Ministerio Para La Transición Ecológica y El Reto Demográfico. III. Otras disposiciones. Impacto ambiental. (BOE-A-2024-25505)
Resolución de 20 de noviembre de 2024, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto «Subestación de Ronda 400 KV y la línea de entrada/salida de Pinar del Rey-Tajo de la Encantada 2 y Jordana-Tajo de la Encantada».
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 294

Viernes 6 de diciembre de 2024

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nacional. La citada Dirección General señala que, si una vez evaluados los criterios
técnicos, ambientales y económicos puede considerarse viable la opción del
soterramiento de la línea, sería conveniente plantear esta opción, dada la intercepción
del espacio natural protegido, ya que el soterramiento de la línea supone menores
efectos negativos, especialmente para el paisaje y la avifauna.
La Dirección General de Espacios Naturales Protegidos de la Junta de Andalucía, en
informe de 28 de noviembre de 2022, señala que el promotor ha atendido las
consideraciones realizadas en el informe previo para el caso de que finalmente se
considere favorable la ejecución de la línea eléctrica de forma aérea, no obstante, reitera
la necesidad de completar el análisis de alternativas en aéreo y soterrado, atendiendo a
aspectos ambientales en cada caso.
El promotor responde que el EsIA ya contempla medidas para evitar el deterioro o la
contaminación de vegetación y los HIC potencialmente afectados, así como muestra su
conformidad con el cumplimiento de los condicionantes propuestos por los citados
organismos salvo el relativo al soterramiento de la línea eléctrica en toda la longitud de
su recorrido por la ZPP, por las razones expuestas y recogidas en el apartado 3.1 de
análisis alternativas de la presente resolución.
Finalmente, el Director Conservador del Parque Natural Sierra de las Nieves, con
fecha 4 de abril de 2024, informa que, al margen del criterio general en la ZPP del
Parque Nacional en cuanto al soterramiento de las nuevas líneas eléctricas y a la vista
de las alegaciones del promotor, concluye informando de forma favorable el proyecto con
el trazado en aéreo de la línea eléctrica, condicionado al cumplimiento de una serie de
medidas ambientales complementarias, con las cuales el promotor muestra su acuerdo y
que se recogen en el condicionado de la presente resolución.
Paisaje.

La principal afección durante la fase de construcción se produce debido a la
presencia de maquinaria de obra, movimientos de tierras y construcción de las
infraestructuras previstas, y será de carácter temporal. Durante la fase de explotación, la
presencia de las instalaciones proyectadas implicará una pérdida de la calidad visual del
entorno por la aparición de elementos discordantes con el paisaje agroforestal donde
mayoritariamente se localiza el proyecto.
De acuerdo con el EsIA, las actuaciones proyectadas se ubican en varias zonas de
especial incidencia paisajística (ZEIP), previéndose un impacto visual permanente en la
fase de explotación, principalmente por la presencia tanto de la SE Ronda como de la
línea eléctrica. El promotor afirma que la SE Ronda no será visible desde núcleo urbano
de Ronda, pero sí desde las viviendas diseminadas más cercanas y desde la línea férrea
Bobadilla-Algeciras y la carretera A-366, infraestructuras que actualmente alteran la
calidad paisajística global. La línea eléctrica será visible desde un total de 1.557,73 ha,
de las cuales 41,14 ha se corresponden con zonas urbanas.
Con objeto de reducir la afección paisajística, se contempla, entre otras medidas, la
plantación de arbolado en torno a la SE Ronda para minimizar el impacto visual y
paisajístico y favorecer la integración de la nueva infraestructura en el entorno. La
plantación prevista abarcará una superficie aproximada de 28.008 m2 respetando una
faja exterior de seguridad de 15 m de anchura necesaria para la prevención de
incendios. En la plantación se emplearán pies de encina u olivo, en la medida de lo
posible trasplantando sobre todo olivos que hayan sido afectados por las ocupaciones
permanentes y/o temporales derivadas de las obras previstas.
La Delegación Territorial de Málaga de la Consejería de Sostenibilidad, Medio
Ambiente y Economía Azul de la Junta de Andalucía indica que las medidas correctoras
planteadas, consistentes en la implantación de un seto vegetal en el perímetro de la SE
Ronda, así como el soterramiento de la línea eléctrica, tendrían un efecto mitigador de la
afección sobre el paisaje.
La Diputación Provincial de Málaga informa que el proyecto se ubica en un paisaje
serrano y agroforestal de altísimo valor, y que supone una alteración significativa del

cve: BOE-A-2024-25505
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