Universidades. II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. Cuerpos docentes universitarios. (BOE-A-2024-25616)
Resolución de 27 de noviembre de 2024, conjunta de la Universidad Miguel Hernández de Elche y la Conselleria de Sanidad, por la que se convoca concurso de acceso a plazas vinculadas de cuerpos docentes universitarios.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 9 de diciembre de 2024

Sec. II.B. Pág. 167316

ajustado a los criterios generales especificados en el apartado anterior, consignando su
puntuación numérica de 0 a 100. En el segundo supuesto, la valoración final de la
segunda prueba se obtendrá calculando la media aritmética de las puntuaciones
otorgadas por cada uno de los miembros de la comisión.
Un concursante habrá superado la segunda prueba cuando obtenga el mínimo
cuantitativo exigido en los criterios de valoración y obtenga el voto favorable de, al
menos, tres de los miembros de la comisión.
Finalizada la prueba y en el plazo máximo de 7 días hábiles, la comisión hará pública
en el Boletín Oficial de UMH (BOUMH) y en la web de la Universidad (https://
servicioprofesorado.umh.es/) la valoración cualitativa que en esta prueba le merece cada
candidato, así como la propuesta de provisión de la plaza.
Séptima. Propuesta de provisión.
La propuesta de provisión de plazas se realizará en el plazo máximo de 30 días
hábiles a partir de la fecha del comienzo de las pruebas. A estos efectos, la Comisión
hará pública una resolución formulando su propuesta y el voto de cada uno de sus
miembros a cada una de las personas concursantes.
Las Comisiones propondrán al Rector, motivadamente, y con carácter vinculante, una
relación de todas las personas concursantes que hayan obtenido, al menos, tres votos
favorables, por orden de preferencia para su nombramiento. En ningún caso se podrán
proponer mayor número de candidaturas que plazas concursadas.
Cuando se hayan convocado varias plazas de igual categoría en una misma área de
conocimiento y con idénticas actividades docentes e investigadoras, la Comisión citará a
los concursantes propuestos por el orden de preferencia que de los mismos se haya
efectuado, para que procedan a elegir vacante.
Todos los concursos podrán resolverse con la ausencia de propuesta de provisión de
la plaza o plazas.
Las personas concursantes que no hayan sido propuestas para ser nombrados para
la plaza objeto de concurso no podrán alegar ningún derecho sobre plazas vacantes.
Contra la propuesta de la Comisión, los candidatos podrán presentar reclamación
ante el Rector, en el plazo máximo de 10 días hábiles a contar desde el día siguiente a la
publicación de la propuesta de provisión.
Admitida a trámite la reclamación, la misma será valorada por una Comisión de
Reclamaciones, según lo establecido en los artículos 52 de los Estatutos de la
Universidad Miguel Hernández y 37 de su Reglamento de Régimen General del Personal
Docente e Investigador.
Octava. Documentación a presentar por los candidatos propuestos.
Los candidatos propuestos para la provisión de las plazas deberán presentar, en
los 20 días siguientes al de concluir la actuación de la Comisión, a través del formulario
electrónico de instancia general que se encuentra en el entorno de tramitación
electrónica (https://sede.umh.es/) de la Universidad, siguiendo el itinerario: Mis trámites/
Catálogo Sede/Instancia General los siguientes documentos:
a) Fotocopia del documento nacional de identidad, o documento equivalente, de ser
su nacionalidad distinta de la española.
b) Certificado médico oficial acreditativo de poseer la capacidad funcional para el
desempeño de las tareas correspondientes al profesorado de Universidad.
c) Declaración jurada de no haber sufrido separación de la Administración Pública,
en virtud de expediente disciplinario, y no hallarse en situación de inhabilitación para el
ejercicio de la Función Pública. Los nacionales de los demás Estados miembros de la
Unión Europea o de algún Estado, al que en virtud de los Tratados Internacionales
celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, sea de aplicación la libre
circulación de trabajadores, deberán acreditar, de conformidad con lo establecido en el

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Núm. 296