Ministerio Para La Transformación Digital y de La Función Pública. I. Disposiciones generales. Subvenciones. (BOE-A-2024-25213)
Real Decreto 1227/2024, de 3 de diciembre, por el que se modifica el Real Decreto 1040/2021, de 23 de noviembre, por el que se regula la concesión directa de una subvención a centros y fundaciones públicos de investigación y universidades públicas españolas para la realización de proyectos innovadores en el despliegue de las tecnologías 5G avanzado y 6G, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 292
Miércoles 4 de diciembre de 2024
Sec. I. Pág. 164787
Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Cumple, por tanto, con los principios
de necesidad y eficacia al estar justificado por razones de interés general y resultar el
instrumento más adecuado para la consecución de sus fines, en el marco de los objetivos
perseguidos por el PRTR. Es conforme también con el principio de proporcionalidad dado
contiene la regulación imprescindible para llevar a cabo la modificación que pretende. Se
adecúa, igualmente, al principio de seguridad jurídica, en la medida en que la norma resulta
coherente con la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y su
reglamento de desarrollo, y cumple asimismo con el principio de transparencia al definir
claramente sus objetivos, reflejados en el preámbulo. También se encuentra acreditado el
principio de eficiencia ya que no impone cargas administrativas innecesarias o accesorias y
racionaliza, en su aplicación, la gestión de los recursos públicos.
En la tramitación de este real decreto, adoptado para la ejecución del PRTR, se ha
aplicado lo previsto por los artículos 47 y 60 del citado Real Decreto-ley 36/2020, de 30
de diciembre, por el que se aprueban medidas urgentes para la modernización de la
Administración Pública y para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y
Resiliencia, habiéndose emitido informe de la Abogacía del Estado.
En su virtud, a propuesta del Ministro para la Trasformación Digital y de la Función
Pública, y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 3 de
diciembre de 2024,
DISPONGO:
Artículo único. Modificación del Real Decreto 1040/2021, de 23 de noviembre, por el
que se regula la concesión directa de una subvención a centros y fundaciones
públicos de investigación y universidades públicas españolas para la realización de
proyectos innovadores en el despliegue de las tecnologías 5G avanzado y 6G, en el
marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
Real Decreto 1040/2021, de 23 de noviembre, por el que se regula la concesión
directa de una subvención a centros y fundaciones públicos de investigación y
universidades públicas españolas para la realización de proyectos innovadores en el
despliegue de las tecnologías 5G avanzado y 6G, en el marco del Plan de Recuperación,
Transformación y Resiliencia, queda modificado como sigue:
Uno.
El apartado 3 del artículo 1 queda redactado como sigue:
«3. Este real decreto tiene por finalidad la ejecución parcial de la inversión
C15.I6 «Despliegue del 5G: redes, cambio tecnológico e innovación» de la
componente 15 del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, que
incluye medidas de apoyo a la I+D relacionada con las redes 5G y 6G para
ecosistemas de innovación. De acuerdo con el Plan de Recuperación,
Transformación y Resiliencia (en adelante, PRTR), el plazo máximo para
completar la inversión es el 30 de junio de 2026.»
«Asimismo, será de aplicación el Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento
Europeo y del Consejo, de 12 de febrero de 2021, por el que se establece el
Mecanismo de Recuperación y Resiliencia, así como el resto de disposiciones tanto
del derecho nacional como de la Unión Europea que pudieran resultar de aplicación,
especialmente las que se aprueben en el ámbito de la ejecución y gestión tanto del
Mecanismo de Recuperación y Resiliencia como del Plan de Recuperación,
Transformación y Resiliencia. En particular, será de aplicación lo previsto en la Orden
HFP/1030/2021, de 29 de septiembre, por la que se configura el sistema de gestión
del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, así como lo previsto en la
Orden HFP/1031/2021, de 29 de septiembre, por la que se establece el
procedimiento y formato de la información a proporcionar por las Entidades del
cve: BOE-A-2024-25213
Verificable en https://www.boe.es
Dos. El último párrafo del apartado 2 del artículo 2 queda modificado como sigue:
Núm. 292
Miércoles 4 de diciembre de 2024
Sec. I. Pág. 164787
Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Cumple, por tanto, con los principios
de necesidad y eficacia al estar justificado por razones de interés general y resultar el
instrumento más adecuado para la consecución de sus fines, en el marco de los objetivos
perseguidos por el PRTR. Es conforme también con el principio de proporcionalidad dado
contiene la regulación imprescindible para llevar a cabo la modificación que pretende. Se
adecúa, igualmente, al principio de seguridad jurídica, en la medida en que la norma resulta
coherente con la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y su
reglamento de desarrollo, y cumple asimismo con el principio de transparencia al definir
claramente sus objetivos, reflejados en el preámbulo. También se encuentra acreditado el
principio de eficiencia ya que no impone cargas administrativas innecesarias o accesorias y
racionaliza, en su aplicación, la gestión de los recursos públicos.
En la tramitación de este real decreto, adoptado para la ejecución del PRTR, se ha
aplicado lo previsto por los artículos 47 y 60 del citado Real Decreto-ley 36/2020, de 30
de diciembre, por el que se aprueban medidas urgentes para la modernización de la
Administración Pública y para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y
Resiliencia, habiéndose emitido informe de la Abogacía del Estado.
En su virtud, a propuesta del Ministro para la Trasformación Digital y de la Función
Pública, y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 3 de
diciembre de 2024,
DISPONGO:
Artículo único. Modificación del Real Decreto 1040/2021, de 23 de noviembre, por el
que se regula la concesión directa de una subvención a centros y fundaciones
públicos de investigación y universidades públicas españolas para la realización de
proyectos innovadores en el despliegue de las tecnologías 5G avanzado y 6G, en el
marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
Real Decreto 1040/2021, de 23 de noviembre, por el que se regula la concesión
directa de una subvención a centros y fundaciones públicos de investigación y
universidades públicas españolas para la realización de proyectos innovadores en el
despliegue de las tecnologías 5G avanzado y 6G, en el marco del Plan de Recuperación,
Transformación y Resiliencia, queda modificado como sigue:
Uno.
El apartado 3 del artículo 1 queda redactado como sigue:
«3. Este real decreto tiene por finalidad la ejecución parcial de la inversión
C15.I6 «Despliegue del 5G: redes, cambio tecnológico e innovación» de la
componente 15 del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, que
incluye medidas de apoyo a la I+D relacionada con las redes 5G y 6G para
ecosistemas de innovación. De acuerdo con el Plan de Recuperación,
Transformación y Resiliencia (en adelante, PRTR), el plazo máximo para
completar la inversión es el 30 de junio de 2026.»
«Asimismo, será de aplicación el Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento
Europeo y del Consejo, de 12 de febrero de 2021, por el que se establece el
Mecanismo de Recuperación y Resiliencia, así como el resto de disposiciones tanto
del derecho nacional como de la Unión Europea que pudieran resultar de aplicación,
especialmente las que se aprueben en el ámbito de la ejecución y gestión tanto del
Mecanismo de Recuperación y Resiliencia como del Plan de Recuperación,
Transformación y Resiliencia. En particular, será de aplicación lo previsto en la Orden
HFP/1030/2021, de 29 de septiembre, por la que se configura el sistema de gestión
del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, así como lo previsto en la
Orden HFP/1031/2021, de 29 de septiembre, por la que se establece el
procedimiento y formato de la información a proporcionar por las Entidades del
cve: BOE-A-2024-25213
Verificable en https://www.boe.es
Dos. El último párrafo del apartado 2 del artículo 2 queda modificado como sigue: