Ministerio Para La Transición Ecológica y El Reto Demográfico. III. Otras disposiciones. Instalaciones eléctricas. (BOE-A-2024-25306)
Resolución de 14 de noviembre de 2024, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se desestima la solicitud de Peñalara Solar, SL, de autorización administrativa previa del parque solar fotovoltaico Peñalara Solar, de 94 MW de potencia instalada, y de su infraestructura de evacuación, en la provincia de Toledo.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 4 de diciembre de 2024

Sec. III. Pág. 165162

Conforme a lo dispuesto en el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, y en la
Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental, la solicitud de autorización
administrativa previa, acompañada del proyecto y estudio de impacto ambiental se
somete a información pública, con la debida publicación en el «Boletín Oficial del
Estado» y boletín oficial de las provincias afectadas, habiéndose solicitado igualmente
los correspondientes informes a las distintas administraciones, organismos y empresas
de servicio público o de servicios de interés general en la parte que la instalación pueda
afectar a bienes y derechos a su cargo, así como a los organismos que deben presentar
informe conforme a la Ley 21/2013, de 9 de diciembre.
Con fecha 15 de diciembre de 2021, se recibe el informe y el expediente de
tramitación del Área de Industria y Energía de la Subdelegación del Gobierno en Toledo,
bajo acuerdo de colaboración del Área de Industria y Energía de la Delegación del
Gobierno en Madrid.
En este informe, entre otras cuestiones se informa que con fecha 13 de octubre
de 2021 se da entrada por registro una Memoria de Modificación donde el promotor
relaciona los informes y alegaciones recibidas, así como sus respuestas a los mismos, y
extrae, como conclusión del primer trámite de Información Pública, la necesidad por su
parte de realizar una serie de modificaciones en sus proyectos, entre los cuales, se
resalta la renuncia en la tramitación de Peñalara Solar, SL, para el proyecto de planta
fotovoltaica Peñalara Solar y de sus infraestructuras de evacuación.
En relación con el citado expediente acumulado, PFot-248AC, se ha realizado un
segundo y un tercer trámite de información pública, a petición del promotor, de los
proyectos modificados y de la documentación adicional correspondiente.
Recibido el último expediente de tramitación, en fecha 11 de agosto de 2022, se da
traslado a la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental del expediente para
inicio de trámite de evaluación de impacto ambiental de los parques solares fotovoltaicos
«Sentina Solar, de 100 MWp, Zuncho Solar, de 100 MWp, Perdiguero Solar, de 100 MWp
y Sextante Solar, de 100 MWp», y su infraestructura de evacuación, en las provincias de
Toledo y Madrid, promovido por Sextante Solar, SL, Sentina Solar, SL, Zuncho Solar, SL,
y Perdiguero Solar, SL.
Cabe señalar que en dicho expediente para trámite de evaluación de impacto
ambiental no consta el proyecto Peñalara Solar, de 100 MWp, de conformidad con la
tramitación efectuada a petición del promotor.
Por todo ello, con fecha 19 de agosto de 2022, desde esta Subdirección General de
Energía Eléctrica se requiere al promotor aclaración en relación al estado de tramitación
y el permiso de acceso y conexión del proyecto Peñalara Solar, de 100 MWp.
Con fecha 14 de septiembre de 2022, Peñalara Solar, SL, Sextante Solar, SL,
Sentina Solar, SL, Zuncho Solar, SL, y Perdiguero Solar, SL, remiten escrito a esta
Subdirección General por el que aclaran que Peñalara Solar, SL, no ha presentado
desistimiento formal de la solicitud de autorización administrativa del proyecto Peñalara
Solar, ya que, a la vista de los informes preceptivos de organismos con competencias en
materia de medioambiente que muestran la inviabilidad de Peñalara Solar, los
promotores optan por finalizar el trámite de evaluación ambiental en lo que respecta a
Peñalara Solar antes de proceder con el desistimiento formal de éste.
Con fecha 10 de octubre de 2022, esta Subdirección General reitera requerimiento
de subsanación de la solicitud de Autorización Administrativa Previa de la instalación
Peñalara Solar.
Con fecha 27 de octubre de 2022 tiene entrada en el Registro de este Ministerio
escrito de Peñalara Solar, SL, por el que solicita:
– Acuerde la separación de Peñalara Solar, de 100 MWp, del expediente acumulado
con código asociado PFot-248AC, de forma que este Proyecto sea autónomo e
independiente al expediente acumulado con los otros cuatro proyectos: Sentina Solar,
Zuncho Solar, Perdiguero Solar y Sextante Solar, todos ellos de 100 MWp.
– Una vez escindido, proceda al archivo del expediente de autorización administrativa
del proyecto Peñalara Solar y de sus propias infraestructuras de evacuación.

cve: BOE-A-2024-25306
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Núm. 292