Ministerio de Sanidad. III. Otras disposiciones. Ciudad de Melilla. Convenio. (BOE-A-2024-25193)
Resolución de 25 de noviembre de 2024, del Instituto Nacional de Gestión Sanitaria, por la que se publica el Convenio con la Ciudad de Melilla, para los cribados poblacionales en la ciudad de Melilla, establecidos en el Anexo I «Cartera de Servicios Comunes de Salud Pública» del Real Decreto 1030/2006, de 15 de septiembre, por el que se establece la cartera de servicios comunes del Sistema Nacional de Salud.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 291
Martes 3 de diciembre de 2024
Sec. III. Pág. 164527
Decreto 718/2024, de 23 de julio, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica
del Ministerio de Sanidad, y con el artículo 1 del Real Decreto 118/2023, de 21 de
febrero, por el que se regula la organización y funcionamiento del INGESA.
Interviene como representante legal del INGESA en función de lo establecido en el
artículo 5.1.c) del Real Decreto 118/2023, de 21 de febrero, por el que se regula la
organización y funcionamiento del Instituto Nacional de Gestión Sanitaria, y en virtud de
las competencias que se le atribuyen en el artículo 48.2 de la Ley 40/2015, de 1 de
octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, que reconoce la competencia de los
directores de organismos públicos o entidades de derecho público para la suscripción de
convenios.
CAPACIDAD
Ambas partes intervienen en representación y con las facultades que sus respectivos
cargos les confieren y se reconocen recíprocamente capacidad legal suficiente para
suscribir el presente convenio y a tal efecto
EXPONEN
El anexo I del Real Decreto 1030/2006, de 15 de septiembre, por el que se establece
la cartera de servicios comunes del Sistema Nacional de Salud y el procedimiento para
su actualización, establece los programas de cribado que forman parte de la cartera
común básica de servicios asistenciales del Sistema Nacional de Salud, entre los que se
incluyen los programas de cribado poblacional de cáncer de mama, colorrectal y de
cérvix, así como programas de cribado neonatal y prenatal.
Con base en el procedimiento de actualización recogido en la Orden
SCO/3422/2007, de 21 de noviembre, se han ido incluyendo en la cartera común de
servicios del Sistema Nacional de Salud diversos programas de cribado poblacional
según se ha ido disponiendo de evidencias científicas sobre su seguridad, eficacia,
efectividad y coste efectividad.
La Orden SSI/2065/2014, de 31 de octubre, concretó el programa de cribado
neonatal para 7 enfermedades endocrino-metabólicas: hipotiroidismo congénito,
fenilcetonuria, fibrosis quística, deficiencia de acil-coenzima A-deshidrogenasa de
cadena media, deficiencia de 3-hidroxi-acil-coenzima A-deshidrogenasa de cadena larga
(LCHADD), acidemia glutárica tipo I y anemia falciforme. Asimismo, incluyó el cribado
poblacional de cáncer de mama y de colon y sentó las bases del cribado de cáncer de
cérvix.
La Orden SCB/480/2019, de 26 de abril, continuó este proceso de concreción
estableciendo las características del programa de cribado poblacional de cáncer de
cérvix.
Recientemente la Orden SND/606/2024, de 13 de junio, incorpora al programa de
cribado neonatal de enfermedades endocrino-metabólicas cuatro enfermedades más: el
déficit de biotinidasa, la enfermedad de orina con olor a jarabe de arce, la homocistinuria
y la hiperplasia suprarrenal congénita. Además, dicha Orden concreta el programa de
cribado neonatal de hipoacusia y los programas de cribado prenatal de anomalías
cromosómicas y de enfermedades infecciosas dentro de la cartera común de servicios
de salud pública.
El Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud acordó las anteriores
propuestas de la Comisión de prestaciones, aseguramiento y financiación y de la
Comisión de Salud Pública, para la concreción de estos programas de cribado en la
cartera común de servicios en el ámbito de la salud pública, dándose, en consecuencia,
con vigencia desde el pasado 19 de junio de 2024, nueva redacción al apartado 3 del
anexo I del Real Decreto 1030/2006, de 15 de septiembre, por el que se establece la
cve: BOE-A-2024-25193
Verificable en https://www.boe.es
Primero.
Núm. 291
Martes 3 de diciembre de 2024
Sec. III. Pág. 164527
Decreto 718/2024, de 23 de julio, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica
del Ministerio de Sanidad, y con el artículo 1 del Real Decreto 118/2023, de 21 de
febrero, por el que se regula la organización y funcionamiento del INGESA.
Interviene como representante legal del INGESA en función de lo establecido en el
artículo 5.1.c) del Real Decreto 118/2023, de 21 de febrero, por el que se regula la
organización y funcionamiento del Instituto Nacional de Gestión Sanitaria, y en virtud de
las competencias que se le atribuyen en el artículo 48.2 de la Ley 40/2015, de 1 de
octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, que reconoce la competencia de los
directores de organismos públicos o entidades de derecho público para la suscripción de
convenios.
CAPACIDAD
Ambas partes intervienen en representación y con las facultades que sus respectivos
cargos les confieren y se reconocen recíprocamente capacidad legal suficiente para
suscribir el presente convenio y a tal efecto
EXPONEN
El anexo I del Real Decreto 1030/2006, de 15 de septiembre, por el que se establece
la cartera de servicios comunes del Sistema Nacional de Salud y el procedimiento para
su actualización, establece los programas de cribado que forman parte de la cartera
común básica de servicios asistenciales del Sistema Nacional de Salud, entre los que se
incluyen los programas de cribado poblacional de cáncer de mama, colorrectal y de
cérvix, así como programas de cribado neonatal y prenatal.
Con base en el procedimiento de actualización recogido en la Orden
SCO/3422/2007, de 21 de noviembre, se han ido incluyendo en la cartera común de
servicios del Sistema Nacional de Salud diversos programas de cribado poblacional
según se ha ido disponiendo de evidencias científicas sobre su seguridad, eficacia,
efectividad y coste efectividad.
La Orden SSI/2065/2014, de 31 de octubre, concretó el programa de cribado
neonatal para 7 enfermedades endocrino-metabólicas: hipotiroidismo congénito,
fenilcetonuria, fibrosis quística, deficiencia de acil-coenzima A-deshidrogenasa de
cadena media, deficiencia de 3-hidroxi-acil-coenzima A-deshidrogenasa de cadena larga
(LCHADD), acidemia glutárica tipo I y anemia falciforme. Asimismo, incluyó el cribado
poblacional de cáncer de mama y de colon y sentó las bases del cribado de cáncer de
cérvix.
La Orden SCB/480/2019, de 26 de abril, continuó este proceso de concreción
estableciendo las características del programa de cribado poblacional de cáncer de
cérvix.
Recientemente la Orden SND/606/2024, de 13 de junio, incorpora al programa de
cribado neonatal de enfermedades endocrino-metabólicas cuatro enfermedades más: el
déficit de biotinidasa, la enfermedad de orina con olor a jarabe de arce, la homocistinuria
y la hiperplasia suprarrenal congénita. Además, dicha Orden concreta el programa de
cribado neonatal de hipoacusia y los programas de cribado prenatal de anomalías
cromosómicas y de enfermedades infecciosas dentro de la cartera común de servicios
de salud pública.
El Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud acordó las anteriores
propuestas de la Comisión de prestaciones, aseguramiento y financiación y de la
Comisión de Salud Pública, para la concreción de estos programas de cribado en la
cartera común de servicios en el ámbito de la salud pública, dándose, en consecuencia,
con vigencia desde el pasado 19 de junio de 2024, nueva redacción al apartado 3 del
anexo I del Real Decreto 1030/2006, de 15 de septiembre, por el que se establece la
cve: BOE-A-2024-25193
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Primero.