Ministerio de Transportes y Movilidad SostenibleV. Anuncios. - B. Otros anuncios oficiales. Comunidad de Madrid. Convenio. (BOE-B-2024-44724)
Extracto de la Orden Ministerial de 29 de noviembre de 2024 por la que se aprueba la tercera convocatoria de subvenciones en concurrencia no competitiva del Eco-incentivo para el impulso del transporte ferroviario de mercancías basado en el mérito ambiental y socioeconómico, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia -financiado por la Unión Europea- NextGenerationEU correspondiente al periodo de elegibilidad 2024.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 294
Viernes 6 de diciembre de 2024
Sec. V-B. Pág. 69856
V. Anuncios
B. Otros anuncios oficiales
MINISTERIO DE TRANSPORTES Y MOVILIDAD SOSTENIBLE
44724
Extracto de la Orden Ministerial de 29 de noviembre de 2024 por la que
se aprueba la tercera convocatoria de subvenciones en concurrencia no
competitiva del Eco-incentivo para el impulso del transporte ferroviario
de mercancías basado en el mérito ambiental y socioeconómico, en el
marco de l Plan de Re cupe ración, Transformación y Re silie ncia financiado por la Unión Europea- NextGenerationEU correspondiente al
periodo de elegibilidad 2024.
BDNS(Identif.):800574
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/
2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la
convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional
de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/
800574)
Primero. Beneficiarios.
Podrán tener la condición de beneficiarios todas aquellas personas físicas o
jurídicas establecidas en un Estado miembro de la Unión Europea legalmente
autorizadas para realizar transporte ferroviario de mercancías en España.
Segundo. Objeto.
El objeto de la Orden Ministerial de 29 de noviembre de 2024 es aprobar la
tercera convocatoria para la concesión de subvenciones, en régimen de
concurrencia no competitiva, del eco-incentivo para el impulso del transporte
ferroviario de mercancías basado en el mérito ambiental y socioeconómico, en el
marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, para el periodo de
elegibilidad 2024, por tramitación anticipada para el ejercicio presupuestario 2025.
Tercero. Bases reguladoras.
Las bases reguladoras de estas subvenciones están recogidas en la Orden
TMA/371/2022, de 21 de abril, por la que se aprueban las bases reguladoras para
la concesión de subvenciones en concurrencia no competitiva del eco-incentivo
para el impulso del transporte ferroviario de mercancías basado en el mérito
ambiental y socioeconómico, en el marco del Plan de Recuperación,
Transformación y Resiliencia, y se aprueba y publica la convocatoria
correspondiente al periodo de elegibilidad 2022.
La cuantía total máxima de las subvenciones a conceder en el marco de la
presente convocatoria es inicialmente de 23.512.734,21 euros, sin perjuicio de la
posibilidad de ampliar la cuantía en función de los créditos disponibles, sin
necesidad de una nueva convocatoria, de acuerdo con lo establecido en el artículo
62.3 del Real Decreto-ley 36/2020, de 30 de diciembre.
La convocatoria se aprueba por el sistema de tramitación anticipada con cargo
al ejercicio presupuestario 2025. De acuerdo con la Regla 43 de la Instrucción de
Operatoria Contable a seguir en la ejecución del gasto de la Administración
cve: BOE-B-2024-44724
Verificable en https://www.boe.es
Cuarto. Cuantía.
Núm. 294
Viernes 6 de diciembre de 2024
Sec. V-B. Pág. 69856
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MINISTERIO DE TRANSPORTES Y MOVILIDAD SOSTENIBLE
44724
Extracto de la Orden Ministerial de 29 de noviembre de 2024 por la que
se aprueba la tercera convocatoria de subvenciones en concurrencia no
competitiva del Eco-incentivo para el impulso del transporte ferroviario
de mercancías basado en el mérito ambiental y socioeconómico, en el
marco de l Plan de Re cupe ración, Transformación y Re silie ncia financiado por la Unión Europea- NextGenerationEU correspondiente al
periodo de elegibilidad 2024.
BDNS(Identif.):800574
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/
2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la
convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional
de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/
800574)
Primero. Beneficiarios.
Podrán tener la condición de beneficiarios todas aquellas personas físicas o
jurídicas establecidas en un Estado miembro de la Unión Europea legalmente
autorizadas para realizar transporte ferroviario de mercancías en España.
Segundo. Objeto.
El objeto de la Orden Ministerial de 29 de noviembre de 2024 es aprobar la
tercera convocatoria para la concesión de subvenciones, en régimen de
concurrencia no competitiva, del eco-incentivo para el impulso del transporte
ferroviario de mercancías basado en el mérito ambiental y socioeconómico, en el
marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, para el periodo de
elegibilidad 2024, por tramitación anticipada para el ejercicio presupuestario 2025.
Tercero. Bases reguladoras.
Las bases reguladoras de estas subvenciones están recogidas en la Orden
TMA/371/2022, de 21 de abril, por la que se aprueban las bases reguladoras para
la concesión de subvenciones en concurrencia no competitiva del eco-incentivo
para el impulso del transporte ferroviario de mercancías basado en el mérito
ambiental y socioeconómico, en el marco del Plan de Recuperación,
Transformación y Resiliencia, y se aprueba y publica la convocatoria
correspondiente al periodo de elegibilidad 2022.
La cuantía total máxima de las subvenciones a conceder en el marco de la
presente convocatoria es inicialmente de 23.512.734,21 euros, sin perjuicio de la
posibilidad de ampliar la cuantía en función de los créditos disponibles, sin
necesidad de una nueva convocatoria, de acuerdo con lo establecido en el artículo
62.3 del Real Decreto-ley 36/2020, de 30 de diciembre.
La convocatoria se aprueba por el sistema de tramitación anticipada con cargo
al ejercicio presupuestario 2025. De acuerdo con la Regla 43 de la Instrucción de
Operatoria Contable a seguir en la ejecución del gasto de la Administración
cve: BOE-B-2024-44724
Verificable en https://www.boe.es
Cuarto. Cuantía.