Ministerio Para La Transición Ecológica y El Reto Demográfico. III. Otras disposiciones. Instalaciones eléctricas. (BOE-A-2024-25303)
Resolución de 14 de noviembre de 2024, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se desestima la solicitud de Desarrollos Renovables Biznaga, SL, de autorización administrativa previa del parque solar fotovoltaico La Vega, de 91 MW de potencia instalada, y de su infraestructura de evacuación, en la Comunidad de Madrid.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 292
Miércoles 4 de diciembre de 2024
Cuarto.
Sec. III. Pág. 165142
Evaluación de impacto ambiental practicada.
Con fecha 26 de octubre de 2022 se remite a la Subdirección General de Evaluación
Ambiental (SGEA) dicho expediente para inicio del procedimiento de evaluación de
impacto ambiental ordinaria, según lo dispuesto en el artículo 39 de la Ley 21/2013, de 9
de diciembre, de evaluación ambiental.
La Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental emite, con fecha 28 de junio
de 2023, Resolución por la que formula declaración de impacto ambiental desfavorable
para el parque solar fotovoltaico La Vega y su infraestructura de evacuación asociada,
concluyendo que dicho proyecto previsiblemente causará impactos adversos significativos
sobre el medio ambiente, sin que las medidas de prevención, corrección y compensación
previstas por el promotor constituyan una garantía suficiente para la adecuada protección
del medio ambiente (en adelante, Declaración de Impacto Ambiental desfavorable).
La citada resolución se encuentra disponible en el siguiente enlace:
https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2023-15637
Quinto. Permisos de acceso y conexión.
El proyecto obtuvo permisos de acceso y conexión a la red de transporte mediante la
emisión de Informe de Viabilidad de Acceso a la Red (IVA), así como Informe de
Cumplimiento de Condiciones Técnicas de Conexión (ICCTC) e Informe de Verificación de
las Condiciones Técnicas de Conexión (IVCTC) en la subestación La Torrecilla 220 kV,
propiedad de Red Eléctrica de España, SAU.
Con fecha de 3 de octubre de 2023 tiene entrada, en el Registro de este Ministerio,
escrito de Red Eléctrica de España, SAU, por el que se comunica la caducidad de los
permisos de acceso y conexión otorgados en aplicación de lo dispuesto en el Real
Decreto-ley 23/2020, de 23 de junio, por el que se aprueban medidas en materia de
energía y en otros ámbitos para la reactivación económica.
Sexto.
Trámite de audiencia.
Con fecha de 16 de septiembre de 2024 se notifica el trámite de audiencia sobre la
propuesta de resolución por la que se desestima la solicitud de autorización
administrativa previa del proyecto, en el expediente PFot-221.
Con fecha de 26 de septiembre de 2024, el promotor ha respondido al trámite de
audiencia en la que muestra su conformidad con la desestimación y archivo del expediente,
y solicita que, al amparo de lo dispuesto en el artículo 1.2 del citado Real Decretoley 23/2020 y el artículo 23.6 del Real Decreto 1183/2020, de 29 de diciembre, de acceso y
conexión a las redes de transporte y distribución de energía eléctrica, se ordene la
excepción a la ejecución de la garantía depositada y, en consecuencia, se proceda a su
cancelación y devolución con la práctica de las oportunas notificaciones.
Analizada la documentación recibida, esta Dirección General de Política Energética
y Minas dicta la presente resolución, en base a los siguientes:
Fundamentos jurídicos
Primero. Normativa aplicable.
Tomando en consideración lo establecido en la Ley 24/2013, de 26 de diciembre; en
el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre; en la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de
evaluación de impacto ambiental; en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y en el citado Real
Decreto 1183/2020, de 29 de diciembre.
cve: BOE-A-2024-25303
Verificable en https://www.boe.es
II.
Núm. 292
Miércoles 4 de diciembre de 2024
Cuarto.
Sec. III. Pág. 165142
Evaluación de impacto ambiental practicada.
Con fecha 26 de octubre de 2022 se remite a la Subdirección General de Evaluación
Ambiental (SGEA) dicho expediente para inicio del procedimiento de evaluación de
impacto ambiental ordinaria, según lo dispuesto en el artículo 39 de la Ley 21/2013, de 9
de diciembre, de evaluación ambiental.
La Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental emite, con fecha 28 de junio
de 2023, Resolución por la que formula declaración de impacto ambiental desfavorable
para el parque solar fotovoltaico La Vega y su infraestructura de evacuación asociada,
concluyendo que dicho proyecto previsiblemente causará impactos adversos significativos
sobre el medio ambiente, sin que las medidas de prevención, corrección y compensación
previstas por el promotor constituyan una garantía suficiente para la adecuada protección
del medio ambiente (en adelante, Declaración de Impacto Ambiental desfavorable).
La citada resolución se encuentra disponible en el siguiente enlace:
https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2023-15637
Quinto. Permisos de acceso y conexión.
El proyecto obtuvo permisos de acceso y conexión a la red de transporte mediante la
emisión de Informe de Viabilidad de Acceso a la Red (IVA), así como Informe de
Cumplimiento de Condiciones Técnicas de Conexión (ICCTC) e Informe de Verificación de
las Condiciones Técnicas de Conexión (IVCTC) en la subestación La Torrecilla 220 kV,
propiedad de Red Eléctrica de España, SAU.
Con fecha de 3 de octubre de 2023 tiene entrada, en el Registro de este Ministerio,
escrito de Red Eléctrica de España, SAU, por el que se comunica la caducidad de los
permisos de acceso y conexión otorgados en aplicación de lo dispuesto en el Real
Decreto-ley 23/2020, de 23 de junio, por el que se aprueban medidas en materia de
energía y en otros ámbitos para la reactivación económica.
Sexto.
Trámite de audiencia.
Con fecha de 16 de septiembre de 2024 se notifica el trámite de audiencia sobre la
propuesta de resolución por la que se desestima la solicitud de autorización
administrativa previa del proyecto, en el expediente PFot-221.
Con fecha de 26 de septiembre de 2024, el promotor ha respondido al trámite de
audiencia en la que muestra su conformidad con la desestimación y archivo del expediente,
y solicita que, al amparo de lo dispuesto en el artículo 1.2 del citado Real Decretoley 23/2020 y el artículo 23.6 del Real Decreto 1183/2020, de 29 de diciembre, de acceso y
conexión a las redes de transporte y distribución de energía eléctrica, se ordene la
excepción a la ejecución de la garantía depositada y, en consecuencia, se proceda a su
cancelación y devolución con la práctica de las oportunas notificaciones.
Analizada la documentación recibida, esta Dirección General de Política Energética
y Minas dicta la presente resolución, en base a los siguientes:
Fundamentos jurídicos
Primero. Normativa aplicable.
Tomando en consideración lo establecido en la Ley 24/2013, de 26 de diciembre; en
el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre; en la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de
evaluación de impacto ambiental; en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y en el citado Real
Decreto 1183/2020, de 29 de diciembre.
cve: BOE-A-2024-25303
Verificable en https://www.boe.es
II.