Ministerio de Trabajo y Economía Social. III. Otras disposiciones. Comunitat Valenciana. Convenio. (BOE-A-2024-25438)
Resolución de 25 de noviembre de 2024, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica la Adenda de modificación al Convenio entre el Servicio Público de Empleo Estatal, O.A., y la Universidad Jaume I de Castellón, para el desarrollo de programas de cooperación educativa.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 293
Jueves 5 de diciembre de 2024
Sec. III. Pág. 165968
publicado mediante Resolución de 26 de septiembre de 2022, de la Secretaría General
Técnica del Ministerio de Trabajo y Economía Social en el «Boletín Oficial del Estado»
de 4 de octubre de 2022. Dicho convenio tiene por objeto establecer las condiciones en
las que estudiantes menores de 28 años de la Universidad realizarán, en las
dependencias del SEPE, un programa de prácticas curriculares externas así como del
TFG o el TFM de cualquier enseñanza impartida por la Universidad, tanto oficiales como
propias, según las condiciones particulares de cada modalidad establecidas en el
correspondiente programa formativo, de conformidad con lo dispuesto en el Real
Decreto 592/2014, de 11 de julio, por el que se regulan las prácticas académicas
externas de los estudiantes universitarios.
Segundo.
El Real Decreto-ley 2/2023, de 16 de marzo, de medidas urgentes para la ampliación
de derechos de los pensionistas, la reducción de la brecha de género y el
establecimiento de un nuevo marco de sostenibilidad del sistema público de pensiones
en su artículo único apartado 34 añade al texto refundido de la Ley General de la
Seguridad Social, aprobado por el Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre,
una nueva disposición adicional quincuagésima segunda, que determina la inclusión, y
los términos de esta, en el sistema de la Seguridad Social de alumnos que realicen
prácticas formativas o prácticas académicas externas incluidas en programas de
formación, que incluyen las realizadas por alumnos universitarios y de formación
profesional. El Real Decreto-ley 2/2023, de 16 de marzo, antes citado, en su disposición
derogatoria apartado 2, deroga la disposición adicional quinta del Real Decretoley 28/2018, de 28 de diciembre, para la revalorización de las pensiones públicas y otras
medidas urgentes en materia social, laboral y de empleo, que regulaba esta materia.
Tercero.
Que el Real Decreto-ley 5/2023, de 28 de junio, por el que se adoptan y prorrogan
determinadas medidas de respuesta a las consecuencias económicas y sociales de la
Guerra de Ucrania, de apoyo a la reconstrucción de la isla de La Palma y a otras
situaciones de vulnerabilidad; de transposición de Directivas de la Unión Europea en
materia de modificaciones estructurales de sociedades mercantiles y conciliación de la
vida familiar y la vida profesional de los progenitores y los cuidadores; y de ejecución y
cumplimiento del Derecho de la Unión Europea, modifica la disposición final décima del
anteriormente mencionado Real Decreto-ley 2/2023, estableciendo que la nueva
disposición adicional quincuagésima segunda del texto refundido de la Ley General de la
Seguridad Social entrará en vigor el 1 de enero de 2024 en lugar de entrar en vigor el 1
de octubre de 2023 como establecía el texto inicial de la mencionada disposición final
décima. Esta disposición, en su apartado 2, establece que las personas que realicen las
prácticas a que se refiere su apartado 1, quedaran comprendidas como asimiladas a
trabajadores por cuenta ajena en el Régimen General de la Seguridad Social, y en su
apartado 3 establece el campo de acción protectora.
La cláusula segunda, en su apartado E sobre aseguramiento de los alumnos en
prácticas del convenio dispone que:
Todos los estudiantes de la Universidad que estén matriculados en alguna de sus
enseñanzas, oficiales o propias, están cubiertos por un seguro de responsabilidad civil.
Durante la realización de las prácticas académicas curriculares, los alumnos en
prácticas, menores de 28 años, españoles o extranjeros con residencia legal en España,
debidamente matriculados en enseñanzas oficiales de los respectivos centros de la
Universidad, que hayan abonado la cuota y acrediten los restantes elementos que exige la
cve: BOE-A-2024-25438
Verificable en https://www.boe.es
Cuarto.
Núm. 293
Jueves 5 de diciembre de 2024
Sec. III. Pág. 165968
publicado mediante Resolución de 26 de septiembre de 2022, de la Secretaría General
Técnica del Ministerio de Trabajo y Economía Social en el «Boletín Oficial del Estado»
de 4 de octubre de 2022. Dicho convenio tiene por objeto establecer las condiciones en
las que estudiantes menores de 28 años de la Universidad realizarán, en las
dependencias del SEPE, un programa de prácticas curriculares externas así como del
TFG o el TFM de cualquier enseñanza impartida por la Universidad, tanto oficiales como
propias, según las condiciones particulares de cada modalidad establecidas en el
correspondiente programa formativo, de conformidad con lo dispuesto en el Real
Decreto 592/2014, de 11 de julio, por el que se regulan las prácticas académicas
externas de los estudiantes universitarios.
Segundo.
El Real Decreto-ley 2/2023, de 16 de marzo, de medidas urgentes para la ampliación
de derechos de los pensionistas, la reducción de la brecha de género y el
establecimiento de un nuevo marco de sostenibilidad del sistema público de pensiones
en su artículo único apartado 34 añade al texto refundido de la Ley General de la
Seguridad Social, aprobado por el Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre,
una nueva disposición adicional quincuagésima segunda, que determina la inclusión, y
los términos de esta, en el sistema de la Seguridad Social de alumnos que realicen
prácticas formativas o prácticas académicas externas incluidas en programas de
formación, que incluyen las realizadas por alumnos universitarios y de formación
profesional. El Real Decreto-ley 2/2023, de 16 de marzo, antes citado, en su disposición
derogatoria apartado 2, deroga la disposición adicional quinta del Real Decretoley 28/2018, de 28 de diciembre, para la revalorización de las pensiones públicas y otras
medidas urgentes en materia social, laboral y de empleo, que regulaba esta materia.
Tercero.
Que el Real Decreto-ley 5/2023, de 28 de junio, por el que se adoptan y prorrogan
determinadas medidas de respuesta a las consecuencias económicas y sociales de la
Guerra de Ucrania, de apoyo a la reconstrucción de la isla de La Palma y a otras
situaciones de vulnerabilidad; de transposición de Directivas de la Unión Europea en
materia de modificaciones estructurales de sociedades mercantiles y conciliación de la
vida familiar y la vida profesional de los progenitores y los cuidadores; y de ejecución y
cumplimiento del Derecho de la Unión Europea, modifica la disposición final décima del
anteriormente mencionado Real Decreto-ley 2/2023, estableciendo que la nueva
disposición adicional quincuagésima segunda del texto refundido de la Ley General de la
Seguridad Social entrará en vigor el 1 de enero de 2024 en lugar de entrar en vigor el 1
de octubre de 2023 como establecía el texto inicial de la mencionada disposición final
décima. Esta disposición, en su apartado 2, establece que las personas que realicen las
prácticas a que se refiere su apartado 1, quedaran comprendidas como asimiladas a
trabajadores por cuenta ajena en el Régimen General de la Seguridad Social, y en su
apartado 3 establece el campo de acción protectora.
La cláusula segunda, en su apartado E sobre aseguramiento de los alumnos en
prácticas del convenio dispone que:
Todos los estudiantes de la Universidad que estén matriculados en alguna de sus
enseñanzas, oficiales o propias, están cubiertos por un seguro de responsabilidad civil.
Durante la realización de las prácticas académicas curriculares, los alumnos en
prácticas, menores de 28 años, españoles o extranjeros con residencia legal en España,
debidamente matriculados en enseñanzas oficiales de los respectivos centros de la
Universidad, que hayan abonado la cuota y acrediten los restantes elementos que exige la
cve: BOE-A-2024-25438
Verificable en https://www.boe.es
Cuarto.