Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación. I. Disposiciones generales. Acuerdos internacionales administrativos. (BOE-A-2024-25585)
Adenda n.º 1 al Acuerdo administrativo entre el Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación del Reino de España y el Servicio Europeo de Acción Exterior en relación con el espacio para oficinas y las instalaciones correspondientes para el uso del Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación en la sede de la Delegación de la Unión Europea en Myanmar, hecho en Yangón el 14 de noviembre de 2024.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 296
Lunes 9 de diciembre de 2024
Sec. I. Pág. 166968
I. DISPOSICIONES GENERALES
MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES, UNIÓN EUROPEA
Y COOPERACIÓN
25585
Adenda n.º 1 al Acuerdo administrativo entre el Ministerio de Asuntos
Exteriores, Unión Europea y Cooperación del Reino de España y el Servicio
Europeo de Acción Exterior en relación con el espacio para oficinas y las
instalaciones correspondientes para el uso del Ministerio de Asuntos
Exteriores, Unión Europea y Cooperación en la sede de la Delegación de la
Unión Europea en Myanmar, hecho en Yangón el 14 de noviembre de 2024.
ADENDA N.º 1 AL ACUERDO ADMINISTRATIVO ENTRE EL MINISTERIO DE ASUNTOS
EXTERIORES, UNIÓN EUROPEA Y COOPERACIÓN DEL REINO DE ESPAÑA
Y EL SERVICIO EUROPEO DE ACCIÓN EXTERIOR EN RELACIÓN CON EL ESPACIO
PARA OFICINAS Y LAS INSTALACIONES CORRESPONDIENTES PARA USO
DEL MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES, UNIÓN EUROPEA Y COOPERACIÓN
EN LA SEDE DE LA DELEGACIÓN DE LA UNIÓN EUROPEA EN MYANMAR
Los abajo firmantes (en lo sucesivo, denominados, conjuntamente, las «Partes», e,
individualmente, una «Parte»),
El Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación del Reino de
España (en lo sucesivo denominado el «MAUC de España»), representado a efectos de
la firma de la presente adenda por el Sr. D. Felipe de la Morena Casado, Embajador de
España en Bangkok, y
El Servicio Europeo de Acción Exterior (en lo sucesivo denominado el «SEAE»),
representado a efectos de la firma de la presente adenda por el Sr. D. Ranieri Sabatucci,
Jefe de la Delegación de la Unión Europea en Myanmar,
Considerando que las Partes celebraron el 30 de marzo de 2021 un Acuerdo
administrativo para el establecimiento de una oficina del MAUC de España en la sede de
la Delegación de la Unión Europea en Myanmar, y
Considerando que el acuerdo administrativo permite, en su punto 19, la introducción
de modificaciones,
Han convenido en lo siguiente:
Cláusula 1.
«1. La Delegación pondrá a disposición del MAUC de España tres (3)
despachos (en lo sucesivo, las ''dependencias'') en el edificio de oficinas
Kantharyar Centre-Office Tower, situado en la esquina de U Aung Myat Road con
Kan Yeik Thar Road, Mingalar Taung Nyunt Township, Rangún.
2. Las dependencias que la Delegación cede para su utilización por los
miembros del personal del MAUC de España comprenden tres (3) despachos y
una sala de servidores en la planta 21.ª del edificio, que equivalen a 75,3 m² de
superficie de uso exclusivo. Junto con la parte correspondiente de los pasillos, las
escaleras y las salas de uso compartido, la superficie disponible asciende a
unos 152 m², lo que representa el 7,59 % de la superficie total de oficinas
arrendada por la Delegación. Todas las salas de reuniones, a excepción de la sala
Lisbon, se consideran espacios de uso compartido.
cve: BOE-A-2024-25585
Verificable en https://www.boe.es
Los puntos 1 y 2 se modifican como sigue:
Núm. 296
Lunes 9 de diciembre de 2024
Sec. I. Pág. 166968
I. DISPOSICIONES GENERALES
MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES, UNIÓN EUROPEA
Y COOPERACIÓN
25585
Adenda n.º 1 al Acuerdo administrativo entre el Ministerio de Asuntos
Exteriores, Unión Europea y Cooperación del Reino de España y el Servicio
Europeo de Acción Exterior en relación con el espacio para oficinas y las
instalaciones correspondientes para el uso del Ministerio de Asuntos
Exteriores, Unión Europea y Cooperación en la sede de la Delegación de la
Unión Europea en Myanmar, hecho en Yangón el 14 de noviembre de 2024.
ADENDA N.º 1 AL ACUERDO ADMINISTRATIVO ENTRE EL MINISTERIO DE ASUNTOS
EXTERIORES, UNIÓN EUROPEA Y COOPERACIÓN DEL REINO DE ESPAÑA
Y EL SERVICIO EUROPEO DE ACCIÓN EXTERIOR EN RELACIÓN CON EL ESPACIO
PARA OFICINAS Y LAS INSTALACIONES CORRESPONDIENTES PARA USO
DEL MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES, UNIÓN EUROPEA Y COOPERACIÓN
EN LA SEDE DE LA DELEGACIÓN DE LA UNIÓN EUROPEA EN MYANMAR
Los abajo firmantes (en lo sucesivo, denominados, conjuntamente, las «Partes», e,
individualmente, una «Parte»),
El Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación del Reino de
España (en lo sucesivo denominado el «MAUC de España»), representado a efectos de
la firma de la presente adenda por el Sr. D. Felipe de la Morena Casado, Embajador de
España en Bangkok, y
El Servicio Europeo de Acción Exterior (en lo sucesivo denominado el «SEAE»),
representado a efectos de la firma de la presente adenda por el Sr. D. Ranieri Sabatucci,
Jefe de la Delegación de la Unión Europea en Myanmar,
Considerando que las Partes celebraron el 30 de marzo de 2021 un Acuerdo
administrativo para el establecimiento de una oficina del MAUC de España en la sede de
la Delegación de la Unión Europea en Myanmar, y
Considerando que el acuerdo administrativo permite, en su punto 19, la introducción
de modificaciones,
Han convenido en lo siguiente:
Cláusula 1.
«1. La Delegación pondrá a disposición del MAUC de España tres (3)
despachos (en lo sucesivo, las ''dependencias'') en el edificio de oficinas
Kantharyar Centre-Office Tower, situado en la esquina de U Aung Myat Road con
Kan Yeik Thar Road, Mingalar Taung Nyunt Township, Rangún.
2. Las dependencias que la Delegación cede para su utilización por los
miembros del personal del MAUC de España comprenden tres (3) despachos y
una sala de servidores en la planta 21.ª del edificio, que equivalen a 75,3 m² de
superficie de uso exclusivo. Junto con la parte correspondiente de los pasillos, las
escaleras y las salas de uso compartido, la superficie disponible asciende a
unos 152 m², lo que representa el 7,59 % de la superficie total de oficinas
arrendada por la Delegación. Todas las salas de reuniones, a excepción de la sala
Lisbon, se consideran espacios de uso compartido.
cve: BOE-A-2024-25585
Verificable en https://www.boe.es
Los puntos 1 y 2 se modifican como sigue: