Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible. III. Otras disposiciones. Servicios portuarios. (BOE-A-2024-25291)
Resolución de 31 de octubre de 2024, de la Autoridad Portuaria de A Coruña, por la que se publica la aprobación del Pliego de prescripciones particulares del servicio portuario de recepción de desechos generados por buques y residuos de carga en el puerto de A Coruña.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 292
Miércoles 4 de diciembre de 2024
Tabla 5.
Sec. III. Pág. 165018
Tarifas de gestión de desechos MARPOL V: entrega de n m3 (2/2)
n = n.º m3 Cat. F (€) No peligrosos
n≤2
110
n > 2 m3
110 + (n – 2) x 50
Cat. F (€) Peligrosos
Cat. I (€)
3000
250
3000 + (n – 2) x 1500 250 + (n – 2) x 75
4. Tarifa máxima por los servicios de recepción de desechos generados por buques
correspondientes al anexo VI del Convenio MARPOL:
Tabla 6. Tarifa máxima desechos MARPOL VI: entrega de n m3
n ≤ 2 m3
900 €
n>2m
900 + (n-2) x 400 €
3
5. Tarifa máxima por los servicios de recepción de residuos de carga
correspondientes al anexo I del Convenio MARPOL (véase Prescripción 2.ª1.1):
Tabla 7.
Tarifa máxima residuos de carga MARPOL I: entrega de n m3
n ≤ 100 m3
3.000 €
n > 100 m
3.000 + (n-2) x 30 €
3
6. Tarifa máxima por los servicios de recepción de residuos de carga
correspondientes al anexo II del Convenio MARPOL (véase Prescripción 2.ª2.1):
Tabla 8.
Tarifa máxima residuos de carga MARPOL II: entrega de n m3
n ≤ 100 m3
3.000 €
n > 100 m
3.000 + (n-2) x 30 €
3
7. Tarifa máxima por los servicios de recepción de residuos de carga
correspondientes al anexo V del Convenio MARPOL:
Tarifa máxima residuos de carga MARPOL V: entrega de n m3
n = n.º m3 Residuos no peligrosos
Residuos peligrosos
Cat. G (Cadáveres de animales)
n≤2m
80
3.000 €
1.000
n > 2 m3
80 + (n-2) x 70 €
3.000 + (n-2) x 1.500 €
1.000 + (n-2) x 400 €
3
Cuando exista limitación del número de prestadores y se convoque concurso para la
adjudicación de las licencias, las tarifas a aplicar serán las ofertadas por el adjudicatario
en cada caso, que serán siempre inferiores a las tarifas máximas que en ese momento
estén vigentes.
2.2.1 Recargos: Se aplicarán los siguientes recargos porcentuales sobre las tarifas,
en concepto de penalización. Estos recargos se cobrarán por el prestador directamente
al buque:
cve: BOE-A-2024-25291
Verificable en https://www.boe.es
Tabla 9.
Núm. 292
Miércoles 4 de diciembre de 2024
Tabla 5.
Sec. III. Pág. 165018
Tarifas de gestión de desechos MARPOL V: entrega de n m3 (2/2)
n = n.º m3 Cat. F (€) No peligrosos
n≤2
110
n > 2 m3
110 + (n – 2) x 50
Cat. F (€) Peligrosos
Cat. I (€)
3000
250
3000 + (n – 2) x 1500 250 + (n – 2) x 75
4. Tarifa máxima por los servicios de recepción de desechos generados por buques
correspondientes al anexo VI del Convenio MARPOL:
Tabla 6. Tarifa máxima desechos MARPOL VI: entrega de n m3
n ≤ 2 m3
900 €
n>2m
900 + (n-2) x 400 €
3
5. Tarifa máxima por los servicios de recepción de residuos de carga
correspondientes al anexo I del Convenio MARPOL (véase Prescripción 2.ª1.1):
Tabla 7.
Tarifa máxima residuos de carga MARPOL I: entrega de n m3
n ≤ 100 m3
3.000 €
n > 100 m
3.000 + (n-2) x 30 €
3
6. Tarifa máxima por los servicios de recepción de residuos de carga
correspondientes al anexo II del Convenio MARPOL (véase Prescripción 2.ª2.1):
Tabla 8.
Tarifa máxima residuos de carga MARPOL II: entrega de n m3
n ≤ 100 m3
3.000 €
n > 100 m
3.000 + (n-2) x 30 €
3
7. Tarifa máxima por los servicios de recepción de residuos de carga
correspondientes al anexo V del Convenio MARPOL:
Tarifa máxima residuos de carga MARPOL V: entrega de n m3
n = n.º m3 Residuos no peligrosos
Residuos peligrosos
Cat. G (Cadáveres de animales)
n≤2m
80
3.000 €
1.000
n > 2 m3
80 + (n-2) x 70 €
3.000 + (n-2) x 1.500 €
1.000 + (n-2) x 400 €
3
Cuando exista limitación del número de prestadores y se convoque concurso para la
adjudicación de las licencias, las tarifas a aplicar serán las ofertadas por el adjudicatario
en cada caso, que serán siempre inferiores a las tarifas máximas que en ese momento
estén vigentes.
2.2.1 Recargos: Se aplicarán los siguientes recargos porcentuales sobre las tarifas,
en concepto de penalización. Estos recargos se cobrarán por el prestador directamente
al buque:
cve: BOE-A-2024-25291
Verificable en https://www.boe.es
Tabla 9.