazo de 10 días hábiles, en
los términos establecidos en el artículo 14 del Real Decreto 203/2021, de 30 de marzo.
En el caso de que se produzca alguna incidencia técnica durante el proceso de
inscripción deberá dirigirse al teléfono 060, o enviar un correo a la dirección: https://
centrodeservicios.redsara/ayuda/consulta/IPS.
7.7 La presentación electrónica de la solicitud deberá hacerse exclusivamente de
forma electrónica y permitirá: