Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones. II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. Cuerpo Superior de Técnicos de la Administración de la Seguridad Social. (BOE-A-2024-25362)
Resolución de 29 de noviembre de 2024, de la Subsecretaría, por la que se convocan procesos selectivos para ingreso, por el sistema general de acceso libre y promoción interna, en el Cuerpo Superior de Técnicos de la Administración de la Seguridad Social.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 293

Jueves 5 de diciembre de 2024

Sec. II.B. Pág. 165573

prevista para el correspondiente ejercicio, podrán conservar dicha nota para la
convocatoria inmediatamente siguiente, siempre y cuando el contenido del temario y la
forma de calificación de los ejercicios en los que se ha conservado la nota sean
análogos.
1.2

Fase de curso selectivo y período de prácticas.

Las personas aspirantes que superen la fase de oposición serán nombradas
funcionarios en prácticas por la autoridad convocante, debiendo realizar el curso
selectivo correspondiente a la segunda fase del proceso de selección.
El curso selectivo comenzará en el plazo máximo de un mes a partir de la publicación
en el «Boletín Oficial del Estado» de la lista definitiva de aprobados.
La Subsecretaría de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones dictará Resolución
para regular su desarrollo y contenido, estableciendo en la misma la fecha de inicio y
lugar de realización.
En el curso selectivo se impartirá un conjunto de materias relacionadas con las
funciones propias del Cuerpo Superior de Técnicos de la Administración de la Seguridad
Social e incluirá un módulo sobre diversidad sexual y otro sobre igualdad de género.
De conformidad con el Real Decreto 656/2024, de 2 de julio, por el que se aprueba la
oferta de empleo público correspondiente al ejercicio 2024, el curso selectivo y periodo
de prácticas no podrán tener una duración superior a seis meses en su conjunto.
Al finalizar el curso selectivo, las personas aspirantes serán evaluadas por la
Subsecretaría de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones de acuerdo con los informes
emitidos por los responsables de las unidades en que se realice el citado curso. La
calificación será de apto o no apto.
Finalizado el curso selectivo y el período de prácticas las personas aspirantes que
los hubieran superado permanecerán realizando prácticas hasta la fecha de
nombramiento en el «Boletín Oficial del Estado». No obstante, las personas aspirantes
que hubieran optado por percibir las retribuciones del puesto de origen regresarán al
mismo hasta la publicación de los nombramientos.
Quienes no pudieran realizar el curso selectivo por causa de fuerza mayor
debidamente justificada y apreciada por la Administración, podrán incorporarse al
inmediatamente posterior, intercalándose en el lugar que les corresponda de acuerdo
con la puntuación obtenida. La coincidencia de dos cursos selectivos o periodos de
prácticas en el tiempo no será considerada causa de fuerza mayor, debiendo el aspirante
optar por realizar un curso selectivo u otro.
La Resolución que regule el contenido, desarrollo, duración y modo de evaluación del
curso selectivo podrá considerar no lectivo el mes de agosto.
Calificación final.

La calificación final en el proceso selectivo de las personas aspirantes de acceso
libre que hayan superado el curso selectivo vendrá determinada por la puntuación
obtenida en la fase de oposición, ordenándose según el orden de prelación resultante de
la suma total de sus calificaciones.
La Secretaría de Estado de Función Pública nombrará funcionarios de carrera y
asignará destino inicial a las personas aspirantes que hayan superado el proceso
selectivo, conforme al art. 3.21 del Real Decreto 656/2024, de 2 de julio por el que se
aprueba la oferta de empleo público correspondiente al ejercicio 2024.

cve: BOE-A-2024-25362
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1.3