Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades. III. Otras disposiciones. Comunidad Autónoma de Aragón. Convenio. (BOE-A-2024-25195)
Resolución de 26 de noviembre de 2024, de la Agencia Nacional de Evaluación de la Calidad y Acreditación, por la que se publica el Convenio con la Agencia de Calidad y Prospectiva Universitaria de Aragón, para la colaboración en el Programa de Apoyo a la Evaluación de la Actividad Docente.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Martes 3 de diciembre de 2024
Sec. III. Pág. 164542
suficiente y necesaria para otorgar y firmar el presente convenio, con el objeto que a
continuación se reseña, y en su virtud
EXPONEN
1. Que ANECA, organismo autónomo adscrito al Ministerio con competencias en
Universidades, tiene como objeto la promoción y el aseguramiento de la calidad del
Sistema de Educación Superior en España mediante procesos de orientación,
evaluación, certificación y acreditación, contribuyendo al desarrollo del Espacio Europeo
de Educación Superior, así como contribuir a la información y la transparencia frente a la
sociedad, de acuerdo con lo establecido en la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del
Sistema Universitario.
2. Que la ACPUA es la agencia oficial de evaluación de la educación superior de la
Comunidad Autónoma de Aragón (España) creada en 2005 por la Ley 5/2005, de 14 de
junio, de Ordenación del Sistema Universitario de Aragón y que tiene como objeto
promover la calidad del Sistema Universitario de Aragón favoreciendo su relación con el
mundo empresarial y del trabajo y el conjunto de la sociedad; de la misma manera, con
su naturaleza de entidad de derecho público, su actividad promueve y difunde una
cultura de la calidad en el ámbito de la educación superior en Aragón, fomentando los
intercambios de experiencias con otros sistemas universitarios.
3. Que ambas agencias tienen objetivos e intereses comunes en la evaluación,
acreditación y certificación de la calidad en el ámbito universitario, siendo muy relevante
la evaluación de la actividad docente en el sistema universitario español.
4. Que ANECA puso en marcha en el año 2007 el Programa de Apoyo a la
Evaluación de la Actividad Docente (DOCENTIA), con el objetivo de satisfacer las
demandas de las universidades y la necesidad del sistema educativo de disponer de un
modelo y de unos procedimientos para garantizar la calidad del profesorado universitario
y favorecer su desarrollo y reconocimiento, y ha venido colaborando con las diferentes
agencias autonómicas de garantía de la calidad universitaria para el desarrollo de dicho
programa en sus ámbitos de competencia, adaptando el mismo a las necesidades de las
universidades de las diferentes comunidades autónomas.
Así, ANECA y ACPUA, suscribieron el 31 de agosto de 2012 Convenio Específico
para la colaboración y cooperación de las partes en la puesta en marcha del Programa
de Apoyo a la Evaluación de la Actividad Docente (DOCENTIA).
5. Que, tal y como se establece en los documentos del programa DOCENTIA, las
universidades elaborarán su propio modelo y procedimiento de evaluación de la actividad
docente de su profesorado, que pueden someter a evaluación de ANECA o de la
agencia de calidad correspondiente, en las diferentes fases que establece el programa
DOCENTIA: evaluación de los diseños, seguimiento de su implantación y certificación de
los procedimientos de evaluación.
6. El Programa DOCENTIA toma como referencia las recomendaciones para la
Garantía de Calidad en las instituciones de Educación Superior elaboradas por la
European Association for Quality Assurance in Higher Education (ENQA) en su
documento Criterios y Directrices para la Garantía de Calidad en el Espacio Europeo de
Educación Superior aprobados por la Conferencia de Ministros signatarios de la
Declaración de Bolonia de 2015. Entre dichos criterios y directrices destaca el 1.4.,
Garantía de Calidad del Personal Docente, que establece que las instituciones deben
dotarse de medios para garantizar que su personal docente está cualificado y es
competente para la docencia.
Asimismo, en el diseño del programa se han tenido en cuenta los estándares
establecidos por organizaciones internacionalmente reconocidas en materia de
evaluación del personal, como The Personnel Evaluation Standards, elaborados por el
The Joint Commite of Standards for Educational Evaluation.
