Universidades. II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. Cuerpos docentes universitarios. (BOE-A-2024-25396)
Resolución de 22 de noviembre de 2024, de la Universidad de Castilla-La Mancha, por la que se convoca concurso de acceso a cuerpos docentes universitarios.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 293

Jueves 5 de diciembre de 2024

Sec. II.B. Pág. 165641

el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público,
y, en lo no previsto, por las disposiciones estatales que regulan el régimen general de
ingreso de las Administraciones Públicas.
2.

Publicación

2.1 La presente convocatoria se publicará en el «Boletín Oficial del Estado» y en el
«Diario Oficial de Castilla-La Mancha». Para el cómputo de plazos a efectos de la
presentación de solicitudes se tendrá en cuenta, la fecha de publicación en el «Boletín
Oficial del Estado».
2.2 El tiempo transcurrido entre la publicación de las listas definitivas de personas
admitidas y excluidas para los concursos de las plazas convocadas y la resolución del
concurso no podrá exceder de cuatro meses salvo en los supuestos de suspensión o
ampliación del plazo por impugnación u otras causas justificadas, a través de resolución
rectoral.
2.3 En aplicación del artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, las publicaciones de listas
provisionales y definitivas de personas admitidas y excluidas y propuestas de
nombramientos, de este procedimiento selectivo de concurrencia competitiva se llevarán a
cabo a través de la aplicación corporativa de convocatorias de la UCLM ubicada en la
página web institucional, en la dirección: https://convocatorias.rrhh.uclm.es/index.aspx?t=3.
3.

Requisitos y condiciones que deben reunir las personas aspirantes

3.1 Para ser admitidas a las presentes pruebas selectivas, las personas aspirantes
deberán reunir los siguientes requisitos:

a) Tener la nacionalidad española, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 57 del
Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto
refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.
b) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.
c) No exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa. Solo por ley
podrá establecerse otra edad máxima, distinta de la edad de jubilación forzosa, para el
acceso al empleo público.
d) No haber sido separado/a mediante expediente disciplinario del servicio de
cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o
estatutarios de las comunidades autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o
especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo
o escala de funcionario/a. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse
inhabilitado/a o en situación equivalente ni haber sido sometido/a a sanción disciplinaria
o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos, el acceso al empleo
público.
e) Tener un adecuado conocimiento de la lengua castellana. Dicho requisito, deberá
ser acreditado a lo largo del proceso selectivo para lo cual, la Comisión de Selección
correspondiente podrá establecer las pruebas específicas destinadas a verificar el
cumplimiento de este requisito.
Requisitos específicos:
a) Los establecidos por la legislación vigente y los Estatutos de la UCLM para los
cuerpos de funcionarios docentes universitarios.
b) La persona aspirante deberá hallarse en situación administrativa de servicio
activo, de servicios especiales o encontrarse en alguno de los supuestos de excedencia
que conlleve reserva de puesto de trabajo en una universidad pública del sistema
universitario español.

cve: BOE-A-2024-25396
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Requisitos generales: