Comunidad Autónoma de Andalucía. I. Disposiciones generales. Igualdad de oportunidades. (BOE-A-2024-25455)
Ley 5/2024, de 13 de noviembre, del Estatuto de las Mujeres Rurales y del Mar de Andalucía.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 6 de diciembre de 2024
Sec. I. Pág. 166019
fomentar la igualdad de género. Esta ley dedica el artículo 52, de forma específica, a las
mujeres del medio rural y pesquero. Según el mismo, los poderes públicos desarrollarán
acciones dirigidas a eliminar la discriminación de las mujeres y favorecer su
incorporación al ámbito laboral, a la formación y a las nuevas tecnologías, así como su
plena participación en la vida social y económica; impulsarán el ejercicio de la titularidad
compartida en explotaciones agrarias; crearán las medidas que faciliten el acceso de las
mujeres a los sectores agrario, agroalimentario y pesquero, y generarán las condiciones
para que las mujeres se fortalezcan individual y colectivamente y garantizar así su
presencia y participación en los órganos de toma de decisiones.
De igual modo, la Ley 9/2018, de 8 de octubre, de modificación de la Ley 12/2007
para la promoción de la igualdad de género en Andalucía, vino a establecer en su
artículo 7 la obligatoriedad de las distintas consejerías de establecer un Plan Estratégico
para la Igualdad de Mujeres y Hombres con vigencia de cuatro años. Asimismo, motivó
la inclusión de la perspectiva de género en las estadísticas, encuestas, recogida de
datos, etcétera, de tal forma que se puedan identificar las diferencias y discriminaciones
en los distintos ámbitos de intervención de las consejerías. Las modificaciones
introducidas en la Ley 12/2007 son un importante avance en el ámbito laboral y se
incluyen en el articulado correspondiente al establecimiento de los planes de igualdad y
presencia equilibrada en el sector empresarial, seguridad y salud laboral, y de forma
novedosa se introduce el artículo 26 bis, «Políticas de igualdad salarial entre mujeres y
hombres». Cabe destacar en esta norma la definición del acoso sexual verbal, no verbal
o físico, y el acoso por razón de sexo, incluidos en el ámbito laboral.
Finalmente, el 14 de junio de 2022, el Consejo de Gobierno aprobó el «II Plan
Sectorial de Igualdad de Oportunidades entre Mujeres y Hombres en la Actividad
Agraria, Pesquera y Medioambiental de Andalucía-Horizonte 2027». Dicho plan
establece medidas para la consecución de la igualdad y apuesta por la perspectiva de
género como parte de la cultura organizativa de la Consejería competente en materia de
agricultura, ganadería, pesca, agroalimentación y desarrollo rural.
Concretamente, en Andalucía, el 98 % de los municipios son rurales y concentran
prácticamente el 60 % de la población, con una distribución muy similar entre mujeres y
hombres. La actividad agraria y agroalimentaria es la principal fuente de empleo en
buena parte de estos municipios, y la relación entre la población activa agraria respecto
a la población activa total es más importante a nivel andaluz que nacional.
Las mujeres suponen el 25,5 % de las personas ocupadas en el sector agrario y
pesquero y, a pesar de que en las cooperativas agroalimentarias el número de mujeres
socias es prácticamente igual al de hombres, su participación en las asambleas es
bastante inferior, un 31 %. En el ámbito pesquero, las mujeres ocupadas rozan el 19 %,
con claras diferencias entre el sector productor, una actividad todavía ampliamente
masculinizada, donde suponen el 2 % del empleo. Sin embargo, en la industria de
transformación y el comercio al por mayor, este colectivo alcanza el 52 % y el 25 % del
empleo respectivamente. Las mujeres cuentan también en este sector con poca
representación en los puestos de dirección y en los órganos de decisión de las
principales entidades asociadas al sector pesquero.
Por otra parte, el envejecimiento de la población, el retroceso de la actividad y la
búsqueda de servicios básicos son algunas causas de la despoblación y la movilización
de las mujeres hacia otros ámbitos territoriales, lo que tiene un impacto negativo no solo
en el mercado de trabajo, sino también en la estructura social, suponiendo un reto
demográfico sobre el que es necesario actuar.
