Ministerio de Defensa. II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. Cuerpo de Oficiales de Arsenales de la Armada. (BOE-A-2024-25351)
Resolución 400/38500/2024, de 25 de noviembre, de la Subsecretaría, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre, en el Cuerpo de Oficiales de Arsenales de la Armada.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 5 de diciembre de 2024
8.
Sec. II.B. Pág. 165369
Solicitudes
8.1 De acuerdo con el Real Decreto 203/2021, de 30 de marzo, por el que se
aprueba el Reglamento de actuación y funcionamiento del sector público por medios
electrónicos, las personas aspirantes deberán realizar la presentación de la instancia por
medios electrónicos a través del servicio de Inscripción en Pruebas Selectivas (IPS) del
Punto de Acceso General, siguiendo las instrucciones que se indican a continuación, y
en el anexo IV de la presente convocatoria.
8.2 Los sistemas de identificación y firma admitidos para realizar la inscripción
serán los que determine el servicio de IPS.
8.3 Para participar en estas pruebas selectivas se deberá cumplimentar y presentar
electrónicamente la solicitud de admisión en el modelo oficial 790, que estará disponible en el
Punto de Acceso General (https://ips.redsara.es/IPSC/secure/buscarConvocatorias).
8.4 Las personas interesadas dispondrán de un plazo de presentación de veinte
días hábiles contados a partir del día siguiente al de la fecha de publicación de esta
convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado».
La no presentación de la solicitud en tiempo y forma determinará la exclusión de la
persona aspirante.
8.5 El abono de los derechos de examen o, en su caso, la justificación de la
concurrencia de alguna de las causas de exención total o parcial del mismo deberá
hacerse dentro del plazo de presentación de solicitudes. En caso contrario se procederá
a la exclusión de la persona aspirante. No procederá la devolución de los derechos de
examen en los supuestos de exclusión por causa imputable a las personas aspirantes.
Las personas aspirantes que estén exentas del pago de la tasa o tengan derecho a
la reducción de esta, deberán acompañar a la solicitud la documentación acreditativa
indicada en la base específica 8.10.2. No será necesario presentar esta documentación
si la persona interesada consiente en la solicitud el acceso a la Plataforma de
Intermediación de Datos.
8.6 En ningún caso, el pago de la tasa de los derechos de examen o la justificación
de la concurrencia de alguna de las causas de su exención total o parcial supondrá la
sustitución del trámite de presentación en tiempo y forma de la solicitud de participación
en el proceso selectivo.
8.7 Si una incidencia técnica debidamente acreditada imposibilitara el
funcionamiento ordinario de los sistemas, el órgano convocante podrá acordar la
ampliación del plazo de presentación de solicitudes o la cumplimentación y presentación
sustitutoria.
8.8 Las personas aspirantes sólo podrán presentar una solicitud para uno de los
programas y cupos previstos en el presente proceso selectivo.
Finalizado el plazo de presentación de solicitudes no se admitirán cambios de
programa ni de cupo de participación. En caso de que, dentro del plazo de presentación
de solicitudes, una misma persona interesada presente más de una solicitud, únicamente
se tendrá en cuenta la última de las presentadas.
8.9 De acuerdo con la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de
datos personales y garantía de los derechos digitales, a continuación se recoge la
información básica al respecto:
Responsable: Ministerio de Defensa. (DPD) Paseo de la Castellana, 109, 28071
Madrid.
Correo: funcionariosoferta@mde.es
Delegado de Protección de datos: dpd@mde.es
Finalidad: Gestión de procesos selectivos de personal funcionario.
Legitimación: Artículo 8 de la citada Ley.
Destinatarios: Los datos de identidad de las personas aspirantes (nombre, apellidos y
cuatro caracteres del NIF) serán publicados en la página web del Ministerio de Defensa y
en el punto de acceso general www.administracion.gob.es, en la forma que determina la
disposición adicional séptima de la mencionada Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre.
cve: BOE-A-2024-25351
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 293
Jueves 5 de diciembre de 2024
8.
Sec. II.B. Pág. 165369
Solicitudes
8.1 De acuerdo con el Real Decreto 203/2021, de 30 de marzo, por el que se
aprueba el Reglamento de actuación y funcionamiento del sector público por medios
electrónicos, las personas aspirantes deberán realizar la presentación de la instancia por
medios electrónicos a través del servicio de Inscripción en Pruebas Selectivas (IPS) del
Punto de Acceso General, siguiendo las instrucciones que se indican a continuación, y
en el anexo IV de la presente convocatoria.
8.2 Los sistemas de identificación y firma admitidos para realizar la inscripción
serán los que determine el servicio de IPS.
8.3 Para participar en estas pruebas selectivas se deberá cumplimentar y presentar
electrónicamente la solicitud de admisión en el modelo oficial 790, que estará disponible en el
Punto de Acceso General (https://ips.redsara.es/IPSC/secure/buscarConvocatorias).
8.4 Las personas interesadas dispondrán de un plazo de presentación de veinte
días hábiles contados a partir del día siguiente al de la fecha de publicación de esta
convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado».
La no presentación de la solicitud en tiempo y forma determinará la exclusión de la
persona aspirante.
8.5 El abono de los derechos de examen o, en su caso, la justificación de la
concurrencia de alguna de las causas de exención total o parcial del mismo deberá
hacerse dentro del plazo de presentación de solicitudes. En caso contrario se procederá
a la exclusión de la persona aspirante. No procederá la devolución de los derechos de
examen en los supuestos de exclusión por causa imputable a las personas aspirantes.
Las personas aspirantes que estén exentas del pago de la tasa o tengan derecho a
la reducción de esta, deberán acompañar a la solicitud la documentación acreditativa
indicada en la base específica 8.10.2. No será necesario presentar esta documentación
si la persona interesada consiente en la solicitud el acceso a la Plataforma de
Intermediación de Datos.
8.6 En ningún caso, el pago de la tasa de los derechos de examen o la justificación
de la concurrencia de alguna de las causas de su exención total o parcial supondrá la
sustitución del trámite de presentación en tiempo y forma de la solicitud de participación
en el proceso selectivo.
8.7 Si una incidencia técnica debidamente acreditada imposibilitara el
funcionamiento ordinario de los sistemas, el órgano convocante podrá acordar la
ampliación del plazo de presentación de solicitudes o la cumplimentación y presentación
sustitutoria.
8.8 Las personas aspirantes sólo podrán presentar una solicitud para uno de los
programas y cupos previstos en el presente proceso selectivo.
Finalizado el plazo de presentación de solicitudes no se admitirán cambios de
programa ni de cupo de participación. En caso de que, dentro del plazo de presentación
de solicitudes, una misma persona interesada presente más de una solicitud, únicamente
se tendrá en cuenta la última de las presentadas.
8.9 De acuerdo con la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de
datos personales y garantía de los derechos digitales, a continuación se recoge la
información básica al respecto:
Responsable: Ministerio de Defensa. (DPD) Paseo de la Castellana, 109, 28071
Madrid.
Correo: funcionariosoferta@mde.es
Delegado de Protección de datos: dpd@mde.es
Finalidad: Gestión de procesos selectivos de personal funcionario.
Legitimación: Artículo 8 de la citada Ley.
Destinatarios: Los datos de identidad de las personas aspirantes (nombre, apellidos y
cuatro caracteres del NIF) serán publicados en la página web del Ministerio de Defensa y
en el punto de acceso general www.administracion.gob.es, en la forma que determina la
disposición adicional séptima de la mencionada Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre.
cve: BOE-A-2024-25351
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 293