Consejo General Del Poder Judicial. III. Otras disposiciones. Tribunal Supremo. (BOE-A-2024-25499)
Acuerdo de 19 de noviembre de 2024, de la Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial, por el que se publica el Acuerdo de 28 de octubre de 2024, de la Sala de Gobierno del Tribunal Supremo, relativo a la composición y funcionamiento de las salas y secciones del Tribunal Supremo y asignación de ponencias para el año judicial 2025.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 294

Viernes 6 de diciembre de 2024
Regla segunda.

Sec. III. Pág. 166183

Reparto de asuntos entre las Secciones de la Sala Tercera.

1. El reparto de asuntos entre las distintas Secciones de la Sala Tercera tendrá
lugar del siguiente modo:
Sección Primera (de Admisión):
1.
2.
3.
4.
5.

Admisión de recursos de casación.
Recursos de queja.
Cuestiones de competencia.
Demandas de revisión de sentencias firmes.
Demandas de declaración de error judicial.

Todos los asuntos competencia de las diversas Secciones en que se distribuye la
Sala Tercera del Tribunal Supremo se registrarán en la Sección Primera, dándose cuenta
y trasladándose a la mayor brevedad a la Sección correspondiente para su
enjuiciamiento.
Sección Segunda:
Primero. Recursos en única instancia, recursos de casación y cuestiones de
ilegalidad que se refieran a actos o disposiciones generales en las materias que a
continuación se detallan: tributos, precios públicos y, en general, cualesquiera otros
ingresos de Derecho público, de todas las Administraciones públicas y de sus
Organismos autónomos.
Esta regla de atribución a la Sección Segunda será asimismo aplicable en recursos
sobre otras materias cuando la única cuestión controvertida en el pleito, en el grado en
que se encuentre ante el Tribunal Supremo, verse sobre la interpretación y aplicación de
normas de Derecho Tributario.
Sección Tercera:
Primero. Recursos en única instancia, recursos de casación, y cuestiones de
ilegalidad que se refieran a actos o disposiciones generales en las materias siguientes:
1. Defensa de la competencia.
2. Telecomunicaciones y Comunicación Audiovisual.
3. Subvenciones y ayudas públicas, cualquiera que sea la Administración
concedente.

1.
2.
3.
4.
5.
6.

Economía, Comercio y Empresa.
Transportes y Movilidad Sostenible.
Industria y Turismo.
Para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico.
Hacienda.
Vivienda y Agenda Urbana.

cve: BOE-A-2024-25499
Verificable en https://www.boe.es

Segundo. Recursos en única instancia, recursos de casación y cuestiones de
ilegalidad que se refieran a actos o disposiciones generales que emanen de alguno de
los Ministerios que a continuación se relacionan, de las Consejerías de las Comunidades
Autónomas con iguales o similares competencias, cualquiera que fuere su
denominación, o de las Corporaciones o Instituciones públicas vinculadas o
dependientes de unos u otras: