Ministerio de Hacienda. III. Otras disposiciones. Incentivos regionales. (BOE-A-2024-25435)
Orden HAC/1372/2024, de 21 de noviembre, sobre publicación del Acuerdo de la Comisión Delegada del Gobierno para Asuntos Económicos, que declara el incumplimiento de condiciones establecidas para el disfrute de los incentivos regionales concedidos en expedientes en las zonas de promoción económica de las Comunidades Autónomas de Murcia, Castilla-La Mancha, Canarias, Castilla y León y Andalucía.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 5 de diciembre de 2024
Sec. III. Pág. 165925
desarrollo de la Ley 50/1985, aprobado por el Real Decreto 899/2007, de 6 de julio, en
vigor en el momento de su concesión.
4. En el caso de la entidad «Cansur, SL», titular del expediente GC/781/P06, el 24
de octubre de 2023 la Comunidad Autónoma de Canarias emitió informe sobre el grado
de ejecución del proyecto, del que se deduce el incumplimiento en el mantenimiento de
los puestos de trabajo en el total del centro de trabajo objeto del proyecto y en el
mantenimiento de los puestos de trabajo con los tipos de contrato admitidos para la
creación de empleo en el centro de trabajo objeto del proyecto y por ello se inició el
oportuno expediente de incumplimiento, de acuerdo con lo dispuesto en el Reglamento
de los incentivos regionales, de desarrollo de la Ley 50/1985, aprobado por el R.D.
899/2007, de 6 de julio. Instruido el expediente de incumplimiento, se pone de manifiesto
el incumplimiento del 4,12 % de la condición de mantener 261 puestos de trabajo en el
total del centro de trabajo ya que faltan por acreditar 3,91 puestos de trabajo y de la
condición de mantener 226 puestos de trabajo con los tipos de contrato admitidos para la
creación de empleo en el centro de trabajo ya que faltan por acreditar 6,01 puestos de
trabajo, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 46 del Reglamento de los incentivo
regionales, de desarrollo de la Ley 50/1985, aprobado por el Real Decreto 899/2007,
de 6 de julio, en vigor en el momento de su concesión.
5. En el caso de la entidad «Hotel los Fariones, SA», titular del expediente
GC/724/P06, el 17 de enero de 2024 la Comunidad Autónoma de Canarias emitió
informe sobre el grado de ejecución del proyecto, del que se deduce el incumplimiento
en el mantenimiento de los puestos de trabajo con los tipos de contrato admitidos para la
creación de empleo en el centro de trabajo objeto del proyecto y por ello se inició el
oportuno expediente de incumplimiento, de acuerdo con lo dispuesto en el Reglamento
de los incentivos regionales, de desarrollo de la Ley 50/1985, aprobado por el R.D.
899/2007, de 6 de julio. Instruido el expediente de incumplimiento, se pone de manifiesto
el incumplimiento del 0,86 % de la condición de mantener 63 puestos de trabajo con los
tipos de contrato admitidos para la creación de empleo en el centro de trabajo ya que
faltan por acreditar 0,54 puestos de trabajo, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 46
del Reglamento de los incentivo regionales, de desarrollo de la Ley 50/1985, aprobado
por el Real Decreto 899/2007, de 6 de julio, en vigor en el momento de su concesión.
6. En el caso de la entidad «Drylock Technologies, SL», titular del expediente
SG/358/P07, el 6 de octubre de 2023 la Comunidad Autónoma de Castilla y León emitió
informe sobre el grado de ejecución del proyecto, del que se deduce el incumplimiento
en la inversión realizada y por ello se inició el oportuno expediente de incumplimiento, de
acuerdo con lo dispuesto en el Reglamento de los incentivos regionales, de desarrollo de
la Ley 50/1985, aprobado por el R.D. 899/2007, de 6 de julio. Instruido el expediente de
incumplimiento, se pone de manifiesto el incumplimiento del 100 % por obtener la
subvención sin reunir las condiciones requeridas para ello, al haber iniciado las
inversiones antes de la solicitud de los incentivos, de acuerdo con lo dispuesto en el
artículo 46 del Reglamento de los incentivos regionales, de desarrollo de la Ley 50/1985,
aprobado por el Real Decreto 899/2007, de 6 de julio, en vigor en el momento de su
concesión.
7. En el caso de la entidad «Horse Powertrain Spain, SL», titular del expediente
SE/1610/P08, el 13 de julio de 2024 la Comunidad Autónoma de Andalucía emitió
informe sobre el grado de ejecución del proyecto, del que se deduce el incumplimiento
en la inversión realizada y por ello se inició el oportuno expediente de incumplimiento, de
acuerdo con lo dispuesto en el Reglamento de los incentivos regionales, de desarrollo de
la Ley 50/1985, aprobado por el R.D. 899/2007, de 6 de julio. Instruido el expediente de
incumplimiento, se pone de manifiesto el incumplimiento del 1,27 % de la condición de
realizar inversiones por importe de 45.900.000,00 euros, ya que la inversión
subvencionable justificada asciende a 45.315.672,83 euros, de acuerdo con lo dispuesto
en el artículo 46 del Reglamento de los incentivos regionales, de desarrollo de la
Ley 50/1985, aprobado por el Real Decreto 899/2007, de 6 de julio, en vigor en el
momento de su concesión.
cve: BOE-A-2024-25435
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 293
Jueves 5 de diciembre de 2024
Sec. III. Pág. 165925
desarrollo de la Ley 50/1985, aprobado por el Real Decreto 899/2007, de 6 de julio, en
vigor en el momento de su concesión.
4. En el caso de la entidad «Cansur, SL», titular del expediente GC/781/P06, el 24
de octubre de 2023 la Comunidad Autónoma de Canarias emitió informe sobre el grado
de ejecución del proyecto, del que se deduce el incumplimiento en el mantenimiento de
los puestos de trabajo en el total del centro de trabajo objeto del proyecto y en el
mantenimiento de los puestos de trabajo con los tipos de contrato admitidos para la
creación de empleo en el centro de trabajo objeto del proyecto y por ello se inició el
oportuno expediente de incumplimiento, de acuerdo con lo dispuesto en el Reglamento
de los incentivos regionales, de desarrollo de la Ley 50/1985, aprobado por el R.D.
899/2007, de 6 de julio. Instruido el expediente de incumplimiento, se pone de manifiesto
el incumplimiento del 4,12 % de la condición de mantener 261 puestos de trabajo en el
total del centro de trabajo ya que faltan por acreditar 3,91 puestos de trabajo y de la
condición de mantener 226 puestos de trabajo con los tipos de contrato admitidos para la
creación de empleo en el centro de trabajo ya que faltan por acreditar 6,01 puestos de
trabajo, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 46 del Reglamento de los incentivo
regionales, de desarrollo de la Ley 50/1985, aprobado por el Real Decreto 899/2007,
de 6 de julio, en vigor en el momento de su concesión.
5. En el caso de la entidad «Hotel los Fariones, SA», titular del expediente
GC/724/P06, el 17 de enero de 2024 la Comunidad Autónoma de Canarias emitió
informe sobre el grado de ejecución del proyecto, del que se deduce el incumplimiento
en el mantenimiento de los puestos de trabajo con los tipos de contrato admitidos para la
creación de empleo en el centro de trabajo objeto del proyecto y por ello se inició el
oportuno expediente de incumplimiento, de acuerdo con lo dispuesto en el Reglamento
de los incentivos regionales, de desarrollo de la Ley 50/1985, aprobado por el R.D.
899/2007, de 6 de julio. Instruido el expediente de incumplimiento, se pone de manifiesto
el incumplimiento del 0,86 % de la condición de mantener 63 puestos de trabajo con los
tipos de contrato admitidos para la creación de empleo en el centro de trabajo ya que
faltan por acreditar 0,54 puestos de trabajo, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 46
del Reglamento de los incentivo regionales, de desarrollo de la Ley 50/1985, aprobado
por el Real Decreto 899/2007, de 6 de julio, en vigor en el momento de su concesión.
6. En el caso de la entidad «Drylock Technologies, SL», titular del expediente
SG/358/P07, el 6 de octubre de 2023 la Comunidad Autónoma de Castilla y León emitió
informe sobre el grado de ejecución del proyecto, del que se deduce el incumplimiento
en la inversión realizada y por ello se inició el oportuno expediente de incumplimiento, de
acuerdo con lo dispuesto en el Reglamento de los incentivos regionales, de desarrollo de
la Ley 50/1985, aprobado por el R.D. 899/2007, de 6 de julio. Instruido el expediente de
incumplimiento, se pone de manifiesto el incumplimiento del 100 % por obtener la
subvención sin reunir las condiciones requeridas para ello, al haber iniciado las
inversiones antes de la solicitud de los incentivos, de acuerdo con lo dispuesto en el
artículo 46 del Reglamento de los incentivos regionales, de desarrollo de la Ley 50/1985,
aprobado por el Real Decreto 899/2007, de 6 de julio, en vigor en el momento de su
concesión.
7. En el caso de la entidad «Horse Powertrain Spain, SL», titular del expediente
SE/1610/P08, el 13 de julio de 2024 la Comunidad Autónoma de Andalucía emitió
informe sobre el grado de ejecución del proyecto, del que se deduce el incumplimiento
en la inversión realizada y por ello se inició el oportuno expediente de incumplimiento, de
acuerdo con lo dispuesto en el Reglamento de los incentivos regionales, de desarrollo de
la Ley 50/1985, aprobado por el R.D. 899/2007, de 6 de julio. Instruido el expediente de
incumplimiento, se pone de manifiesto el incumplimiento del 1,27 % de la condición de
realizar inversiones por importe de 45.900.000,00 euros, ya que la inversión
subvencionable justificada asciende a 45.315.672,83 euros, de acuerdo con lo dispuesto
en el artículo 46 del Reglamento de los incentivos regionales, de desarrollo de la
Ley 50/1985, aprobado por el Real Decreto 899/2007, de 6 de julio, en vigor en el
momento de su concesión.
cve: BOE-A-2024-25435
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Núm. 293