Ministerio de Defensa. II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. Personal estatutario de los servicios de salud. (BOE-A-2024-25536)
Resolución 400/38513/2024, de 25 de noviembre, de la Subsecretaría, por la que se convoca proceso selectivo para el acceso a la condición de personal estatutario fijo en plazas de la categoría de Técnico/a Superior en la Red Hospitalaria de la Defensa.
16 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 295

Sábado 7 de diciembre de 2024

Sec. II.B. Pág. 166708

no se corresponde con la publicada en el autobaremo, el Tribunal realizará las
correcciones oportunas, publicando en los lugares previstos en la base 1 de esta
convocatoria la relación de aspirantes que contenga la valoración de méritos del
concurso corregida, con indicación de la puntuación del autobaremo en cada uno de los
méritos, y por orden de la puntuación total ya verificada.
Si algunas personas candidatas resultaran con una puntuación verificada por el
tribunal inferior a la de las siguientes que en la relación de personas aspirantes recogida
en la base 4.3 hubieran quedado fuera para presentar la documentación acreditativa de
los méritos que se han hecho constar en el autobaremo, el tribunal incluirá a estas
últimas en su lugar, publicando una nueva relación donde se incluyan a estas personas
candidatas excluidas inicialmente, dando un nuevo plazo de diez días hábiles solo a
estas personas para presentar la documentación acreditativa de los méritos que se han
hecho constar en el autobaremo, con el objeto de revisar la documentación acreditativa
que justifica la puntuación obtenida en el autobaremo.
Una vez revisada por el Tribunal, tras realizar las correcciones oportunas, este
publicará en los lugares previstos en la base 1 de esta convocatoria la relación de
aspirantes que contenga la valoración de méritos del concurso corregida, con indicación
de la puntuación del autobaremo en cada uno de los méritos, y por orden de la
puntuación total ya verificada.
Las personas aspirantes dispondrán de un plazo de diez días hábiles a partir del
siguiente al de la publicación de dicha relación, para efectuar las alegaciones
pertinentes en base a la documentación presentada, sin que pudiera admitirse la
presentación de nueva documentación. Las alegaciones deberán ser registradas con
tramitación electrónica, de conformidad con la Disposición adicional primera del Real
Decreto 203/2021, de 30 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de actuación
y funcionamiento del sector público por medios electrónicos, y se dirigirán al Tribunal
correspondiente, que tendrá su dirección en la Subdirección General de Personal Civil
del Ministerio de Defensa (Calle Princesa, núm. 32-36, 28071 Madrid).
Finalizado dicho plazo, y una vez resueltas las reclamaciones por el Tribunal, en
el plazo máximo de diez días hábiles, éste publicará el listado definitivo ordenado
con el orden de puntuación con el que serán cubiertas las plazas convocadas, en la
página web del Portal del ciudadano www.administracion.gob.es, y en la del
Ministerio de Defensa www.defensa.gob.es, diferenciadas por categorías y localidad,
considerándose contestadas todas las alegaciones con la publicación de las
calificaciones definitivas.
Superación del proceso selectivo

6.1 Finalizado el concurso, el Tribunal elevará a la autoridad convocante la
relación de personas seleccionadas del proceso selectivo para su publicación en el
«Boletín Oficial del Estado», disponiendo las personas aspirantes propuestas de un
plazo de veinte días hábiles, desde la publicación oficial, para la presentación de la
documentación que figura en el anexo IV para su nombramiento.
6.2 Los órganos de selección no podrán proponer el acceso a la condición de
personal estatutario fijo de un número superior de personas seleccionadas al de plazas
convocadas en el proceso selectivo.
6.3 Perderán los derechos derivados de su participación en las pruebas selectivas
las personas aspirantes que no soliciten plaza en la fecha y conforme al procedimiento
que se establezca.
6.4 La adjudicación de plazas a las personas aspirantes que superen el proceso
selectivo se realizará en función del orden definitivo de la puntuación total obtenida y la
petición efectuada de plazas de entre las descritas en la base 1.
6.5 No obstante lo anterior, y de conformidad con el artículo 61.8 del Real Decreto
Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, siempre que los tribunales calificadores hayan
propuesto el nombramiento de igual número de aspirantes que de plazas convocadas, y

cve: BOE-A-2024-25536
Verificable en https://www.boe.es

6.