Ministerio Para La Transición Ecológica y El Reto Demográfico. III. Otras disposiciones. Impacto ambiental. (BOE-A-2024-25301)
Resolución de 15 de noviembre de 2024, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto «Parques fotovoltaicos Larentina de 39,99 MWins/35,4 MWn, Inus de 20,81 MWins/18,4 MWn y Ladon de 39,99 MWins/35,4 MWn, y sus infraestructuras de evacuación, en las provincias de Teruel, Castellón y Valencia».
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 4 de diciembre de 2024
Sec. III. Pág. 165123
pérdida de hábitat en fase de explotación. No obstante, estima necesario que, previo al
inicio de las obras y en época adecuada, se realice una prospección faunística.
Respecto a la superficie prevista por el Gobierno de Aragón para incluir en los planes
de recuperación de las especies esteparias y la alondra ricotí, el INAGA informa que el
área que pretenden ocupar los proyectos es, en su conjunto, una zona adecuada para
estas especies, que la utilizan como áreas de campeo y de interconexión entre las
mismas. Sin embargo, el organismo concluye que no se dan las condiciones para una
pérdida de hábitat estepario relevante ni especialmente significativo en el entorno de las
PSFV, siempre y cuando se contemple, por un lado, la no afección directa o indirecta a
las áreas establecidas, que actúan como refugio de estas especies y, por otro, la no
afección a la conectividad entre la mismas, conservando pasillos suficientes en tal
sentido. Estos pasillos son especialmente relevantes para la alondra ricotí, muy sensible
a la presencia de infraestructuras fotovoltaicas en su entorno próximo, y cuya
supervivencia en la zona estaría en peligro de no mantenerse dicha conectividad entre
sus áreas. Dado que el promotor indica que respetará unos pasillos entre las plantas
de 1,8 y 2,6 km, el INAGA considera que queda garantizada la conectividad. Así mismo,
muestra su acuerdo con el resto de las medidas de protección propuestas por el
promotor en la mencionada adenda, entre las que destaca la aplicación de un Programa
de Medidas Agroambientales para el fomento y la protección de las aves esteparias,
encaminado a favorecer la agricultura extensiva, destinando distintas zonas al refugio,
obtención de alimento y a la reproducción y nidificación de las especies afectadas.
b.2.2) Infraestructura de evacuación en Aragón.
Según indica el promotor, los tramos T1, T2, T5, T6 y T7 de la LAAT afectan a
diversas cuadrículas de avifauna catalogada, entre las que destaca el águila real,
alimoche, cernícalo primilla y, catalogadas como «En peligro de Extinción» en Aragón,
águila azor perdicera y milano real. También discurre por áreas de importancia para las
aves (IBA), áreas de elevada biodiversidad de aves esteparias, y áreas de protección de
la avifauna contra la colisión y electrocución en líneas eléctricas.
En la zona de estudio se localizan las siguientes IBA:
– IBA número 436 «Parameras de Pozondón y Villar del Salz». Afectada por un
tramo de la LAAT, en el término municipal de Villar del Salz. Se ha identificado alondra
ricotí en esta zona.
– IBA número 438 «Altos del Norte de Teruel» e IBA n.º 462 «Laguna de Cañizar».
Ambas próximas a la LAAT a su paso por el término municipal de Cella. En la primera se
ha identificado alondra ricotí, y en la segunda, grulla común.
Entre los principales impactos identificados en el EsIA destacan la pérdida y
fragmentación de hábitat por las infraestructuras de evacuación, donde el cableado y los
apoyos crean un efecto barrera para los desplazamientos diarios y estacionales de las
aves; y la mortalidad de avifauna por riesgo de colisión y/o electrocución. Durante la fase
de obras se identifican como principales impactos la eliminación de vegetación,
molestias y desplazamientos de fauna asociados al trasiego de vehículos y personas;
ruidos y movimientos de tierra. También se identifican afecciones durante la fase de
explotación por las operaciones mantenimiento que pueden afectar a las especies más
sensibles que utilizan el ámbito como área de campeo.
Con todo ello, el promotor propone la adopción de medidas para la protección de la
avifauna descritas en el punto b.2.1) de la presente resolución.
El INAGA informa que las afecciones más significativas del proyecto serán sobre la
avifauna, por el aumento de la mortalidad por colisiones contra la línea de evacuación, y
por la pérdida y fragmentación de hábitats silvestres necesarios para su desarrollo.
