Ministerio de Sanidad. II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. Personal estatutario de los servicios de salud. (BOE-A-2024-25357)
Resolución de 20 de noviembre de 2024, del Instituto Nacional de Gestión Sanitaria, por la que se convoca proceso selectivo, por el sistema de concurso, para acceso a la condición de personal estatutario fijo en plazas reservadas para el cupo de discapacidad de la categoría de Técnico/a Medio Sanitario en Cuidados Auxiliares de Enfermería.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 5 de diciembre de 2024

Sec. II.B. Pág. 165510

Administraciones Públicas, responsabilizándose las personas interesadas de la
veracidad de los mismos.
1.4 El Tribunal podrá requerir a las personas interesadas cualquier tipo de
aclaración sobre la documentación presentada. Si no fuera atendido el requerimiento, no
se valorará el mérito correspondiente.
1.5 El Tribunal solo podrá valorar o solicitar aclaración sobre los méritos
presentados dentro del plazo establecido para ello, por lo que no será objeto de
valoración, cualquier otro mérito, presentado fuera de dicho plazo. Asimismo, podrá
solicitar a la persona aspirante, copia traducida por traductor jurado respecto de los
méritos acreditados mediante documentos redactados en un idioma distinto al castellano.
1.6 Se publicarán las calificaciones definitivas del concurso, relacionando las
personas aspirantes que han superado el concurso de méritos por el orden de
puntuación alcanzado, con indicación del DNI o documento acreditativo de acuerdo con
lo dispuesto en la disposición adicional séptima de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de
diciembre, de Protección de Datos Personales y Garantía de los Derechos Digitales.
1.7 El Tribunal elevará las calificaciones finales de las personas aspirantes a la
Dirección del INGESA, quien mediante resolución las publicará en los medios
mencionados en esta convocatoria, estableciendo el procedimiento para la elección de
plazas, disponiendo las personas aspirantes de un plazo de diez días hábiles a contar
desde el día siguiente al de su publicación, para la petición de plaza y presentación ante
el INGESA, de la documentación que se señala en el anexo V a través de los registros a
que se refiere el artículo 16.4.a) de la Ley 39/2015 de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Las plazas se adjudicarán por el orden de puntuación alcanzada. En caso de empate
se resolverá a favor de quien lleve más tiempo ocupando plaza en la misma categoría en
el INGESA a la fecha de publicación de la convocatoria; de persistir el empate, en quien
lleve más tiempo de servicios prestados en la misma categoría en el INGESA; de
continuar el empate se dirimirá atendiendo a quien lleve más tiempo de servicios
prestados en la misma categoría u homóloga en el Sistema Nacional de Salud.
Finalmente, de persistir, se dirimirá atendiendo a la que para el año 2024 establece el
orden de actuación de las personas aspirantes que es la letra «V» (Resolución de 25 de
julio de 2024, de la Secretaría de Estado de Función Pública (BOE del 31).
1.8 Perderán los derechos derivados de su participación en las pruebas selectivas:
a) Las personas aspirantes que, habiendo superado el proceso selectivo, no
presenten la documentación requerida en el anexo V en el plazo previsto para ello.
b) Las personas aspirantes que no soliciten plaza en la fecha y conforme al
procedimiento que se establezca.
c) Las personas aspirantes a los que, por la puntuación alcanzada, no corresponda
plaza alguna de entre las convocadas.
d) Las personas aspirantes que no tomen posesión de la plaza adjudicada en el
plazo establecido para ello, salvo causa de fuerza mayor.
1.9 No obstante lo anterior y de conformidad con el artículo 61.8 del Real
Decreto 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del
Estatuto Básico del Empleado Público, con el fin de asegurar la cobertura de las plazas
convocadas, cuando se produzcan renuncias de las personas aspirantes seleccionadas,
antes de su nombramiento o toma de posesión, el órgano convocante podrá requerir del
Tribunal Calificador relación complementaria de las personas aspirantes que sigan a los
propuestas, para su posible nombramiento como personal estatutario fijo.
Asimismo, también se podrá solicitar dicha relación complementaria de personas
aspirantes, en los supuestos en los que se compruebe que las inicialmente propuestas,
carecen de los requisitos establecidos para el desempeño de la plaza, o no presenten la
documentación requerida para su nombramiento, o no tomen posesión de la plaza
adjudicada en el plazo establecido para ello, salvo causa de fuerza mayor.

cve: BOE-A-2024-25357
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Núm. 293