Ministerio de Defensa. II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. Cuerpo de Ingenieros Técnicos de Arsenales de la Armada. (BOE-A-2024-25348)
Resolución 400/38505/2024, de 26 de noviembre, de la Subsecretaría, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre, en el Cuerpo de Ingenieros Técnicos de Arsenales de la Armada.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 5 de diciembre de 2024

Sec. II.B. Pág. 165290

http://www.defensa.gob.es/portalservicios, un breve currículum profesional de las
personas que formen parte de los órganos de selección, comprensivo de sus titulaciones
académicas y formación profesional más relevante, su destino actual y su experiencia
profesional previa.
9.11 El tribunal calificador podrá adoptar cuantas medidas, instrucciones o
resoluciones sean precisas para procurar la máxima descentralización en la realización
de los ejercicios que componen la fase de oposición del presente proceso selectivo.
Asimismo se habilita al tribunal calificador para establecer la forma y procedimientos
a seguir en el uso de medios electrónicos o telemáticos, incluidos los audiovisuales, para
el desarrollo descentralizado de las pruebas selectivas o de alguna de sus fases.
10.

Relaciones con la ciudadanía

10.1 A efectos de comunicaciones y demás incidencias el Tribunal tendrá su sede en la
Sección de Personal Civil de la Subdirección de Gestión de Personal del Cuartel General de
la Armada, calle Juan de Mena, número 1, 28014 Madrid, dirección de correo electrónico
pcsubdigperar@mde.es, teléfono 91 3795074 y número de fax 91 3795381.
10.2 En todo caso, solo tendrán efectos jurídicos las comunicaciones remitidas por
los medios de notificación previstos en estas bases.
La presentación de la documentación y, en su caso, subsanación o impugnación de
las actuaciones, deberá hacerse a través de medios electrónicos.
10.3 La información sobre este proceso selectivo se podrá consultar en la página
web del Ministerio de Defensa http://defensa.gob.es/portalservicios, así como en la
página web http://administracion.gob.es.
10.4 La presentación a la presente convocatoria supone la conformidad de la persona
aspirante con la publicación de las calificaciones obtenidas en las diferentes pruebas.
11. Certificado de servicios para la fase de concurso y publicación de valoración de méritos
11.1 Finalizada la fase de oposición, las personas aspirantes que la hubieran
superado, dispondrán de un plazo de veinte días hábiles para presentar la
documentación a valorar en la fase de concurso.
Para la valoración de los méritos profesionales deberán aportar certificación
expedida por los servicios de personal de los Centros de trabajo u Organismos donde
presten o, en su caso, hayan prestado sus servicios, según modelo que figura como
anexo V. Cuando se trate de servicios ajenos a la Administración General del Estado, en
todo caso la certificación a aportar, expedida por el cargo competente en el modelo de
que se trate, deberá acreditar, de forma fehaciente, tanto el tiempo de servicios prestado
como las tareas desarrolladas durante el mismo.
Los demás méritos a valorar se acreditarán mediante copia auténtica.
11.2 Para la valoración como «méritos profesionales» de los años de servicios
como militar profesional, se deberá acreditar que los servicios prestados, aptitudes, o
titulaciones, adquiridas como militar, guardan relación con las funciones
correspondientes a la plaza a la que se opta, de acuerdo con la normativa vigente en
materia de especialidades fundamentales de las Fuerzas Armadas.
A tales efectos, por las Direcciones de Personal del Ejército de Tierra, de la Armada y del
Ejército del Aire se expedirá certificación a las personas interesadas, relativa al cumplimiento
de estos requisitos, conforme al anexo V de esta convocatoria. En este certificado se
reflejará, en el apartado A) del anexo, la especialidad o, en su caso, especialidades militares
profesionales en las que se han prestado dichos servicios y los tiempos.
11.3 La no presentación de la certificación y la documentación citada en los
apartados anteriores, en el plazo señalado, supondrá la no valoración al aspirante de la
fase de concurso.
11.4 El Tribunal calificador publicará en el lugar o lugares de celebración de la fase
de oposición y en la sede del Tribunal, la relación que contenga la valoración provisional

cve: BOE-A-2024-25348
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Núm. 293