Ministerio de La Presidencia, Justicia y Relaciones Con Las Cortes. III. Otras disposiciones. Registro Civil. Gestión informatizada. (BOE-A-2024-25410)
Resolución de 18 de noviembre de 2024, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, por la que se acuerda la entrada en servicio efectiva de la aplicación informática Dicireg en las Oficinas del Registro Civil del Partido Judicial de Almazán, para el funcionamiento de las mismas conforme a las previsiones contenidas en la Ley 20/2011, de 21 de julio, del Registro Civil.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 293
Jueves 5 de diciembre de 2024
Sec. III. Pág. 165804
dar el siguiente paso en esta puesta en marcha del nuevo modelo y, tras llevar a cabo las
tareas preparatorias y de formación correspondientes en estos meses anteriores,
acordar la entrada en servicio de DICIREG en la Oficina General del Registro Civil de
Almazán y en las oficinas colaboradoras del Registro Civil pertenecientes a su partido
judicial de Adradas, Alcubilla de las Peñas, Alentisque, Almaluez, Alpanseque, Arcos de
Jalón, Arenillas, Baraona, Barca, Barcones, Bayubas de Abajo, Bayubas de Arriba,
Berlanga de Duero, Borjabad, Caltojar, Cañamaque, Centenera de Andaluz, Coscurita,
Escobosa de Almazán, Frechilla de Almazán, Fuentelmonge, Fuentepinilla, La Riba de
Escalote, Maján, Matamala de Almazán, Medinaceli, Miño de Medinaceli, Momblona,
Monteagudo de las Vicarías, Morón de Almazán, Nepas, Nolay, Rello, Rioseco de Soria,
Santa María de Huerta, Serón de Nágima, Soliedra, Tajueco, Taroda, Torlengua,
Valderrodilla, Velamazán, Velilla de los Ajos, Viana de Duero, Villasayas y Yelo que han
de hacerlo simultáneamente con la referida Oficina General, en aplicación de lo
dispuesto en la Disposición adicional quinta de la Ley 20/2011, de 21 de julio.
Por tanto, conforme a la potestad conferida a la Dirección General de Seguridad
Jurídica y Fe Pública mediante las disposiciones transitorias cuarta, octava y décima de
la Ley 20/2011, de 21 de julio, que le facultan para dictar la resolución para la
implantación de la aplicación informática que haga posible el comienzo de las
previsiones de dicha ley, dispongo:
Primero.
1. Se aprueba la entrada en servicio efectiva, en las oficinas del Registro Civil del
partido judicial de Almazán, que comprende la Oficina General del Registro Civil de
Almazán y a las oficinas colaboradoras del Registro Civil de Adradas, Alcubilla de las
Peñas, Alentisque, Almaluez, Alpanseque, Arcos de Jalón, Arenillas, Baraona, Barca,
Barcones, Bayubas de Abajo, Bayubas de Arriba, Berlanga de Duero, Borjabad, Caltojar,
Cañamaque, Centenera de Andaluz, Coscurita, Escobosa de Almazán, Frechilla de
Almazán, Fuentelmonge, Fuentepinilla, La Riba de Escalote, Maján, Matamala de
Almazán, Medinaceli, Miño de Medinaceli, Momblona, Monteagudo de las Vicarías,
Morón de Almazán, Nepas, Nolay, Rello, Rioseco de Soria, Santa María de Huerta,
Serón de Nágima, Soliedra, Tajueco, Taroda, Torlengua, Valderrodilla, Velamazán, Velilla
de los Ajos, Viana de Duero, Villasayas y Yelo, de la aplicación informática denominada
DICIREG, del Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, que
permite el funcionamiento del Registro Civil conforme a las previsiones contenidas en la
Ley 20/2011, de 21 de julio, a las 00:00 horas del 16 de diciembre de 2024.
2. El Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes proveerá, en
cuanto al posterior desarrollo tecnológico evolutivo, explotación y mantenimiento, de la
aplicación informática DICIREG.
3. A partir de la fecha de entrada en servicio, la Encargada y el personal que presta
servicio en las Oficinas reseñadas, deberán emplear dicha aplicación informática para la
gestión, tramitación procedimental y práctica de asientos en el Registro Civil.
1. A partir de dicha entrada en servicio efectiva de la aplicación DICIREG, el
Registro Civil de Almazán pasará a denominarse Oficina General del Registro Civil de
Almazán y los Registros Civiles Municipales Delegados de Adradas, Alcubilla de las
Peñas, Alentisque, Almaluez, Alpanseque, Arcos de Jalón, Arenillas, Baraona, Barca,
Barcones, Bayubas de Abajo, Bayubas de Arriba, Berlanga de Duero, Borjabad, Caltojar,
Cañamaque, Centenera de Andaluz, Coscurita, Escobosa de Almazán, Frechilla de
Almazán, Fuentelmonge, Fuentepinilla, La Riba de Escalote, Maján, Matamala de
Almazán, Medinaceli, Miño de Medinaceli, Momblona, Monteagudo de las Vicarías,
Morón de Almazán, Nepas, Nolay, Rello, Rioseco de Soria, Santa María de Huerta,
Serón de Nágima, Soliedra, Tajueco, Taroda, Torlengua, Valderrodilla, Velamazán, Velilla
cve: BOE-A-2024-25410
Verificable en https://www.boe.es
Segundo.
