Universidades. II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. Personal de administración y servicios. (BOE-A-2024-25627)
Resolución de 26 de noviembre de 2024, de la Universidad de Granada, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre, en la Escala de Gestión de Apoyo a la Docencia y a la Investigación.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 9 de diciembre de 2024

Sec. II.B. Pág. 167458

6.4 Una vez comenzado el proceso selectivo, los sucesivos anuncios de la celebración
de los restantes ejercicios, en su caso, deberán hacerse públicos por el Tribunal en el sitio
web del Servicio de Personal Técnico, de Gestión y de Administración y Servicios de la
Universidad de Granada (http://serviciopas.ugr.es/) y por cualquier otro medio si se juzga
conveniente, con veinticuatro horas, al menos, de antelación del comienzo de los mismos.
6.5 En cualquier momento del proceso selectivo, si el Tribunal tuviese conocimiento de
que alguna de las personas aspirantes no posee la totalidad de los requisitos exigidos en la
presente convocatoria, previa audiencia de la misma, deberá proponer su exclusión al Rector
de la Universidad de Granada, comunicándole asimismo las inexactitudes o falsedades
formuladas en la solicitud de admisión al proceso selectivo, a los efectos procedentes.
Contra la exclusión, se podrá interponer recurso potestativo de reposición ante el Rector
o bien recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo.
6.6 Desde la total conclusión de un ejercicio o prueba (publicación de la relación
definitiva de personas aspirantes que han superado el ejercicio o prueba) hasta el
comienzo del siguiente deberá transcurrir un plazo mínimo de tres días hábiles.
6.7 Tras la publicación de la relación definitiva de aspirantes que han superado
cada uno de los ejercicios de la fase de oposición en la forma prevista en el anexo II, el
Tribunal hará pública en el sitio web del Servicio de Personal Técnico, de Gestión y de
Administración y Servicios de la Universidad de Granada (http://serviciopas.ugr.es), la
relación definitiva de aspirantes que han superado la fase de oposición. Las personas
aspirantes que no se hallen incluidas en la relación definitiva de aspirantes que han
superado la fase de oposición tendrán la consideración de no aptas a todos los efectos,
siendo excluidas del proceso selectivo.
6.8 Finalizada la fase de oposición tendrá lugar la fase de concurso. Tan sólo
participarán en esta fase aquellas personas aspirantes que hayan superado la fase de
oposición.
Los méritos a valorar se referirán a la fecha de finalización del plazo de presentación
de solicitudes de admisión al proceso selectivo.
Las personas aspirantes dispondrán de un plazo de diez días hábiles, contados a
partir del día siguiente al de publicación de la relaciones de aspirantes que han superado
de la fase de oposición, para presentar mediante el procedimiento «Procesos selectivos
de PTGAS: Entrega de méritos (Fase de concurso)», disponible en la sede electrónica
de la Universidad de Granada (https://sede.ugr.es/procs/Procesos-selectivos-de-PTGASEntrega-de-meritos-Fase-de-concurso/), la justificación documental de los méritos que
quieran hacer valer en la fase de concurso o, en su defecto, solicitud expresa para que
se computen los méritos que ya figuren en su expediente en el Servicio de Personal
Técnico, de Gestión y de Administración y Servicios.
Los méritos no justificados, en el plazo establecido al efecto y mediante el procedimiento
establecido en el párrafo anterior no podrán ser valorados en la fase de concurso.
El Tribunal de valoración publicará en el sitio web oficial del Servicio de Personal
Técnico, de Gestión y de Administración y Servicios (http://serviciopas.ugr.es/) la relación
que contenga la valoración provisional de méritos de la fase de concurso, con indicación
de la puntuación obtenida en cada mérito y la total. Las personas aspirantes dispondrán
de un plazo de diez días hábiles, a contar a partir del siguiente al de la publicación de
dicha relación para efectuar reclamaciones. Finalizado dicho plazo, el Tribunal publicará
la relación con la valoración definitiva de la fase de concurso.
6.9 La calificación final del proceso selectivo vendrá determinada por la suma de la
puntuación obtenida en la fase de oposición y la obtenida en la fase de concurso.
En caso de empate en la calificación final, a efectos de determinar las personas
aspirantes que han superado el proceso selectivo, prevalecerá la mayor puntuación
individual en el global de la fase de oposición. Si persistiese el empate, se resolverá
atendiendo a la mayor puntuación individual obtenida en cada uno de los ejercicios
según el siguiente orden de prioridad: primer ejercicio y segundo ejercicio. Si a pesar de
esto se mantuviese el empate, este se dirimirá por orden alfabético comenzando por la
letra indicada en la base 6.2.

cve: BOE-A-2024-25627
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Núm. 296