Ministerio de Juventud E Infancia. II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. Procedimientos de libre designación. (BOE-A-2024-25152)
Resolución de 28 de noviembre de 2024, de la Subsecretaría, por la que se convoca la provisión de puesto de trabajo por el sistema de libre designación, en el Instituto de la Juventud.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 291

Martes 3 de diciembre de 2024

Sec. II.B. Pág. 164442

II. AUTORIDADES Y PERSONAL
B. Oposiciones y concursos

MINISTERIO DE JUVENTUD E INFANCIA
25152

Resolución de 28 de noviembre de 2024, de la Subsecretaría, por la que se
convoca la provisión de puesto de trabajo por el sistema de libre designación,
en el Instituto de la Juventud.

El INJUVE es un organismo autónomo dependiente del Ministerio de Juventud e
Infancia, este último creado por Real Decreto 829/2023, de 20 de noviembre, estando la
naturaleza jurídica, estructura y funciones del INJUVE previstas en su Estatuto,
aprobado por Real Decreto 486/2005, de 4 de mayo.
El Instituto de la Juventud tiene entre sus fines el fomento del asociacionismo juvenil
y la colaboración para su avance, el desarrollo y coordinación de un sistema de
información y comunicación en materia de juventud, el fomento de las relaciones y de la
cooperación internacional en materia de juventud, la promoción cultural de la juventud y
el conocimiento de otras realidades culturales, el fomento de la formación en los valores
de solidaridad e igualdad, el desarrollo de las condiciones sociales y políticas necesarias
para la emancipación de los jóvenes, la promoción de las acciones que redunden en el
desarrollo sostenible y en hábitos de vida saludable de la juventud. En general, la
ejecución de las políticas del departamento respecto de la juventud.
El Centro Eurolatinoamericano de Juventud, en adelante CEULAJ, es un centro
inaugurado en 1992 que acoge actividades relacionadas con la formación, la información
y el intercambio de experiencias entre los jóvenes y que se encuentra ubicado en
Mollina (Málaga).
En consecuencia, conforme a lo previsto en el artículo 13.4 del Real Decreto
Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley
del Estatuto Básico del Empleado Público y de conformidad con la Orden TDF/379/2024,
de 26 de abril, para la regulación de especialidades de los procedimientos de provisión
de puestos del personal directivo público profesional y las herramientas para su gestión
en el marco de lo dispuesto en el Real Decreto-ley 6/2023, de 19 de diciembre, esta
Subsecretaría acuerda anunciar la provisión del puesto de trabajo de Director/Directora
del CEULAJ, con arreglo a las siguientes bases:
I.

Funciones del Director/Directora del CEULAJ.

a) Representación institucional del CEULAJ.
b) Asistencia a actividades y eventos institucionales del centro.
c) Propuesta y seguimiento de los planes generales del CEULAJ, bajo el mandato y
supervisión de la Dirección del organismo.
d) Propuesta y supervisión de la estrategia comunicativa del centro.
e) Otras funciones que con carácter específico puedan serle atribuidas por la
dirección del organismo, en particular, representación institucional a nivel nacional e
internacional, sustitución del Director/Directora General en materias vinculadas con los
objetivos del centro, elaboración de notas e informes de asesoramiento, promoción e
impulso de relaciones institucionales con otras administraciones y entidades públicas y
privadas.

cve: BOE-A-2024-25152
Verificable en https://www.boe.es

Le corresponde el ejercicio de las siguientes funciones: