Universidades. II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. Cuerpos docentes universitarios. (BOE-A-2024-25396)
Resolución de 22 de noviembre de 2024, de la Universidad de Castilla-La Mancha, por la que se convoca concurso de acceso a cuerpos docentes universitarios.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 5 de diciembre de 2024
Sec. II.B. Pág. 165642
c) Estar acreditado/a de acuerdo con lo establecido en el Real Decreto 678/2023,
de 18 de julio, o en el Real Decreto 1312/2007, de 5 de octubre, modificado por el Real
Decreto 415/2015, de 29 de mayo.
d) En el caso de plazas incluidas en alguna de las reservas previstas en la ley, se
deberá estar en posesión del requisito correspondiente, que se indicará en la
convocatoria.
e) A los efectos del acceso del profesorado de la Unión Europea, y de acuerdo con
lo dispuesto en el artículo 88 de la LOSU, podrá presentarse el profesorado de
universidades de Estados miembros de la Unión Europea que haya alcanzado una
posición equivalente a la de Profesor/a Titular de Universidad, de acuerdo con la
certificación emitida por la Agencia Nacional de Evaluación y Acreditación, a solicitud del
interesado/a. En esos casos, el nivel de conocimiento del idioma español necesario para
el desempeño de su labor docente será estimado por la comisión encargada de resolver
el concurso.
f) En las plazas con perfil lingüístico bilingüe, será necesario acreditar como mínimo
el nivel B2 (salvo que en el anexo de plazas se indique otro nivel requerido superior) de
competencia lingüística del Marco Común Europeo de Referencia para las
Lenguas (MCER) que se especifique en la convocatoria en la lengua extranjera
correspondiente. El nivel se considerará acreditado a través de los cursos y
certificaciones asimilables emitidos por las entidades recogidas en la Resolución
de 20 de julio de 2021, de la UCLM, por la que se publica el Reglamento sobre
reconocimiento del dominio de una lengua extranjera para la obtención del título de
grado, de acreditación de una lengua extranjera para el acceso a estudios de máster
universitario que así lo requieran y sobre certificación del nivel MCERL de conocimiento
de lenguas extranjeras por la UCLM, o la normativa en vigor, sobre esta materia en la
UCLM, que se indicará en la convocatoria. La falta de esta acreditación será motivo de
exclusión de la persona aspirante.
3.2 El cumplimiento de los requisitos deberá estar referido a una fecha anterior al
vencimiento del plazo establecido para solicitar la participación en el concurso y
mantenerse una vez realizada la toma de posesión.
4.
Solicitudes
4.1 La presentación de la solicitud se realizará exclusivamente a través de la
aplicación de convocatorias de la UCLM disponible en la siguiente dirección: https://
convocatorias.rrhh.uclm.es/index.aspx?t=3.
4.2 Se debe presentar una única solicitud haciendo constar la plaza o plazas a las
que se opta. Cuando alguna de las personas participantes presentase en plazo más de
una solicitud, será tramitada exclusivamente la presentada en último lugar, siendo
anuladas de oficio las restantes.
4.3 El plazo para realizar la solicitud es de diez días hábiles, contados a partir del
día siguiente a la publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado».
4.4 Las personas aspirantes adjuntarán a su solicitud la documentación en formato
electrónico, escaneada, acreditando los requisitos de participación que se determinan en
la presente convocatoria y que se detallan más adelante.
4.5 Las notificaciones se practicarán en el lugar señalado a dichos efectos por las
personas aspirantes en sus solicitudes, siendo responsabilidad exclusiva de estos tanto
los errores en su consignación como la comunicación a la Administración de cualquier
cambio de dicho lugar a efectos de notificación.
4.6 Derechos de formación de expediente: La persona candidata no podrá
modificar las plazas solicitadas, una vez seleccionada la opción de pago. Tras
cumplimentar la solicitud de participación a través de la aplicación de gestión de
convocatorias, la persona aspirante podrá optar por realizar el pago de la tasa por
derechos de formación de expediente, para cada plaza a la que concurse, conforme al
cve: BOE-A-2024-25396
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 293
Jueves 5 de diciembre de 2024
Sec. II.B. Pág. 165642
c) Estar acreditado/a de acuerdo con lo establecido en el Real Decreto 678/2023,
de 18 de julio, o en el Real Decreto 1312/2007, de 5 de octubre, modificado por el Real
Decreto 415/2015, de 29 de mayo.
d) En el caso de plazas incluidas en alguna de las reservas previstas en la ley, se
deberá estar en posesión del requisito correspondiente, que se indicará en la
convocatoria.
e) A los efectos del acceso del profesorado de la Unión Europea, y de acuerdo con
lo dispuesto en el artículo 88 de la LOSU, podrá presentarse el profesorado de
universidades de Estados miembros de la Unión Europea que haya alcanzado una
posición equivalente a la de Profesor/a Titular de Universidad, de acuerdo con la
certificación emitida por la Agencia Nacional de Evaluación y Acreditación, a solicitud del
interesado/a. En esos casos, el nivel de conocimiento del idioma español necesario para
el desempeño de su labor docente será estimado por la comisión encargada de resolver
el concurso.
f) En las plazas con perfil lingüístico bilingüe, será necesario acreditar como mínimo
el nivel B2 (salvo que en el anexo de plazas se indique otro nivel requerido superior) de
competencia lingüística del Marco Común Europeo de Referencia para las
Lenguas (MCER) que se especifique en la convocatoria en la lengua extranjera
correspondiente. El nivel se considerará acreditado a través de los cursos y
certificaciones asimilables emitidos por las entidades recogidas en la Resolución
de 20 de julio de 2021, de la UCLM, por la que se publica el Reglamento sobre
reconocimiento del dominio de una lengua extranjera para la obtención del título de
grado, de acreditación de una lengua extranjera para el acceso a estudios de máster
universitario que así lo requieran y sobre certificación del nivel MCERL de conocimiento
de lenguas extranjeras por la UCLM, o la normativa en vigor, sobre esta materia en la
UCLM, que se indicará en la convocatoria. La falta de esta acreditación será motivo de
exclusión de la persona aspirante.
3.2 El cumplimiento de los requisitos deberá estar referido a una fecha anterior al
vencimiento del plazo establecido para solicitar la participación en el concurso y
mantenerse una vez realizada la toma de posesión.
4.
Solicitudes
4.1 La presentación de la solicitud se realizará exclusivamente a través de la
aplicación de convocatorias de la UCLM disponible en la siguiente dirección: https://
convocatorias.rrhh.uclm.es/index.aspx?t=3.
4.2 Se debe presentar una única solicitud haciendo constar la plaza o plazas a las
que se opta. Cuando alguna de las personas participantes presentase en plazo más de
una solicitud, será tramitada exclusivamente la presentada en último lugar, siendo
anuladas de oficio las restantes.
4.3 El plazo para realizar la solicitud es de diez días hábiles, contados a partir del
día siguiente a la publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado».
4.4 Las personas aspirantes adjuntarán a su solicitud la documentación en formato
electrónico, escaneada, acreditando los requisitos de participación que se determinan en
la presente convocatoria y que se detallan más adelante.
4.5 Las notificaciones se practicarán en el lugar señalado a dichos efectos por las
personas aspirantes en sus solicitudes, siendo responsabilidad exclusiva de estos tanto
los errores en su consignación como la comunicación a la Administración de cualquier
cambio de dicho lugar a efectos de notificación.
4.6 Derechos de formación de expediente: La persona candidata no podrá
modificar las plazas solicitadas, una vez seleccionada la opción de pago. Tras
cumplimentar la solicitud de participación a través de la aplicación de gestión de
convocatorias, la persona aspirante podrá optar por realizar el pago de la tasa por
derechos de formación de expediente, para cada plaza a la que concurse, conforme al
cve: BOE-A-2024-25396
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Núm. 293