Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030. III. Otras disposiciones. Programas de termalismo social. (BOE-A-2024-25581)
Resolución de 26 de noviembre de 2024, del Instituto de Mayores y Servicios Sociales, por la que se convocan plazas para pensionistas que deseen participar en el Programa de Termalismo.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 295

Sábado 7 de diciembre de 2024

Sec. III. Pág. 166931

5. Los requisitos establecidos en el artículo 3.2 se acreditarán al Imserso mediante
declaración responsable de la persona usuaria de los tratamientos.
6. En todo caso, la concesión de plazas por parte del Imserso estará condicionada
a la disponibilidad de las mismas en los establecimientos termales.
7. Solo se podrá disponer de la plaza cuando se tenga conformidad de la misma
por parte del Imserso.
Artículo 4. Forma de pago de las plazas.
Las personas usuarias y, en su caso, los acompañantes, abonarán el precio de las
plazas de la siguiente forma:
1. Con antelación a su incorporación en el balneario y en los plazos que se
determinen en el escrito de notificación de concesión de plaza, abonarán, en concepto
de gastos por reserva de plaza 40,00 euros por plaza adjudicada.
2. La diferencia entre la cantidad fijada como precio para la plaza y la cantidad
abonada en concepto de gastos de la reserva de plaza, al efectuar el ingreso en el
establecimiento termal.
Artículo 5. Lugar, plazo y forma de presentación de solicitudes.
1. La solicitud se formalizará en el modelo que figure como anexo I de esta
resolución, con la declaración responsable correspondiente. Esta solicitud deberá
presentarse prioritariamente por medios electrónicos, en cuyo caso, estará disponible en
la sede electrónica del Imserso, en https://sede.imserso.gob.es.
Además, podrá presentarse en los registros electrónicos y oficinas relacionados en el
artículo 9 de la Orden SSI/1688/2015, de 30 de julio, por la que se regula el Programa de
Termalismo del Imserso.
Igualmente podrán dirigirse al apartado de correos número 61.285, 28080 Madrid.
2. Las solicitudes podrán formularse, igualmente, en fotocopia del modelo que
figura como anexo I a esta resolución.
3. Se establecen dos plazos para la presentación de solicitudes:
a)

Para participar en el proceso de adjudicación de plaza:

1.º Para los turnos de los meses de febrero a agosto, ambos inclusive: hasta el
día 9 de enero de 2025.
2.º Para los turnos de los meses de septiembre a diciembre: hasta el día 15 de
mayo de 2025.
b) Para su inclusión en la Lista de Espera de plazas, para cubrir las plazas que
queden vacantes por renuncias u otras circunstancias:

4. Sin perjuicio de que las personas solicitantes puedan formular su solicitud en los
plazos y términos establecidos anteriormente, con la finalidad de simplificar trámites, se
remitirán comunicaciones singulares a todas las personas solicitantes que, reuniendo los
requisitos de la convocatoria del año anterior, sus expedientes estén completos.
Artículo 6.

Instrucción del expediente.

1. Admitidas las solicitudes será la Subdirección General de Gestión del Imserso la
competente para su valoración.

cve: BOE-A-2024-25581
Verificable en https://www.boe.es

1.º Para los turnos de los meses de febrero a agosto, ambos inclusive: hasta el
día 14 de mayo de 2025.
2.º Para los turnos de los meses de septiembre a diciembre: hasta el día 31 de
octubre de 2025.