Núm. 293
Jueves 5 de diciembre de 2024
Sec. III. Pág. 165804
dar el siguiente paso en esta puesta en marcha del nuevo modelo y, tras llevar a cabo las
tareas preparatorias y de formación correspondientes en estos meses anteriores,
acordar la entrada en servicio de DICIREG en la Oficina General del Registro Civil de
Almazán y en las oficinas colaboradoras del Registro Civil pertenecientes a su partido
judicial de Adradas, Alcubilla de las Peñas, Alentisque, Almaluez, Alpanseque, Arcos de
Jalón, Arenillas, Baraona, Barca, Barcones, Bayubas de Abajo, Bayubas de Arriba,
Berlanga de Duero, Borjabad, Caltojar, Cañamaque, Centenera de Andaluz, Coscurita,
Escobosa de Almazán, Frechilla de Almazán, Fuentelmonge, Fuentepinilla, La Riba de
Escalote, Maján, Matamala de Almazán, Medinaceli, Miño de Medinaceli, Momblona,
Monteagudo de las Vicarías, Morón de Almazán, Nepas, Nolay, Rello, Rioseco de Soria,
Santa María de Huerta, Serón de Nágima, Soliedra, Tajueco, Taroda, Torlengua,
Valderrodilla, Velamazán, Velilla de los Ajos, Viana de Duero, Villasayas y Yelo que han
de hacerlo simultáneamente con la referida Oficina General, en aplicación de lo
dispuesto en la Disposición adicional quinta de la Ley 20/2011, de 21 de julio.
Por tanto, conforme a la potestad conferida a la Dirección General de Seguridad
Jurídica y Fe Pública mediante las disposiciones transitorias cuarta, octava y décima de
la Ley 20/2011, de 21 de julio, que le facultan para dictar la resolución para la
implantación de la aplicación informática que haga posible el comienzo de las
previsiones de dicha ley, dispongo:
Primero.
1. Se aprueba la entrada en servicio efectiva, en las oficinas del Registro Civil del
partido judicial de Almazán, que comprende la Oficina General del Registro Civil de
Almazán y a las oficinas colaboradoras del Registro Civil de Adradas, Alcubilla de las
Peñas, Alentisque, Almaluez, Alpanseque, Arcos de Jalón, Arenillas, Baraona, Barca,
Barcones, Bayubas de Abajo, Bayubas de Arriba, Berlanga de Duero, Borjabad, Caltojar,
Cañamaque, Centenera de Andaluz, Coscurita, Escobosa de Almazán, Frechilla de
Almazán, Fuentelmonge, Fuentepinilla, La Riba de Escalote, Maján, Matamala de
Almazán, Medinaceli, Miño de Medinaceli, Momblona, Monteagudo de las Vicarías,
Morón de Almazán, Nepas, Nolay, Rello, Rioseco de Soria, Santa María de Huerta,
Serón de Nágima, Soliedra, Tajueco, Taroda, Torlengua, Valderrodilla, Velamazán, Velilla
de los Ajos, Viana de Duero, Villasayas y Yelo, de la aplicación informática denominada
DICIREG, del Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, que
permite el funcionamiento del Registro Civil conforme a las previsiones contenidas en la
Ley 20/2011, de 21 de julio, a las 00:00 horas del 16 de diciembre de 2024.
2. El Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes proveerá, en
cuanto al posterior desarrollo tecnológico evolutivo, explotación y mantenimiento, de la
aplicación informática DICIREG.
3. A partir de la fecha de entrada en servicio, la Encargada y el personal que presta
servicio en las Oficinas reseñadas, deberán emplear dicha aplicación informática para la
gestión, tramitación procedimental y práctica de asientos en el Registro Civil.
1. A partir de dicha entrada en servicio efectiva de la aplicación DICIREG, el
Registro Civil de Almazán pasará a denominarse Oficina General del Registro Civil de
Almazán y los Registros Civiles Municipales Delegados de Adradas, Alcubilla de las
Peñas, Alentisque, Almaluez, Alpanseque, Arcos de Jalón, Arenillas, Baraona, Barca,
Barcones, Bayubas de Abajo, Bayubas de Arriba, Berlanga de Duero, Borjabad, Caltojar,
Cañamaque, Centenera de Andaluz, Coscurita, Escobosa de Almazán, Frechilla de
Almazán, Fuentelmonge, Fuentepinilla, La Riba de Escalote, Maján, Matamala de
Almazán, Medinaceli, Miño de Medinaceli, Momblona, Monteagudo de las Vicarías,
Morón de Almazán, Nepas, Nolay, Rello, Rioseco de Soria, Santa María de Huerta,
Serón de Nágima, Soliedra, Tajueco, Taroda, Torlengua, Valderrodilla, Velamazán, Velilla
cve: BOE-A-2024-25410
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Segundo.