7. De conformidad con los documentos del Programa DOCENTIA, existe una
Comisión de Seguimiento del Programa formada por dos representantes de ANECA, a
cve: BOE-A-2024-25195
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 291
Martes 3 de diciembre de 2024
Sec. III. Pág. 164542
suficiente y necesaria para otorgar y firmar el presente convenio, con el objeto que a
continuación se reseña, y en su virtud
EXPONEN
1. Que ANECA, organismo autónomo adscrito al Ministerio con competencias en
Universidades, tiene como objeto la promoción y el aseguramiento de la calidad del
Sistema de Educación Superior en España mediante procesos de orientación,
evaluación, certificación y acreditación, contribuyendo al desarrollo del Espacio Europeo
de Educación Superior, así como contribuir a la información y la transparencia frente a la
sociedad, de acuerdo con lo establecido en la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del
Sistema Universitario.
2. Que la ACPUA es la agencia oficial de evaluación de la educación superior de la
Comunidad Autónoma de Aragón (España) creada en 2005 por la Ley 5/2005, de 14 de
junio, de Ordenación del Sistema Universitario de Aragón y que tiene como objeto
promover la calidad del Sistema Universitario de Aragón favoreciendo su relación con el
mundo empresarial y del trabajo y el conjunto de la sociedad; de la misma manera, con
su naturaleza de entidad de derecho público, su actividad promueve y difunde una
cultura de la calidad en el ámbito de la educación superior en Aragón, fomentando los
intercambios de experiencias con otros sistemas universitarios.
3. Que ambas agencias tienen objetivos e intereses comunes en la evaluación,
acreditación y certificación de la calidad en el ámbito universitario, siendo muy relevante
la evaluación de la actividad docente en el sistema universitario español.
4. Que ANECA puso en marcha en el año 2007 el Programa de Apoyo a la
Evaluación de la Actividad Docente (DOCENTIA), con el objetivo de satisfacer las
demandas de las universidades y la necesidad del sistema educativo de disponer de un
modelo y de unos procedimientos para garantizar la calidad del profesorado universitario
y favorecer su desarrollo y reconocimiento, y ha venido colaborando con las diferentes
agencias autonómicas de garantía de la calidad universitaria para el desarrollo de dicho
programa en sus ámbitos de competencia, adaptando el mismo a las necesidades de las
universidades de las diferentes comunidades autónomas.
Así, ANECA y ACPUA, suscribieron el 31 de agosto de 2012 Convenio Específico
para la colaboración y cooperación de las partes en la puesta en marcha del Programa
de Apoyo a la Evaluación de la Actividad Docente (DOCENTIA).
5. Que, tal y como se establece en los documentos del programa DOCENTIA, las
universidades elaborarán su propio modelo y procedimiento de evaluación de la actividad
docente de su profesorado, que pueden someter a evaluación de ANECA o de la
agencia de calidad correspondiente, en las diferentes fases que establece el programa
DOCENTIA: evaluación de los diseños, seguimiento de su implantación y certificación de
los procedimientos de evaluación.
6. El Programa DOCENTIA toma como referencia las recomendaciones para la
Garantía de Calidad en las instituciones de Educación Superior elaboradas por la
European Association for Quality Assurance in Higher Education (ENQA) en su
documento Criterios y Directrices para la Garantía de Calidad en el Espacio Europeo de
Educación Superior aprobados por la Conferencia de Ministros signatarios de la
Declaración de Bolonia de 2015. Entre dichos criterios y directrices destaca el 1.4.,
Garantía de Calidad del Personal Docente, que establece que las instituciones deben
dotarse de medios para garantizar que su personal docente está cualificado y es
competente para la docencia.
Asimismo, en el diseño del programa se han tenido en cuenta los estándares
establecidos por organizaciones internacionalmente reconocidas en materia de
evaluación del personal, como The Personnel Evaluation Standards, elaborados por el
The Joint Commite of Standards for Educational Evaluation.
7. De conformidad con los documentos del Programa DOCENTIA, existe una
Comisión de Seguimiento del Programa formada por dos representantes de ANECA, a
cve: BOE-A-2024-25195
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 291