Aún son muchos los retos y las dificultades a los que se enfrentan las mujeres que
trabajan en los sectores agrario, agroalimentario y pesquero. Por ello, es necesario
asegurar que las generaciones futuras se sientan atraídas por la actividad que se
desarrolla en estos sectores, así como reconocer la aportación femenina al desarrollo
sostenible de la agricultura, la ganadería y la pesca, con el fin de eliminar todas las
barreras estructurales, económicas, administrativas y sociales que hacen más difícil su
representación en condiciones de igualdad, garantizando las mismas oportunidades
cve: BOE-A-2024-25455
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 294
Viernes 6 de diciembre de 2024
Sec. I. Pág. 166019
fomentar la igualdad de género. Esta ley dedica el artículo 52, de forma específica, a las
mujeres del medio rural y pesquero. Según el mismo, los poderes públicos desarrollarán
acciones dirigidas a eliminar la discriminación de las mujeres y favorecer su
incorporación al ámbito laboral, a la formación y a las nuevas tecnologías, así como su
plena participación en la vida social y económica; impulsarán el ejercicio de la titularidad
compartida en explotaciones agrarias; crearán las medidas que faciliten el acceso de las
mujeres a los sectores agrario, agroalimentario y pesquero, y generarán las condiciones
para que las mujeres se fortalezcan individual y colectivamente y garantizar así su
presencia y participación en los órganos de toma de decisiones.
De igual modo, la Ley 9/2018, de 8 de octubre, de modificación de la Ley 12/2007
para la promoción de la igualdad de género en Andalucía, vino a establecer en su
artículo 7 la obligatoriedad de las distintas consejerías de establecer un Plan Estratégico
para la Igualdad de Mujeres y Hombres con vigencia de cuatro años. Asimismo, motivó
la inclusión de la perspectiva de género en las estadísticas, encuestas, recogida de
datos, etcétera, de tal forma que se puedan identificar las diferencias y discriminaciones
en los distintos ámbitos de intervención de las consejerías. Las modificaciones
introducidas en la Ley 12/2007 son un importante avance en el ámbito laboral y se
incluyen en el articulado correspondiente al establecimiento de los planes de igualdad y
presencia equilibrada en el sector empresarial, seguridad y salud laboral, y de forma
novedosa se introduce el artículo 26 bis, «Políticas de igualdad salarial entre mujeres y
hombres». Cabe destacar en esta norma la definición del acoso sexual verbal, no verbal
o físico, y el acoso por razón de sexo, incluidos en el ámbito laboral.
Finalmente, el 14 de junio de 2022, el Consejo de Gobierno aprobó el «II Plan
Sectorial de Igualdad de Oportunidades entre Mujeres y Hombres en la Actividad
Agraria, Pesquera y Medioambiental de Andalucía-Horizonte 2027». Dicho plan
establece medidas para la consecución de la igualdad y apuesta por la perspectiva de
género como parte de la cultura organizativa de la Consejería competente en materia de
agricultura, ganadería, pesca, agroalimentación y desarrollo rural.
Concretamente, en Andalucía, el 98 % de los municipios son rurales y concentran
prácticamente el 60 % de la población, con una distribución muy similar entre mujeres y
hombres. La actividad agraria y agroalimentaria es la principal fuente de empleo en
buena parte de estos municipios, y la relación entre la población activa agraria respecto
a la población activa total es más importante a nivel andaluz que nacional.
Las mujeres suponen el 25,5 % de las personas ocupadas en el sector agrario y
pesquero y, a pesar de que en las cooperativas agroalimentarias el número de mujeres
socias es prácticamente igual al de hombres, su participación en las asambleas es
bastante inferior, un 31 %. En el ámbito pesquero, las mujeres ocupadas rozan el 19 %,
con claras diferencias entre el sector productor, una actividad todavía ampliamente
masculinizada, donde suponen el 2 % del empleo. Sin embargo, en la industria de
transformación y el comercio al por mayor, este colectivo alcanza el 52 % y el 25 % del
empleo respectivamente. Las mujeres cuentan también en este sector con poca
representación en los puestos de dirección y en los órganos de decisión de las
principales entidades asociadas al sector pesquero.
Por otra parte, el envejecimiento de la población, el retroceso de la actividad y la
búsqueda de servicios básicos son algunas causas de la despoblación y la movilización
de las mujeres hacia otros ámbitos territoriales, lo que tiene un impacto negativo no solo
en el mercado de trabajo, sino también en la estructura social, suponiendo un reto
demográfico sobre el que es necesario actuar.
Aún son muchos los retos y las dificultades a los que se enfrentan las mujeres que
trabajan en los sectores agrario, agroalimentario y pesquero. Por ello, es necesario
asegurar que las generaciones futuras se sientan atraídas por la actividad que se
desarrolla en estos sectores, así como reconocer la aportación femenina al desarrollo
sostenible de la agricultura, la ganadería y la pesca, con el fin de eliminar todas las
barreras estructurales, económicas, administrativas y sociales que hacen más difícil su
representación en condiciones de igualdad, garantizando las mismas oportunidades
cve: BOE-A-2024-25455
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Núm. 294