Además, se puede producir un efecto vacío provocando el desplazamiento de diversas
especies al evitar la zona durante la fase de construcción al verse reducida su área de
campeo o al verse dificultado el acceso durante la fase de explotación, efecto relevante
cve: BOE-A-2024-25301
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 292
Miércoles 4 de diciembre de 2024
Sec. III. Pág. 165123
pérdida de hábitat en fase de explotación. No obstante, estima necesario que, previo al
inicio de las obras y en época adecuada, se realice una prospección faunística.
Respecto a la superficie prevista por el Gobierno de Aragón para incluir en los planes
de recuperación de las especies esteparias y la alondra ricotí, el INAGA informa que el
área que pretenden ocupar los proyectos es, en su conjunto, una zona adecuada para
estas especies, que la utilizan como áreas de campeo y de interconexión entre las
mismas. Sin embargo, el organismo concluye que no se dan las condiciones para una
pérdida de hábitat estepario relevante ni especialmente significativo en el entorno de las
PSFV, siempre y cuando se contemple, por un lado, la no afección directa o indirecta a
las áreas establecidas, que actúan como refugio de estas especies y, por otro, la no
afección a la conectividad entre la mismas, conservando pasillos suficientes en tal
sentido. Estos pasillos son especialmente relevantes para la alondra ricotí, muy sensible
a la presencia de infraestructuras fotovoltaicas en su entorno próximo, y cuya
supervivencia en la zona estaría en peligro de no mantenerse dicha conectividad entre
sus áreas. Dado que el promotor indica que respetará unos pasillos entre las plantas
de 1,8 y 2,6 km, el INAGA considera que queda garantizada la conectividad. Así mismo,
muestra su acuerdo con el resto de las medidas de protección propuestas por el
promotor en la mencionada adenda, entre las que destaca la aplicación de un Programa
de Medidas Agroambientales para el fomento y la protección de las aves esteparias,
encaminado a favorecer la agricultura extensiva, destinando distintas zonas al refugio,
obtención de alimento y a la reproducción y nidificación de las especies afectadas.
b.2.2) Infraestructura de evacuación en Aragón.
Según indica el promotor, los tramos T1, T2, T5, T6 y T7 de la LAAT afectan a
diversas cuadrículas de avifauna catalogada, entre las que destaca el águila real,
alimoche, cernícalo primilla y, catalogadas como «En peligro de Extinción» en Aragón,
águila azor perdicera y milano real. También discurre por áreas de importancia para las
aves (IBA), áreas de elevada biodiversidad de aves esteparias, y áreas de protección de
la avifauna contra la colisión y electrocución en líneas eléctricas.
En la zona de estudio se localizan las siguientes IBA:
– IBA número 436 «Parameras de Pozondón y Villar del Salz». Afectada por un
tramo de la LAAT, en el término municipal de Villar del Salz. Se ha identificado alondra
ricotí en esta zona.
– IBA número 438 «Altos del Norte de Teruel» e IBA n.º 462 «Laguna de Cañizar».
Ambas próximas a la LAAT a su paso por el término municipal de Cella. En la primera se
ha identificado alondra ricotí, y en la segunda, grulla común.
Entre los principales impactos identificados en el EsIA destacan la pérdida y
fragmentación de hábitat por las infraestructuras de evacuación, donde el cableado y los
apoyos crean un efecto barrera para los desplazamientos diarios y estacionales de las
aves; y la mortalidad de avifauna por riesgo de colisión y/o electrocución. Durante la fase
de obras se identifican como principales impactos la eliminación de vegetación,
molestias y desplazamientos de fauna asociados al trasiego de vehículos y personas;
ruidos y movimientos de tierra. También se identifican afecciones durante la fase de
explotación por las operaciones mantenimiento que pueden afectar a las especies más
sensibles que utilizan el ámbito como área de campeo.
Con todo ello, el promotor propone la adopción de medidas para la protección de la
avifauna descritas en el punto b.2.1) de la presente resolución.
El INAGA informa que las afecciones más significativas del proyecto serán sobre la
avifauna, por el aumento de la mortalidad por colisiones contra la línea de evacuación, y
por la pérdida y fragmentación de hábitats silvestres necesarios para su desarrollo.
Además, se puede producir un efecto vacío provocando el desplazamiento de diversas
especies al evitar la zona durante la fase de construcción al verse reducida su área de
campeo o al verse dificultado el acceso durante la fase de explotación, efecto relevante
cve: BOE-A-2024-25301
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Núm. 292